Autorizan transferencia financiera a favor de EsSalud, a fin de garantizar continuidad operativa del Centro de Atención y Aislamiento Temporal ubicado en la Villa Panamericana, para la atención de pacientes confirmados por la COVID-19 y sospechosos sintomáticos
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
N° 178-2021-TR
Lima, 27 de setiembre de 2021
VISTOS: El Oficio Nº 788-SG-ESSALUD-2021 de la Secretaría General del Seguro Social de Salud - EsSalud; el Memorando N° 0540-2021-MTPE/4/11 de la Oficina General de Administración; el Memorando N° 0798-2021-MTPE/4/9 de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; y el Informe N° 0794-2021-MTPE/4/8 de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, en el marco de la Ley N° 31084, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021, mediante Resolución Ministerial N° 308-2020-TR, se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura del Pliego 012: Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo correspondiente al Año Fiscal 2021, por un monto de S/ 292 661 956,00 (DOSCIENTOS NOVENTA Y DOS MILLONES SEISCIENTOS SESENTA Y UN MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y SEIS Y 00/100 SOLES) por toda fuente de financiamiento;
Que, el artículo 1 del Decreto Supremo N° 236-2021-EF, Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021 a favor del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, autoriza una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021, hasta por la suma de S/ 92 477 117,00 (NOVENTA Y DOS MILLONES CUATROCIENTOS SETENTA Y SIETE MIL CIENTO DIECISIETE y 00/100 Soles), a favor del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, para financiar la transferencia financiera que el mencionado pliego debe efectuar al Seguro Social de Salud (EsSalud), a fin de garantizar la continuidad operativa del Centro de Atención y Aislamiento Temporal ubicado en la Villa Panamericana, para la atención de pacientes confirmados por la COVID-19 y sospechosos sintomáticos, asegurados y no asegurados; con cargo a los recursos de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas;
Que, mediante la Resolución Ministerial N° 171-2021-TR, se aprueba la desagregación de los recursos autorizados mediante el numeral 2.1 del artículo 2 del Decreto Supremo N° 236-2021-EF, Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021 a favor del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo;
Que, mediante el Oficio Nº 788-SG-ESSALUD-2021, la Secretaría General del Seguro Social de Salud - EsSalud, solicita gestionar la aprobación de la transferencia financiera a favor del Seguro Social de Salud- EsSalud mencionada precedentemente, remitiendo adjunto el Memorándum N° 2683-GG-ESSALUD-2021 de la Gerencia General; la Nota N° 1548-GCAJ-ESSALUD-2021 y el Informe Nº 644-GNAA-GCAJ-ESSALUD-2021 de la Gerencia Central de Asesoría Jurídica; el Informe Nº 0096-GCPP-ESSALUD-2021 de la Gerencia Central de Planeamiento y Presupuesto; así como, el Memorando N° 10653-GCOP-ESSALUD-2021 y la Nota N° 3405-GOF-ESSALUD-2021 de la Gerencia Central de Operaciones, que sustentan la viabilidad de la transferencia financiera del Pliego 012: Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Trabajo – Oficina General de Administración;
Que, la Oficina General de Administración del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, mediante Memorando N° 0540-2021-MTPE/4/11, remite el Informe Nº 0046-2021-MTPE/4/11.1 de la Oficina de Finanzas, el cual contiene la Certificación de Crédito Presupuestario mediante la Nota Nº 1355, en la Fuente de Financiamiento 3. Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito, por el monto de S/ 92 477 117,00 (NOVENTA Y DOS MILLONES CUATROCIENTOS SETENTA Y SIETE MIL CIENTO DIECISIETE y 00/100 SOLES);
Que, a través del Memorando Nº 0798-2021-MTPE/4/9, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, adjunta el Informe N° 0539-2021-MTPE/4/9.2, emitido por la Oficina de Presupuesto, con la opinión favorable en materia presupuestal correspondiente;
Que, en virtud de lo expuesto, y en el marco de las normas descritas, resulta pertinente aprobar la transferencia financiera solicitada, con cargo a la Fuente de Financiamiento 3. Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito, a favor del Seguro Social de Salud - EsSalud;
Que, de conformidad con lo dispuesto en los numerales 3.2 y 3.3 del artículo 3 del Decreto Supremo N° 236-2021-EF, Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021 a favor del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, el Titular del Seguro Social de Salud – EsSalud es responsable del uso y destino de los recursos que se transfieren conforme a la normatividad vigente; asimismo, dichos recursos no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos;
Con las visaciones de la Secretaría General, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, de la Oficina General de Administración y de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8 del artículo 25 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 29381, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; el Decreto Supremo N° 236-2021-EF, Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021 a favor del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; y, el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, aprobado por Resolución Ministerial N° 308-2019-TR;
SE RESUELVE:
Artículo 1. Autorízase la transferencia financiera del Pliego 012: Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Trabajo – Oficina General de Administración, por el monto de S/ 92 477 117,00 (NOVENTA Y DOS MILLONES CUATROCIENTOS SETENTA Y SIETE MIL CIENTO DIECISIETE y 00/100 SOLES), a favor del Seguro Social de Salud - EsSalud, con el fin de que dicha entidad garantice la continuidad operativa del Centro de Atención y Aislamiento Temporal ubicado en la Villa Panamericana, para la atención de pacientes confirmados por la COVID-19 y sospechosos sintomáticos, asegurados y no asegurados, con cargo a los recursos de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, de acuerdo con el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial.
Artículo 2. Los recursos de la transferencia financiera autorizada por el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 3.3 del artículo 3 del Decreto Supremo N° 236-2021-EF, Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021 a favor del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo.
Artículo 3. El Titular del Seguro Social de Salud - Essalud es responsable de la adecuada implementación, así como del uso y destino de los recursos comprendidos en la transferencia financiera efectuada en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 3.2 del artículo 3 del Decreto Supremo N° 236-2021-EF, Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021 a favor del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo.
Artículo 4. Dispóngase que la presente Resolución Ministerial y su Anexo se publiquen en el portal institucional del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (www.gob.pe/mtpe), en la misma fecha de publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial El Peruano, siendo responsable de dicha acción la Oficina General de Estadística y Tecnologías de la Información y Comunicaciones.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
IBER ANTENOR MARAVÍ OLARTE
Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo
1995762-1