Crean Grupo de Trabajo Multisectorial de naturaleza temporal denominado “Mesa Técnica de Desarrollo Integral para el distrito de Urarinas de la provincia y departamento de Loreto”

RESOLUCIÓN MINISTERIAL

Nº 207-2021-PCM

Lima, 10 de septiembre de 2021

VISTOS:

El Memorando Nº D000755-2021-PCM-DVGT del Viceministerio de Gobernanza Territorial; el Memorando Nº D000647-2021-PCM-SD y el Informe Nº D000126-2021-PCM-SD de la Secretaría de Descentralización; y, el Memorando Nº D000883-2021-PCM-OGPP y el Informe Nº D000040-2021-PCM-OGPP-CYG de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; y;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 17 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece que la Presidencia del Consejo de Ministros es el Ministerio responsable de la coordinación de las políticas nacionales y sectoriales del Poder Ejecutivo. Coordina las relaciones con los demás Poderes del Estado, los organismos constitucionales, los gobiernos regionales, los gobiernos locales y la sociedad civil;

Que, mediante Decreto Supremo Nº 145-2020-PCM, se aprueba el Plan de Cierre de Brechas para la población del ámbito petrolero de las provincias de Datem del Marañón, Loreto, Alto Amazonas, Requena y Maynas, del departamento de Loreto, el cual tiene por finalidad contribuir al desarrollo armonioso de las comunidades nativas y centros poblados del ámbito petrolero de Loreto a través de la promoción de un desarrollo territorial participativo en el que los actores públicos, privados y de la sociedad civil sean capaces de comprender y aprovechar sosteniblemente las potencialidades del territorio;

Que, advirtiéndose la necesidad de analizar, evaluar y consolidar la mejor estrategia para una adecuada gestión de la problemática territorial en el distrito de Urarinas de la provincia y departamento de Loreto, se considera importante que se promueva un mecanismo de articulación para asegurar el desarrollo de dicho ámbito territorial;

Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 35 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y el artículo 28 de los Lineamientos de Organización del Estado, aprobados por Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM, los grupos de trabajo son un tipo de órgano colegiado sin personería jurídica ni administración propia, que se crean para cumplir funciones distintas a las de seguimiento, fiscalización, propuesta o emisión de informes técnicos, tales como la elaboración de propuestas normativas, instrumentos, entre otros productos específicos; pueden ser sectoriales o multisectoriales y se aprueban mediante resolución ministerial del ministerio que la preside;

Que, en dicho contexto, la Secretaría de Descentralización del Viceministerio de Gobernanza Territorial de la Presidencia del Consejo de Ministros, en el marco de sus competencias, propone la conformación urgente de un Grupo de Trabajo Multisectorial de naturaleza temporal que tenga por objeto coordinar, analizar y establecer propuestas de solución a la problemática territorial del distrito de Urarinas de la provincia y departamento de Loreto; así como, evaluar e identificar las medidas, acciones y actividades orientadas al fortalecimiento institucional y a la mejora de la respuesta estatal a las necesidades de bienes y servicios de calidad para la población; para lo cual se cuenta con el consentimiento de las entidades que lo integran;

De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; los Lineamientos de Organización del Estado, aprobados por Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM; y, el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Resolución Ministerial Nº 156-2021-PCM;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Creación de Grupo de Trabajo

Créase el Grupo de Trabajo Multisectorial de naturaleza temporal denominado “Mesa Técnica de Desarrollo Integral para el distrito de Urarinas de la provincia y departamento de Loreto”, dependiente de la Presidencia del Consejo de Ministros, en adelante Grupo de Trabajo.

Artículo 2.- Objeto del Grupo de Trabajo

El Grupo de Trabajo tiene por objeto coordinar, analizar y establecer propuestas de solución a la problemática territorial del distrito de Urarinas de la provincia y departamento de Loreto; así como, evaluar e identificar las medidas, acciones y actividades orientadas al fortalecimiento institucional y a la mejora de la respuesta estatal a las necesidades de bienes y servicios de calidad para la población.

Artículo 3.- Integrantes

El Grupo de Trabajo está conformado por los siguientes integrantes:

a) Un/a representante de la Presidencia del Consejo de Ministros, quien lo preside.

b) Un/a representante del Ministerio de Energía y Minas.

c) Un/a representante del Ministerio de Transportes y Comunicaciones.

d) Un/a representante del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego.

e) Un/a representante del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento.

f) Un/a representante del Ministerio de Educación

g) Un/a representante del Ministerio de Salud

h) Un/a representante del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social

i) Un/a representante de Petroperú

j) Un/a representante del Gobierno Regional de Loreto.

k) El/la Alcalde/sa de la provincia de Loreto

l) El/la Alcalde/sa del distrito de Urarinas

m) Representantes de los pueblos originarios de las comunidades de Saramurillo y Saramuro del distrito de Urarinas.

n) Representantes de las organizaciones indígenas de la provincia de Loreto.

Artículo 4.- Funciones

4.1. El Grupo de Trabajo tiene las siguientes funciones:

a) Coordinar, analizar y articular propuestas de solución a la problemática del distrito de Urarinas de la provincia y departamento de Loreto, en particular los centros poblados de Saramurillo y Saramuro.

b) Apoyar en la identificación y formulación de proyectos, así como en la adopción de medidas y mecanismos necesarios para el financiamiento de, entre otros, los proyectos priorizados en el Anexo 1 de la presente resolución, los mismos que contribuirán al cierre de brechas sociales en el distrito de Urarinas.

c) Proponer acciones y actividades orientadas al fortalecimiento institucional y a la mejora de la respuesta estatal a la necesidad de bienes y servicios de calidad para la población.

d) Articular con las entidades públicas y otros actores, la programación de las acciones para el cumplimiento de la Agenda Territorial.

e) Proponer las acciones y medidas que coadyuven al cumplimiento del objeto del Grupo de Trabajo, informando públicamente los avances.

f) Elaborar los proyectos normativos que se consideren necesarios (decretos de urgencia, decretos supremos, entre otros), para solucionar la problemática territorial del distrito de Urarinas de la provincia y departamento de Loreto.

4.2. Para efectos del desarrollo de sus funciones, en el marco de la emergencia sanitaria y el estado de emergencia nacional declarados a consecuencia de la crisis sanitaria generada por la pandemia de la COVID-19, las funciones del Grupo de Trabajo podrán realizarse de manera presencial o virtual, utilizando para este caso herramientas de tecnologías de la información.

Artículo 5.- Designación de representantes

Los/las representantes del Grupo de Trabajo son designados/as, mediante documento escrito de cada entidad, institución u organización, dirigido a la Secretaría Técnica, dentro del plazo de cinco (05) días hábiles contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 6.- Secretaría Técnica

La Secretaría Técnica del Grupo de Trabajo está a cargo de la Secretaría de Descentralización, con el apoyo de la Secretaría de Gestión Social y Diálogo de la Presidencia del Consejo de Ministros, quien asume la responsabilidad administrativa y coordinaciones operativas del funcionamiento del Grupo de Trabajo; así como de llevar el registro de los acuerdos, custodiar las actas y toda la documentación que se genere.

Artículo 7.- De la información, colaboración, asesoramiento y apoyo de profesionales

7.1. El Grupo de Trabajo podrá solicitar la colaboración, asesoramiento, apoyo, opinión y aporte técnico de representantes de diferentes entidades públicas y/o privadas del ámbito nacional; así como del gobierno regional y gobiernos locales involucrados, sin que ello genere gastos al Tesoro Público.

7.2. El Grupo de Trabajo, a través de la Secretaría Técnica, puede solicitar información a las entidades públicas pertinentes, para el cumplimiento de sus funciones.

Artículo 8.- Financiamiento

Las entidades que conforman el Grupo de Trabajo sujetan el cumplimiento de sus funciones a su presupuesto institucional, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público. La participación de los/las representantes del Grupo de Trabajo es ad honórem, no irrogando gastos al Estado.

Artículo 9.- Instalación

La instalación del Grupo de Trabajo se realiza dentro de los diez (10) días hábiles contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 10.- Período de vigencia e Informe Final

10.1. El Grupo de Trabajo tiene vigencia por un período de ciento ochenta (180) días calendario, plazo en el cual debe presentar un Informe Final a la Presidencia del Consejo de Ministros.

10.2. El Grupo de Trabajo puede acordar una ampliación del plazo de vigencia, en caso lo considere necesario, debiendo sustentar dicha solicitud ante la Secretaría Técnica, para su posterior remisión a la Presidencia del Consejo de Ministros, a fin de evaluar la emisión de una nueva Resolución Ministerial.

Artículo 11.- Publicación

Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en la sede digital de la Presidencia del Consejo de Ministros (www.gob.pe/pcm), el mismo día de su publicación en el diario oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

GUIDO BELLIDO UGARTE

Presidente del Consejo de Ministros

Anexo 1

Lista de proyectos priorizados

Nº

CUI

NOMBRE DE LA INVERSION / INTERVENCION

MONTO REFEREN-

CIAL

UE REGISTRADA

ESTADO

1

2493492

CONTRUCCION DE LA I.E. Nº 6010265 ROMULO FREITAS ALVARADO DE LA COMUNIDAD NATIVA DE SARAMURILLO

S/ 8,432,123

GORE LORETO

EN ELABORACION DE EXPEDIENTE TECNICOSIN SANEAMIENTO FISICO LEGAL

2

EN IDEA

INTERVENCION EN EL ESTABLECIMIENTO DE SALUD I-2 EN LA COMUNIDAD NATIVA DE SARAMURILLO

S/ 5,600,000

GORE LORETO

EN FORMULACION

3

EN IDEA

MEJORAMIENTO Y AMPLIACION DE VEREDA PEATONAL O CAMINO DE HERRADURA EN LA COMUNIDAD NATIVA DE SARAMURILLO (INTERCOMUNIDADES)

S/ 600,000

NO TIENE

EN FORMULACION

4

2435014

MEJORAMIENTO Y AMPLIACION DE LA VIA DE ACCESO ENTRE LAS COMUNIDADES DE SAN JOSE DE SARAMURO Y SARAMURILLO (VEREDAS)

S/ 1,341,273

MD DE URARINAS

EN ELABORACION DE EXPEDIENTE TECNICO

5

EN IDEA

LOCAL COMUNAL

S/ 230,000

NO TIENE

EN ELABORACION DE EXPEDIENTE TECNICO

6

2455599

MEJORAMIENTO DE LOS SERVICIOS DE SALUD EN EL PUESTO DE SALUD EN SAN JOSE DE SARAMURO

S/ 12,246.663

MD DE URARINAS

VIABLE

7

2335831

MEJORAMIENTO DE LOS SERVICIOS EDUCATIVOS EN EL IEPSM Nº 60589 EN LA LOCALIDAD DE SAN JOSE DE SARAMURO

S/ 4, 485,875

MD DE URARINAS

VIABLE

1990742-1