Aprueban la eliminación del Servicio N° 44 denominado “Certificado de Constatación Domiciliaria”, contenido en el Texto Único de Servicios No Exclusivos (TUSNE) de la Municipalidad Distrital de Barranco

RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA

Nº 297-2021-MDB

Barranco, 10 de agosto de 2021

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE

BARRANCO

VISTOS:

Los Informes Nº 003 Y 049-GFSC-MDB emitidos por la Gerencia de Fiscalización y Seguridad Ciudadana y el Informe Nº 180-2021-GAJ-MDB emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica, y;

CONSIDERANDO:

Que, según el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, las Municipalidades cuentan con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, concordante con en el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, y dicha autonomía radica en ejercer actos de gobierno, administrativo y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;

Que, el Texto Único de Servicios No Exclusivos – TUSNE, es el documento que complementa al Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA, que contiene los servicios que brinda nuestra entidad Edil a la población, con el objeto de que al administrado se le informe de los mismos, sus respectivos costos y plazos; con la finalidad de contar con un instrumento de gestión actualizado, el mismo que se elabora en coordinación con todas las unidades orgánicas involucradas y prestadoras de servicios, en el marco del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad;

Que, la Municipalidad de Barranco aprobó el Texto Único de Servicios No Exclusivos – TUSNE mediante Resolución de Alcaldía Nº 228-2016-MDB/ALC, modificado por Resolución de Alcaldía Nº 693-2016-MDB/ALC, Decreto de Alcaldía Nº 002-2017-MDB, Resolución de Alcaldía Nº 562-2017-MDB/ALC, Decreto de Alcaldía Nº 002-2018-MDB, Resolución de Alcaldía Nº 472-2019-MDB, Resolución de Alcaldía Nº 255-2020-MDB y Resolución de Alcaldía Nº 103-2021-MDB;

Que, la Ley Nº 30338, establece en su Disposición Complementaria Derogatoria, la derogación de la Ley Nº 27839, Ley que establece la atribución de expedir certificaciones domiciliarias - entre otros - a los gobiernos locales, dentro de su jurisdicción;

Que, el numeral 2 del artículo 71º del Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad Distrital de Barranco, modificado mediante la Ordenanza Nº 525-2019-MDB, establece que es competencia de la Gerencia de Fiscalización y Seguridad Ciudadana el de “elaborar, actualizar, proponer y ejecutar los instrumentos de gestión de su competencia, de acuerdo a la normatividad vigente”;

Que, mediante los informes del visto, la Gerencia de Fiscalización y Seguridad Ciudadana solicita se inicie el procedimiento correspondiente a fin de efectuar la baja y/o eliminación del trámite de expedición de Certificado Domiciliario contenido en el Texto Único de Servicios No Exclusivos – TUSNE en cumplimiento de lo dispuesto en la norma legal vigente;

Que, la Gerencia de Asesoría Jurídica, por medio del informe del visto, cumple con emitir opinión favorable a la eliminación, en el Texto Único de Servicios No Exclusivos – TUSNE, del Servicio Nº 44 de la Gerencia de Fiscalización y Seguridad Ciudadana respecto a la expedición del Certificado de Constatación Domiciliaria;

Que, el numeral 43.4 del artículo 43º del Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, señala que para aquellos servicios que no sean prestados en exclusividad, las entidades, a través de la Resolución del Titular de la entidad, establecen la denominación, la descripción clara y taxativa de los requisitos y sus respectivos costos, los cuales deben ser debidamente difundidos para que sean de público conocimiento, respetando lo establecido en el artículo 60º de la Constitución Política del Perú y las normas de represión de la competencia desleal;

En uso de las facultades conferidas en el numeral 6º del artículo 20º y artículo 43º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; con el visto bueno de la Gerencia de Asesoría Jurídica;

RESUELVE:

Artículo Primero.- APROBAR la eliminación del Servicio Nº 44 denominado “Certificado de Constatación Domiciliaria”, contenido en el Texto Único de Servicios No Exclusivos (TUSNE) de la Municipalidad Distrital de Barranco.

Artículo Segundo.– DEJAR sin efecto toda disposición que se oponga o contravenga lo dispuesto en la presente Resolución.

Artículo Tercero.– ENCARGAR a la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución, de acuerdo a sus competencias.

Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación de la presente resolución en el diario oficial El peruano y a la Subgerencia de Sistemas y Tecnologías de la Información la publicación de la misma en el Portal Institucional de la Municipalidad www.munibarranco.gob.pe.

Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.

JOSÉ JUAN RODRÍGUEZ CÁRDENAS

Alcalde

1988717-1