Autorizan transferencia financiera a favor del Ministerio de Defensa con la finalidad de ejecutar el servicio de traslado aéreo de ciudadanos venezolanos a su país de origen
Resolución Ministerial
N° 0794-2021-IN
Lima, 28 de setiembre de 2021
VISTOS, el Informe N° 000586-2021/IN/OGPP/OP de la Oficina de Presupuesto de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, el Memorando N° 001218-2021/IN/OGPP de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, y el Informe N° 001391-2021/IN/OGAJ, de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y demás antecedentes; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ley N° 31084, se aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021, incluyéndose en el mismo los recursos presupuestarios del Pliego 007: Ministerio del Interior; asimismo, a través de la Resolución Ministerial N° 1232-2020-IN se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondiente al Año Fiscal 2021 del Pliego 007: Ministerio del Interior, por la suma de S/ 10 707 305 427,00 (DIEZ MIL SETECIENTOS SIETE MILLONES TRESCIENTOS CINCO MIL CUATROCIENTOS VEINTISIETE Y 00/100 soles), por toda fuente de financiamiento;
Que, la Trigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la citada Ley N° 31084, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021, dispone que, en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021, se han asignado recursos en el pliego Ministerio de Defensa hasta por la suma de S/ 15 738 838,00 (QUINCE MILLONES SETECIENTOS TREINTA Y OCHO MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y OCHO Y 00/100 SOLES), en la Actividad 5005261 “Servicio de Apoyo a Otras Entidades”, por la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, para financiar el apoyo que brinden las Fuerzas Armadas (FFAA) a los pliegos presupuestarios del Gobierno Nacional, los gobiernos regionales y los gobiernos locales para transporte aéreo, terrestre y fluvial, de pasajeros y/o de bienes, valores y/o suministros, que permitan un mejor cumplimiento de sus funciones;
Que, asimismo, la citada Disposición Complementaria Final establece que, cuando los pliegos presupuestarios del Gobierno Nacional, los gobiernos regionales y los gobiernos locales reciban el apoyo de las Fuerzas Armadas (FFAA) y/o de la Policía Nacional del Perú (PNP) para transporte aéreo, terrestre y/o fluvial, de pasajeros y/o de bienes, valores, suministros y equipos, entre otros, quedan autorizados, para realizar transferencias financieras a favor del pliego Ministerio de Defensa y/o Ministerio del Interior, según corresponda, solo si el gasto efectuado por el apoyo que brinden las FFAA o la PNP supera el monto máximo que debe ser financiado con cargo al presupuesto institucional aprobado de los pliegos Ministerio de Defensa o Ministerio del Interior, respectivamente;
Que, mediante Oficio N° 000888-2021/IN/DM, el Ministerio del Interior, como parte de las acciones que realiza con el objetivo de garantizar el orden público, el orden interno y la seguridad nacional, solicita al Ministerio de Defensa disponer el uso de un avión para el traslado de ciudadanos extranjeros de nacionalidad venezolana presuntamente involucrados en actividades ilícitas y que se encuentran en situación migratoria irregular al haber falseado documentación para su ingreso al país, de acuerdo a lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1350, Decreto Legislativo de Migraciones;
Que, a través del Oficio N° 03754-2021-MINDEF/SG, el Secretario General del Ministerio de Defensa remite al Secretario General del Ministerio del Interior, el Oficio N° 00293-2021-MINDEF/JG del Jefe(e) de Gabinete de Asesores de dicho Ministerio, en el cual se señala que “cuenta con la aeronave Boeing 737-200, la cual puede transportar 72 pasajeros, debido a que la aeronave no cuenta con filtros de aire particulado de alta eficiencia (HEPA), necesarios para la purificación y recirculación del aire en cabina y que reducen significativamente el riesgo de contagio del virus SAR2/COVID-19, en ese sentido, es necesario que los pasajeros cuenten con su carnet de vacunación o en su defecto con una prueba COVID-19 negativa, debiendo usar doble mascarilla y protector facial mientras se encuentren en la aeronave. Asimismo, adjunta la cotización por un monto de S/ 422,847.00”;
Que, con Oficio N° 02910-2021-MINDEF/VRD, el Viceministro de Recursos para la Defensa del Ministerio de Defensa, informa que, con Oficio N° 01800-2021-MINDEF/VRD- DGPP, de la Dirección General de Planeamiento y Presupuesto se señala que el presupuesto asignado al Pliego 026: Ministerio de Defensa para acciones de apoyo a las entidades del Estado se encuentra comprometido, superando inclusive el monto asignado para el Año Fiscal 2021, por lo que los requerimientos de apoyo que efectúen las entidades del Estado, serán materia de solicitudes de transferencias financieras a favor de dicho Pliego, a fin de no perjudicar la capacidad operativa de las aeronaves;
Que, mediante Memorando N° 001077-2021/IN/OGAF, la Oficina General de Administración y Finanzas del Ministerio del Interior solicita se gestione la transferencia financiera por el importe de S/ 422 847,00, a favor del Pliego 026: Ministerio de Defensa por el apoyo para el traslado de ciudadanos venezolanos a su país de origen, quienes serán expulsados del territorio nacional el 2 de octubre de 2021, para lo cual remite la estructura funcional programática a la que se cargará la mencionada transferencia;
Que, a través del Informe N° 000586-2021/IN/OGPP/OP, la Oficina de Presupuesto de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio del Interior, en el ámbito de su competencia y en el sentido estrictamente presupuestal, propone la Resolución Ministerial que autoriza la transferencia financiera a favor del Pliego 026: Ministerio de Defensa, con cargo al presupuesto del Pliego 007: Ministerio del Interior, por el importe de S/ 422 847,00, en el marco de lo dispuesto en la Trigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 31084, Ley de Presupuesto del Sector Púbico para el Año Fiscal 2021, con la finalidad de ejecutar el servicio de traslado aéreo de ciudadanos venezolanos a su país de origen;
Que, la propuesta señalada en el considerando precedente ha sido validada por la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, con Memorando N° 001218-2021/IN/OGPP, que remite adjunto el Informe N° 000586-2021/IN/OGPP/OP de la Oficina de Presupuesto;
Que, la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior, mediante Informe N° 001391-2021/IN/OGAJ, señala que es legalmente viable la emisión de la resolución ministerial que autoriza la transferencia financiera a favor del Pliego 026: Ministerio de Defensa;
Con el visado de la Secretaría General, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, y de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; y,
De conformidad con lo establecido en la Ley N° 31084, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021; el Decreto Legislativo Nº 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; el Decreto Legislativo 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; y la Resolución Ministerial N° 1520-2019-IN, que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior.
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Objeto
Autorizar la transferencia financiera a favor del Pliego 026: Ministerio de Defensa por el importe de S/ 422 847,00 (CUATROCIENTOS VEINTIDÓS MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y SIETE Y 00/100 SOLES), destinada a los fines señalados en la parte considerativa de la presente Resolución.
Artículo 2.- Financiamiento
El egreso que demande el cumplimiento de la presente Resolución Ministerial, se afectará al presupuesto de la Unidad Ejecutora 001: Oficina General de Administración del Pliego 007: Ministerio del Interior, por la Fuente de Financiamiento: 1 Recursos Ordinarios - Rubro: 00 Recursos Ordinarios, Genérica del Gasto 2.4 Donaciones y Transferencias, y específica del gasto 2.4.1.3.1.1 A Otras Unidades del Gobierno Nacional.
Artículo 3.- Acciones administrativas
La Oficina General de Administración y Finanzas efectúa las acciones administrativas que correspondan para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución Ministerial.
Artículo 4.- Limitaciones al uso de los recursos
Los recursos de la Transferencia Financiera autorizada por el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.
Artículo 5.- Publicación
Disponer que la presente Resolución Ministerial se publique en el Portal Institucional del Ministerio del Interior (www.gob.pe/mininter), en la misma fecha de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Juan Manuel Carrasco Millones
Ministro del Interior
1996435-1