Disponen la suspensión de los vuelos de pasajeros provenientes de la República de Sudáfrica hasta el 30 de setiembre de 2021
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 877-2021-MTC/01
Lima, 14 de setiembre de 2021
CONSIDERANDO:
Que, a través del Decreto Supremo Nº 008-2020-SA, se declara en Emergencia Sanitaria a nivel nacional por el plazo de noventa (90) días calendario y se dictan medidas para la prevención y control para evitar la propagación del COVID-19, emergencia sanitaria que ha sido prorrogada por los Decretos Supremos Nº 020-2020-SA, Nº 027-2020-SA, Nº 031-2020-SA, Nº 009-2021-SA y Nº 025-2021-SA, hasta el 01 de marzo de 2022;
Que, mediante el Decreto Supremo Nº 184-2020-PCM, se declara el Estado de Emergencia Nacional por el plazo de treinta y un (31) días calendario, a partir del 01 de diciembre de 2020, al ser necesaria una norma que declare nuevamente el Estado de Emergencia Nacional, por las graves circunstancias que afectan la vida de la Nación a consecuencia de la COVID-19, el cual ha sido prorrogado por los Decretos Supremos Nº 201-2020-PCM, Nº 008-2021-PCM, Nº 036-2021-PCM, Nº 058-2021-PCM, Nº 076-2021-PCM, Nº 105-2021-PCM, Nº 123-2021-PCM, Nº 131-2021-PCM y Nº 149-2021-PCM, por el plazo de treinta (30) días calendario, desde el 01 de setiembre de 2021;
Que, mediante Decreto Supremo Nº 151-2021-PCM, ha sido modificado, entre otros, el numeral 8.7 del artículo 8 del Decreto Supremo Nº 184-2020-PCM, el cual, en su segundo párrafo, suspende hasta el 19 de setiembre de 2021, el ingreso al territorio nacional de extranjeros no residentes de procedencia de la República de Sudáfrica, o que hayan realizado escala en ese lugar en los últimos catorce días calendario;
Que, en el marco de la normativa vigente y aplicable, así como la situación epidemiológica de la COVID-19, la Dirección General de Aeronáutica Civil, mediante el Informe Nº 205-2021-MTC/12, sustenta y propone la suspensión de los vuelos de pasajeros provenientes de la República de Sudáfrica hasta el 30 de setiembre de 2021, en respuesta al estado de la pandemia a nivel global y la necesidad de consolidar la tendencia a la baja de la curva de contagios en el país;
De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; y el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Resolución Ministerial Nº 658-2021-MTC/01;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Disponer la suspensión de los vuelos de pasajeros provenientes de la República de Sudáfrica hasta el 30 de setiembre de 2021, según lo expuesto en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial.
Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Portal Institucional del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (www.gob.pe/mtc), el mismo día de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JUAN FRANCISCO SILVA VILLEGAS
Ministro de Transportes y Comunicaciones
1991704-1