Aprueban Ordenanza Municipal que regula la forma de pago de deudas tributarias y no tributarias por bienes y/o servicios
ORDENANZA MUNICIPAL
Nº 015-2021/MDV
Ventanilla, 16 de setiembre de 2021
EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE VENTANILLA
VISTO:
En Sesión Ordinaria de Concejo virtual (en atención al Decreto de Urgencia Nº 026-2020, el mismo que faculta a los empleadores del sector público y privado a la realización de actividades de manera remota, es decir de manera virtual), de fecha 16 de setiembre de 2021, el Memorándum Nº 245-2021/MDV-GAT de la Gerencia de Administración Tributaria, el Informe Nº 354-2021-SGREC-GAT/MDV de la Subgerencia de Rentas y Ejecutoría Coactiva, el Informe Nº 441-2021/MDV-GAJ de la Gerencia de Asesoría Jurídica y el Memorándum Nº 2218-2021/MDV-GM de la Gerencia Municipal, respecto al proyecto de Ordenanza Municipal que regula la forma de pago de deudas tributarias y no tributarias por bienes y/o servicios, y;
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad a lo establecido por los numerales 8) y 9) del artículo 9º y artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, con la dispensa del Dictamen de la Comisión de Asuntos Legales, así como del trámite de lectura y de aprobación del Acta, el Concejo Municipal con el VOTO POR UNANIMIDAD, emitió la siguiente norma:
ORDENANZA MUNICIPAL QUE REGULA
LA FORMA DE PAGO DE DEUDAS TRIBUTARIAS
Y NO TRIBUTARIAS POR BIENES Y/O SERVICIOS
Artículo 1.- APROBAR la Ordenanza Municipal que regula la forma de pago de deudas tributarias y no tributarias por bienes y/o servicios, la misma que consta de veintiocho artículos, una disposición complementaria y cinco disposiciones finales, la cual forma parte integrante de la presente Ordenanza Municipal, cuyo texto será publicado en la página web de la Municipalidad Distrital de Ventanilla (www.muniventanilla.gob.pe), de acuerdo a lo establecido en el artículo 9º del D.S Nº 001-2009-JUS.
Artículo 2.- ENCARGAR a todas las unidades orgánicas de la entidad, el cumplimiento de la presente Ordenanza Municipal, así como la toma de acciones correspondientes con arreglo a Ley.
Artículo 3.- ENCARGAR a la Secretaria General, disponga la publicación de la presente norma en el Diario Oficial “El Peruano”.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
PEDRO SPADARO PHILIPPS
Alcalde
1996328-3