Aprueban el Reglamento del Procedimiento Administrativo Sancionador del Archivo General de la Nación

Resolución Jefatural

N° 089-2021-AGN/JEF

Lima, 31 de agosto de 2021

VISTOS el Acta Nº 00011-2021-AGN/GTPAS, de fecha de 7 junio de 2021 y el Informe Nº 00003-2021-AGN/GTPAS, de fecha 10 de junio de 2021, del Grupo de Trabajo encargado de elaborar el proyecto de Reglamento de Procedimiento Administrativo Sancionador del Archivo General de la Nación; el Memorándum Nº 111-2021-AGN/DAH, de fecha 23 de junio de 2021, de la Dirección de Archivo Histórico; el Memorándum N° 231-2021-AGN/SG-OPP, de fecha 20 de agosto de 2021, de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto; el Informe N° 168-2021-AGN/SG-OAJ, de fecha 22 de julio de 2021, de la Oficina de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO

Que el artículo 21 de la Constitución Política del Perú establece que los yacimientos y restos arqueológicos, construcciones, monumentos, lugares, documentos bibliográficos y de archivo, objetos artísticos y testimonios de valor histórico expresamente declarados bienes culturales y, provisionalmente, los que se presumen como tales son patrimonio cultural de la nación y están protegidos por el Estado, independientemente de su condición de propiedad privada o pública;

Que el numeral 49.1 del artículo 49 de la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación y sus modificatorias, establece que, sin perjuicio de las penas que imponga el Código Penal por delitos cometidos contra el patrimonio cultural de la nación y en concordancia con las leyes de la materia, el Ministerio de Cultura, la Biblioteca Nacional y el Archivo General de la Nación quedan facultados para imponer sanciones administrativas;

Que, de conformidad con el artículo 93 del reglamento de la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, aprobado por el Decreto Supremo Nº 011-2006-ED y sus modificatorias, los organismos competentes están facultados para emitir las disposiciones necesarias para reglamentar sus respectivos procedimientos sancionadores y los criterios para la imposición de sanciones;

Que, asimismo, la tercera disposición complementaria final del Decreto Supremo Nº 005-2019-MC, que aprueba el Reglamento del Procedimiento Administrativo Sancionador a cargo del Ministerio de Cultura en el marco de la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación y sus modificatorias, dispone que los organismos públicos adscritos al Ministerio de Cultura, constituidos por la Biblioteca Nacional del Perú y el Archivo General de la Nación, emiten sus propios reglamentos de procedimiento administrativo sancionador, de acuerdo con sus funciones y competencias;

Que a través de la Resolución Jefatural Nº 189-2019-AGN/J, de fecha 26 de setiembre de 2019, se conformó el grupo de trabajo encargado de elaborar el proyecto de Reglamento de Procedimiento Administrativo Sancionador del Archivo General de la Nación, cuya vigencia fue ampliada en actos posteriores con la finalidad de que se culmine la elaboración del referido proyecto;

Que mediante Acta Nº 00011-2021-AGN/GTPAS, de fecha 7 de junio de 2021, el grupo de trabajo aprobó el proyecto de Reglamento de Procedimiento Administrativo Sancionador del Archivo General de la Nación, por el cual se atiende la necesidad de contar con un procedimiento administrativo sancionador que le permita a la entidad, bajo la potestad sancionadora que ostenta, determinar la existencia de responsabilidad administrativa y de esta manera proteger el patrimonio cultural archivístico, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación y sus modificatorias, su reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 011-2006-ED y sus modificatorias y, el TUO de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 004-2019-JUS;

Que mediante el Memorándum N° 111-2021-AGN/DAH, de fecha 23 de junio de 2021 y el Memorándum N° 231-2021-AGN/SG-OPP, de fecha 20 de agosto de 2021, la Dirección de Archivo Histórico y la Oficina de Planeamiento y Presupuesto brindan opinión a favor del proyecto de Reglamento del Procedimiento Administrativo Sancionador del Archivo General de la Nación. Por otro lado, mediante el Informe N° 168-2021-AGN/SG-OAJ, de fecha 22 de julio de 2021, la Oficina de Asesoría Jurídica opina a favor de la aprobación del proyecto propuesto, por contar con sustento técnico y ser concordante con la normatividad vigente;

Con los visados de la Dirección de Desarrollo de Políticas Archivísticas, de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, de la Oficina de Asesoría Jurídica y de la Secretaría General;

De conformidad con la Ley Nº 25323, Crean el Sistema Nacional de Archivos; la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, y su reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 011-2006-ED y sus modificatorias; el Decreto Supremo Nº 005-2019-MC, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento del Procedimiento Administrativo Sancionador a cargo del Ministerio de Cultura, en el marco de la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación y sus modificatorias; el TUO de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 004-2019-JUS; el Decreto Supremo N° 005-2018-MC, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Archivo General de la Nación - AGN;

SE RESUELVE

Artículo 1.- Aprobar el Reglamento del Procedimiento Administrativo Sancionador del Archivo General de la Nación, cuyo texto anexo forma parte de la presente resolución.

Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano.

Artículo 3.- Encargar a la Oficina de Tecnologías de la Información y Estadística la publicación de la presente resolución y su anexo en el portal institucional del Archivo General de la Nación (www.agn.gob.pe) el mismo día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y archívese.

JORGE ALFREDO RAFAEL ORTIZ SOTELO

Jefe Institucional

1991953-1