Aprueban Contrato de Fideicomiso del Programa de Fortalecimiento Patrimonial de las Instituciones Especializadas en Microfinanzas

RESOLUCIÓN MINISTERIAL

Nº 288-2021-EF/52

Lima, 24 de setiembre del 2021

CONSIDERANDO:

Que, a fin de adoptar medidas que permitan minimizar la afectación que continúa produciendo la COVID-19 en la economía de las personas naturales y jurídicas cuyas actividades cotidianas han tenido que suspenderse ante las restricciones dispuestas en el marco del Estado de Emergencia Nacional, se emite el Decreto de Urgencia Nº 037-2021, Decreto de Urgencia que establece medidas extraordinarias complementarias en materia económica y financiera orientadas al fortalecimiento patrimonial de las instituciones especializadas en microfinanzas, el mismo que tiene por objeto establecer medidas extraordinarias complementarias en materia económica y financiera, que permitan el fortalecimiento patrimonial de las instituciones especializadas en microfinanzas, así como facilitar su reorganización societaria, a fin de proteger los ahorros del público, preservar la estabilidad macroeconómica y mantener la continuidad de la cadena de pagos en la economía;

Que, el numeral 2.1 del artículo 2 del Decreto de Urgencia Nº 037-2021 dispone la creación del Programa de Fortalecimiento Patrimonial de las Instituciones Especializadas en Microfinanzas a ser financiado con los recursos provenientes de la emisión interna de bonos a que se hace referencia en su artículo 5, con el objeto de proteger los ahorros del público y mantener la continuidad de la cadena de pagos a través del fortalecimiento patrimonial de las empresas comprendidas en los numerales 2, 3, 4 y 7 del Literal A del artículo 16 de la Ley Nº 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, según lo establecido en el numeral 2.2 del artículo 2 del mencionado Decreto de Urgencia;

Que, a través de los numerales 8.1 y 8.2 del artículo 8 del Decreto de Urgencia Nº 037-2021, se ha encargado a la Corporación Financiera de Desarrollo S.A. - COFIDE, la administración del Programa de Fortalecimiento Patrimonial de las Instituciones Especializadas en Microfinanzas, en los términos y condiciones que establezca el Reglamento Operativo, siendo que para dicho efecto, se autoriza a la Dirección General del Tesoro Público y a la Dirección General de Mercados Financieros y Previsional Privado del Ministerio de Economía y Finanzas, a suscribir con COFIDE un contrato de fideicomiso, cuyo texto es aprobado mediante Resolución Ministerial del Ministerio de Economía y Finanzas, teniendo en cuenta la propuesta de contrato que remita la Dirección General de Mercados Financieros y Previsional Privado;

Que, bajo dicho marco normativo, mediante Resolución Ministerial Nº 188-2021-EF/15, se aprueba el Reglamento Operativo del Programa de Fortalecimiento Patrimonial de las Instituciones Especializadas en Microfinanzas, que tiene por objeto regular los aspectos operativos y disposiciones complementarias necesarias para su implementación;

Que, mediante Informe Nº 0034-2021-EF/65.02, la Dirección General de Mercados Financieros y Previsional Privado remite la propuesta de Contrato de Fideicomiso del Programa de Fortalecimiento Patrimonial de las Instituciones Especializadas en Microfinanzas;

Que, en virtud de las consideraciones expuestas, resulta necesario aprobar el Contrato de Fideicomiso del Programa de Fortalecimiento Patrimonial de las Instituciones Especializadas en Microfinanzas;

De conformidad con lo dispuesto en el Decreto de Urgencia Nº 037-2021, Decreto de Urgencia que establece medidas extraordinarias complementarias en materia económica y financiera orientadas al fortalecimiento patrimonial de las instituciones especializadas en microfinanzas.;

SE RESUELVE:

Artículo 1. Aprobación del Contrato de Fideicomiso del Programa de Fortalecimiento Patrimonial de las Instituciones Especializadas en Microfinanzas

Aprobar el Contrato de Fideicomiso del Programa de Fortalecimiento Patrimonial de las Instituciones Especializadas en Microfinanzas, el mismo que se adjunta como Anexo a la presente Resolución Ministerial.

Artículo 2. Autorización para suscribir documentos

Autorizar a la Directora General de la Dirección General del Tesoro Público y al Director General de la Dirección General de Mercados Financieros y Previsional Privado, en representación del Ministerio de Economía y Finanzas, a suscribir el Contrato de Fideicomiso del Programa de Fortalecimiento Patrimonial de las Instituciones Especializadas en Microfinanzas, aprobado en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, así como a suscribir los documentos públicos y/o privados, conexos o complementarios que permitan su ejecución.

Artículo 3. Publicación

La presente Resolución Ministerial y su Anexo se publican en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano (www.gob.pe) y en el portal institucional del Ministerio de Economía y Finanzas (www.gob.pe/mef), en la misma fecha de publicación de la presente norma en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

PEDRO FRANCKE BALLVÉ

Ministro de Economía y Finanzas

1995380-1