Designan representantes del Senace, ante la Comisión encargada de conducir y coordinar el proceso de transferencia de la función: Administración del “Registro de Entidades Autorizadas a elaborar Estudios Ambientales”, del “Registro de Entidades Autorizadas a elaborar Estudios de Impacto Ambiental” o de cualquier otro registro de denominación similar, que deba formar parte del Registro Nacional de Consultoras Ambientales a cargo del SENACE del Sector Salud (Residuos Sólidos) del Ministerio de Salud al Senace

Resolución de Presidencia Ejecutiva

Nº 00052-2021-SENACE/PE

Lima, 13 de septiembre de 2021

VISTOS: El Memorando N°00878-2021-SENACE-PE/DGE de la Dirección de Gestión Estratégica en Evaluación Ambiental y el Informe N°00157-2021-SENACE-GG/OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica, y;

CONSIDERANDO:

Que, mediante la Ley N° 29968, se crea el Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles – Senace como organismo público técnico especializado, con autonomía técnica y personería jurídica de derecho público interno, constituyéndose en pliego presupuestal adscrito al Ministerio del Ambiente;

Que, a través del Decreto Legislativo N° 1394, Decreto Legislativo que fortalece el funcionamiento de las autoridades competentes en el marco del Sistema Nacional de Evaluación del Impacto Ambiental, se modificó la Ley N° 29968, en cuanto a la estructura orgánica del Senace, estableciendo en el literal 7.3 del artículo 7 que el Presidente Ejecutivo, ejerce la representación legal del Senace y la titularidad del pliego presupuestal de la entidad;

Que, a través del Decreto Supremo N° 006-2015-MINAM, se aprobó el cronograma de transferencia de funciones de las Autoridades Sectoriales al SENACE, en el marco de la Ley N° 29968; estableciendo en su artículo 2 que la Comisión de Transferencia Sectorial respectiva tendrá la responsabilidad de conducir y coordinar el proceso de transferencia de funciones hasta su respectiva culminación;

Que, mediante Decreto Legislativo N° 1278, se aprueba la Ley de Gestión Integral de Residuos Sólidos, el cual señala en su artículo 17 las competencias del SENACE en materia de residuos sólidos; y establece, en su Primera Disposición Complementaria Modificatoria, que el Ministerio del Ambiente modificará las normas sobre transferencia de funciones del sector Salud al SENACE, en lo que se refiere a proyectos de residuos sólidos, con la finalidad de que el Senace asuma la función de aprobar los Estudios de Impacto Ambiental detallados (EIA-d) de dichos proyectos desde la entrada en vigencia del Reglamento del citado Decreto Legislativo;

Que, mediante Decreto Supremo N° 001-2017-MINAM, se incorpora una disposición al Decreto Supremo N° 006-2015-MINAM, estableciendo, entre otros aspectos, que a partir de la vigencia del reglamento del Decreto Legislativo N° 1278, el SENACE asumirá las funciones previstas en el artículo 17 del mismo, independientemente del Cronograma de Transferencia de Funciones aprobado por el artículo 1 del Decreto Supremo N° 006-2015-MINAM, asimismo, establece, el alcance de la transferencia de funciones y regula la conformación de la Comisión de Transferencia; precisando que el proceso de transferencia de funciones se realizará conforme a los términos establecidos en el Plan de Trabajo aprobado por la referida Comisión;

Que, mediante Resolución Ministerial N°230-2017-MINAM se aprueba la culminación del proceso de transferencia de funciones del sector Salud del Ministerio de Salud al Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles, siendo las siguientes: a) Para los literales a) y b) del artículo 17 del Decreto Legislativo N° 1278, la evaluación y aprobación de los Estudios de Impacto Ambiental detallados, que incluye sus respectivas modificaciones, los Informes Técnicos Sustentatorios y actualizaciones, las solicitudes de clasificación, los Términos de Referencia y el Plan de Participación Ciudadana, el acompañamiento en la elaboración de Línea Base, la administración del Registro Administrativo de Certificaciones Ambientales, así como los demás actos o procedimientos vinculados a dichas funciones. b) Para el literal c) del artículo 17 del Decreto Legislativo N° 1278, la evaluación y aprobación de los Instrumentos de Gestión Ambiental complementarios del Sistema Nacional de Evaluación del Impacto Ambiental (SEIA) que sean regulados por el Ministerio del Ambiente, así como los demás actos o procedimientos vinculados a dicha función;

Que, con Decreto Supremo N° 025-2021-MINAM, se aprueba el Cronograma de transferencia de Funciones de los subsectores Turismo, Comunicaciones, Salud (excepto residuos sólidos) y Defensa al SENACE, se deroga el Decreto Supremo N° 006-2015-MINAM y dispone aspectos relacionados a la transferencia de la función de administración del registro de empresas consultoras para la elaboración de Estudios de Impacto Ambiental en el ámbito del Sector Salud (Residuos Sólidos) y sobre el acervo el acervo documentario, correspondiente al citado Registro;

Que, para dicho efecto, el artículo 2 del Decreto Supremo N° 025-2021-MINAM, dispone que mediante Resolución del Titular del Senace se designa a tres (3) representantes que conformarán la Comisión de Transferencia, entre los cuales están el(la) Director(a) de Evaluación Ambiental para Proyectos de Recursos Naturales y Productivos, o el(la) Director(a) de Evaluación Ambiental para Proyectos de Infraestructura (dependiendo del sector a transferir), el(la) Director(a) de Gestión Estratégica en Evaluación Ambiental y el(la) representante de los asesores de Alta Dirección del SENACE; uno de los cuales debe presidirla, por lo que se considera necesario efectuar dicha designación;

Con el visado de la Dirección de Gestión Estratégica en Evaluación Ambiental, de la Gerencia General, y de la Oficina de Asesoría Jurídica; y,

De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29968, Ley de creación del Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles (SENACE) y modificatorias; la Primera Disposición Complementaria Modificatoria del Decreto Legislativo N° 1278, Ley de Gestión Integral de Residuos Sólidos; el Decreto Supremo Nº 025-2021-MINAM, que aprueba el Cronograma de plazos y las condiciones para la Transferencia de Funciones de los subsectores Turismo, Comunicaciones, Salud y Defensa al Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles - SENACE en el marco de la Ley N° 29968, y establece disposiciones para las autoridades sectoriales que no han culminado la transferencia de funciones; y, el Decreto Supremo N° 001-2017-MINAM que modifica el Decreto Supremo N° 006-2015-MINAM, que aprueba el Cronograma de Transferencia de Funciones de las Autoridades Sectoriales al Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles - SENACE en el marco de la Ley N° 29968; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Senace, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-2017-MINAM;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Designar a los representantes del Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles – Senace, ante la Comisión encargada de conducir y coordinar el proceso de transferencia de la función: Administración del “Registro de Entidades Autorizadas a elaborar Estudios Ambientales”, del “Registro de Entidades Autorizadas a elaborar Estudios de Impacto Ambiental” o de cualquier otro registro de denominación similar, que deba formar parte del Registro Nacional de Consultoras Ambientales a cargo del SENACE del Sector Salud (Residuos Sólidos) del Ministerio de Salud al Senace, la cual queda conformada de la siguiente manera:

- Director/a de Gestión Estratégica en Evaluación Ambiental (DGE), quien la presidirá.

- Director/a de Evaluación Ambiental para Proyectos de Infraestructura (DEIN).

- Jessica Milagros Morales Hurtado, Asesora de Presidencia Ejecutiva.

Artículo 2.- Encargar a la Gerencia General la notificación de la presente Resolución de Presidencia Ejecutiva a los órganos designados en el artículo precedente, al servidor designado y al Ministerio de Salud.

Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución de Presidencia Ejecutiva en el diario oficial El Peruano y en el Portal Institucional del Senace (www.gob.pe/senace), el mismo día de su publicación en el diario oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ALBERTO MARTÍN BARANDIARÁN GÓMEZ

Presidente Ejecutivo del Servicio Nacional

de Certificación Ambiental para las

Inversiones Sostenibles - Senace

1991194-1