Disponen difusión de proyecto de resolución que aprobaría el Reglamento de Fiscalización de los Servicios de Saneamiento en las Pequeñas Ciudades

RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO

Nº 035-2021-SUNASS-CD

Lima, 1 de setiembre de 2021

VISTO:

El Informe N° 043-2021-SUNASS-DPN de las direcciones de Políticas y Normas, Fiscalización y Ámbito de la Prestación, el cual presenta la propuesta del Reglamento de Fiscalización de los Servicios de Saneamiento en las Pequeñas Ciudades y su correspondiente exposición de motivos.

CONSIDERANDO:

Que, el literal c) del párrafo 3.1 del artículo 3 de la Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos, aprobada por la Ley N° 27332, faculta a los organismos reguladores a dictar, en el ámbito y materia de su competencia, los reglamentos, normas de carácter general y mandatos u otras normas de carácter particular referidas a intereses, obligaciones o derechos de las entidades o actividades supervisadas o de sus usuarios.

Que, el artículo 5 del Reglamento General de la Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento (Sunass), aprobado mediante Decreto Supremo Nº 017-2001-PCM, establece el principio de transparencia, en virtud del cual las decisiones normativas o regulatorias, para su aprobación, deben ser previamente publicadas a fin de que los interesados tengan la oportunidad de expresar su opinión.

De conformidad con lo dispuesto por el artículo 20 del Reglamento General de la Sunass y el artículo 14 del Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y difusión de Normas Legales de Carácter General, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS; y con la opinión favorable de las direcciones de Políticas y Normas, Fiscalización y Ámbito de la Prestación, la oficina de Asesoría Jurídica y la Gerencia General.

El Consejo Directivo en su sesión del 27 de agosto de 2021.

HA RESUELTO:

Artículo 1.- Disponer la difusión del proyecto de resolución de Consejo Directivo mediante el cual se aprobaría el Reglamento de Fiscalización de los Servicios de Saneamiento en las Pequeñas Ciudades y su correspondiente exposición de motivos, en el portal institucional de la Sunass (www.sunass.gob.pe), así como la publicación de la presente resolución en el diario oficial El Peruano.

Artículo 2.- Otorgar un plazo de quince días hábiles, contados a partir del día siguiente de la fecha de publicación de la presente resolución en el diario oficial El Peruano, a fin de que los interesados remitan sus comentarios sobre el proyecto normativo señalado en el artículo anterior al correo electrónico dpn@sunass.gob.pe. Los comentarios deben ser remitidos en el formato que se difundirá en el portal institucional de la Sunass (www.sunass.gob.pe).

Artículo 3.- Encargar a la Dirección de Políticas y Normas de la Sunass el acopio, procesamiento y sistematización de los comentarios que se presenten.

Regístrese, publíquese y difúndase.

IVÁN MIRKO LUCICH LARRAURI

Presidente Ejecutivo

1987821-1