Prorrogan plazo establecido en el artículo sexto de la Ordenanza N° 416/MDLM, - Ordenanza que Establece Beneficios e Incentivos por la Contribución al Fortalecimiento de la Salud en el Distrito Frente al Covid-19
DECRETO DE ALCALDÍA
Nº 009-2021/MDLM
La Molina, 28 de setiembre del 2021.
EL ALCALDE DISTRITAL DE LA MOLINA
Visto; el Memorándum Nº 1102-2021-MDLM-GM, de fecha 28 de setiembre del 2021, de la Gerencia Municipal, el Informe Nº 020-2021-MDLM-GAT, de fecha 27 de setiembre del 2021, de la Gerencia de Administración Tributaria, el Informe Nº 146-MDLM-GAT-SREC, de fecha 24 de setiembre del 2021, de la Subgerencia de Recaudación y Ejecutoría Coactiva, mediante los cuales se eleva la propuesta para la emisión de un Decreto de Alcaldía para que prorrogue el plazo establecido en la Ordenanza Nº 416/MDLM, contando para ello con el Memorándum Nº 1366-2021-MDLM-GPPDI, de fecha 24 de setiembre del 2021, de la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Institucional, y;
CONSIDERANDO:
Que, mediante el Memorándum Nº 1366-2021-MDLM-GPPDI, de fecha 24 de setiembre del 2021, la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Institucional, emite opinión favorable respecto a la propuesta normativa de prorrogar el plazo establecido en el artículo sexto de la Ordenanza Nº 416/MDLM - Ordenanza que Establece Beneficios e Incentivos por la Contribución al Fortalecimiento de la Salud en el Distrito Frente al Covid-19, hasta el 29 de octubre del 2021, ello en virtud a lo solicitado por la Subgerencia de Recaudación y Ejecutoría Coactiva, a través de su Informe Nº 145-2021-MDLM-GAT-SREC, de fecha 24 de setiembre del 2021;
Que, mediante el Informe Nº 146-2021-MDLM-GAT-SREC, de fecha 24 de setiembre del 2021, la Subgerencia de Recaudación y Ejecutoría Coactiva señala, que a la fecha se viene obteniendo una respuesta positiva con el acogimiento de los contribuyentes a los incentivos otorgados en la Ordenanza 416/MDLM - Ordenanza que Establece Beneficios e Incentivos por la Contribución al Fortalecimiento de la Salud en el Distrito Frente al Covid-19, y con la finalidad de seguir incentivando y reconociendo a todos nuestros vecinos que se vienen inoculando responsablemente con la vacuna contra el Covid-19 y que podrían ver dificultado la regularización de sus tributos pendientes de pago dada la proximidad del plazo de vencimiento establecido en la norma precitada, se propone prorrogar el plazo establecido en el artículo sexto de la Ordenanza 416/MDLM, hasta el 29 de octubre del 2021;
Que, mediante el Informe Nº 020-2021-MDLM-GAT, de fecha 27 de setiembre de 2021, la Gerencia de Administración Tributaria es de la opinión que, se debe emitir el Decreto de Alcaldía que prorroga el plazo establecido en el artículo sexto de la Ordenanza Nº 416/MDLM - Ordenanza que Establece Beneficios e Incentivos por la Contribución al Fortalecimiento de la Salud en el Distrito Frente al Covid-19, hasta el día 29 de octubre del 2021; ello, con la finalidad de generar que más contribuyentes se vean beneficiados con las referidos incentivos y beneficios tributarios; motivo por el cual eleva a la Gerencia Municipal la propuesta de Decreto de Alcaldía correspondiente, para la evaluación y trámite respectivo;
Que, mediante el Memorándum Nº 1102-2021-MDLM-GM, de fecha 28 de setiembre de 2021, la Gerencia Municipal, remite la propuesta para la emisión del Decreto de Alcaldía que prórroga el plazo establecido en el artículo sexto de la Ordenanza Nº 416/MDLM - Ordenanza que Establece Beneficios e Incentivos por la Contribución al Fortalecimiento de la Salud en el Distrito Frente al Covid-19, solicitando la emisión del Decreto de Alcaldía propuesto;
Que, el artículo 195º de la Constitución Política del Perú, modificada por la Ley de Reforma Constitucional – Ley Nº 30305, establece que, las municipalidades gozan de potestad tributaria para crear, modificar y suprimir contribuciones y tasas y derecho municipales, dentro de su jurisdicción y con los límites que señala la Ley;
Que, el artículo 39º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, establece que, el Alcalde ejerce las funciones ejecutivas de gobierno mediante Decretos de Alcaldía; asimismo, en el artículo 42º de la norma citada, se señala que los Decretos de Alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las Ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean competencia del concejo municipal;
Que, en la Primera Disposición Complementaria y Final de la Ordenanza Nº 416/MDLM - Ordenanza que Establece Beneficios e Incentivos por la Contribución al Fortalecimiento de la Salud en el Distrito Frente al Covid-19, se facultó al señor Alcalde, para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones necesarias para la correcta aplicación de la presente Ordenanza, así como modificar el plazo establecido en el artículo sexto, antes de su vencimiento;
Estando a los considerandos precedentes, en los que se evidencia que resulta necesaria la prórroga del plazo establecido en el artículo sexto de la Ordenanza Nº 416/MDLM, y se tiene la facultad legal correspondiente, en ejercicio de las facultades conferidas en la Primera Disposición Complementaria y Final de la Ordenanza antes mencionada, en uso de las facultades señaladas en el numeral 6) del artículo 20º y el artículo 42º de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades;
DECRETA:
Artículo Primero.- PRORROGAR hasta el día 29 de octubre del 2021, el plazo establecido en el artículo sexto de la Ordenanza Nº 416/MDLM.
Artículo Segundo.- DISPONER que el presente Decreto de Alcaldía entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial “El Peruano”.
Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia de Administración Tributaria y sus Subgerencias ejecutoras, a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional y a la Gerencia de Tecnologías de Información, el cumplimiento y debida aplicación del presente Decreto de Alcaldía, así como la adecuada difusión del mismo.
Artículo Cuarto.- DISPONER la publicación inmediata del presente Decreto de Alcaldía en el Diario Oficial “El Peruano”, y a la Gerencia de Tecnologías de Información en la Página Web de la Municipalidad www.munimolina.gob.pe.
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
ALVARO GONZALO PAZ DE LA BARRA FREIGEIRO
Alcalde
1996452-1