Establecen incentivo tributario: “Chalaco por tu puntualidad en tus pagos tu Municipalidad te premia a lo grande”, para contribuyentes cuyo uso sea casa habitación dentro del distrito del Callao

ORDENANZA MUNICIPAL Nº 009-2021

Callao, 27 de agosto de 2021

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL

DEL CALLAO

POR CUANTO:

EL CONCEJO MUNICIPAL PROVINCIAL DEL CALLAO, visto el Dictamen N° 012-2021-MPC/CMPC-SR-COADPA de la Comisión de Administración y Protección Ambiental, en Sesión Ordinaria celebrada en la fecha, en ejercicio de las facultades que otorga la ley Orgánica de Municipalidad Nº 27972 y el Informe Nº 950-2021-MPC-GGATR-GR de fecha 21 de Junio del 2021 de la Gerencia de Recaudación, el Memorando Nº 1263-2021-MPC-GGATR de fecha 23 de junio del 2021 de la Gerencia General de Administración Tributaria y Rentas, el Memorando Nº 1879-2021-MPC-GGAJyC de fecha 07 de julio del 2021 de la Gerencia General de Asesoría Jurídica y Conciliación, el Memorando Nº 1619- 2021-MPC-GGATR de fecha 12 de agosto del 2021, Memorando N° 2067-2021-MPC-GGAJyC de fecha 16 de agosto del 2021 de la Gerencia General de Asesoría Jurídica y Conciliación, el Memorando N° 1658-2021-MPC-GGPPIDI de fecha 05 de julio del 2021 Gerente General Planeamiento, Presupuesto Inversiones y Desarrollo Institucional, y el Informe Nº 1719- 2021-MPC-GGA-GA de la Gerencia de Abastecimientos de fecha 04 de agosto del 2021, los cuales aprueban los lineamientos de la presente Ordenanza, teniendo el voto MAYORITARIO del Cuerpo de Regidores y en ejercicio de las facultades y;

CONSIDERANDO:

Que, la Constitución Política, en el artículo Nº 194°, otorga autonomía Política, Económica y Administrativa a las Municipalidades, la cual radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativo y de administración, con sujeción al Ordenamiento Jurídico, lo que es concordante con lo establecido en el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, que señala que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia;

Que, el Artículo 40° de la ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972 establece que las Ordenanzas Municipales, en la materia de competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración, supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa, mediante Ordenanzas se crean, modifican, suprimen o exoneran, los tributos, tasas licencias, derechos y contribuciones, dentro de los límites establecidos por la Ley (…), Asimismo, el artículo 9º inciso 8) de la misma norma, señala que corresponde al Concejo Municipal “ Aprobar, modificar o derogar las Ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos”;

Que, en el caso de los Gobiernos Locales, el Concejo Municipal cumple la función normativa, de acuerdo a lo establecido en el artículo 1 95° de la Constitución, ejerciendo dicha función a través de Ordenanzas las cuales tienen rango de ley de conformidad con lo establecido en el numeral 4) del artículo 200° de la Constitución Política del Estado Peruano;

Que, es necesario establecer en la jurisdicción del distrito el reconocimiento a los vecinos que cumplen con el pago de sus obligaciones tributarias, de las cuales son sujetos pasivos en ésta jurisdicción;

Que, la presente Administración considera pertinente disminuir el grado de morosidad de las obligaciones tributarias de los contribuyentes del Distrito del Callao, incentivando a través de sorteo el otorgamiento de premios, la disminución de la brecha morosidad-pago, tendiendo con ésta acción a incrementar los niveles de cumplimiento;

La presente Ordenanza, no aplica a lo dispuesto mediante Decreto Supremo Nº 010-2016-IN, toda vez que la actividad denominada: “CHALACO POR TU PUNTUALIDAD EN TUS PAGOS TU MUNICIPALIDAD TE PREMIA A LO GRANDE”, organizada por la Municipalidad Provincial del Callao, no se configura como “Promociones Comerciales, Rifas con Fines Sociales o Colectas Públicas”, así como que dicha actividad no involucra la venta o comercialización, con la finalidad de incentivar dichas actividades; las mismas que tampoco representan la naturaleza o razón de ser de ésta Corporación Edil;

Que, sobre el particular diversas Administraciones Tributarias de los Gobiernos Locales, han establecido políticas para el otorgamiento de premios a los contribuyentes que son puntuales en el cumplimiento de sus obligaciones, en vista de que los mismos, históricamente no han recibido reconocimiento alguno, a pesar de contar con estas características positivas a favor de las mismas;

Que, la aprobación del presente procedimiento no sólo originará la disminución de los grados de morosidad de las obligaciones tributarias, sino que inductivamente propiciará el incremento de la Base Tributaria, fomentando cultura tributaria e incrementando los niveles de las mismas, motivo por el cual se hace necesario se proceda a la emisión de la presente norma;

Que, mediante el Informe Nº 950-2021-MPC-GGATR-GR de fecha 21 de junio del 2021, presenta el Proyecto de Ordenanza denominado : “CHALACO POR TU PUNTUALIDAD EN TUS PAGOS TU MUNICIPALIDAD TE PREMIA A LO GRANDE”,, con la finalidad de incentivar a los contribuyentes del Distrito del Callao el pago de sus tributos 2021, para el cual se propone un primer sorteo en el mes de Setiembre de 100 COMBOS ARTEFACTOS ELECTRODOMÉSTICOS de tres productos cada una y de la misma forma 04 premios mayores que consistente en una (01) refrigeradora No Frost, un (01) televisor TV LG Lrd 4K UHD Smart 49, una (01) lavadora 13 kilos y una (01) Cocina de 4 hornillas y un segundo sorteo en el mes de diciembre de 100 GIFT CARD de 150 soles cada una y 4 GIFT CARD como premios mayor de 500 soles cada una.

Los contribuyentes que cumplan con lo establecido en la presente ordenanza entraran en un primer sorteo a realizarse en el mes de setiembre por el aniversario del callao donde se premiara a los contribuyentes con artefactos electrodomésticos, por su participación y su conciencia tributaria como buen contribuyente, a los cuales una vez concluida la fecha de acogimientos de la presente ordenanza y dentro de los veinte días posteriores se sortearan Combos de Electrodomésticos, los cuales serán publicados en la página WEB de la Municipalidad Provincial del Callao y serán notificados en el domicilio fiscal que se encuentre registrado en nuestra base de datos del sistema de rentas, de la misma manera se ha previsto un segundo sorteo en el mes de diciembre de 100 GIFT CARD de 150 soles cada una y 4 GIFT CARD como premios mayor de 500 soles cada una, por el año de Bicentenario del Perú… 200 Años de Independencia.

a. Se consideran contribuyentes hábiles para participar en el sorteo público todas las personas naturales y sucesiones intestadas debidamente inscritas en los Registros Públicos, registradas como contribuyentes (activos) del Impuesto Predial y/o Arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines Públicos y Serenazgo del Distrito del Callao, cuyo único predio y uso solo sea CASA HABITACION incluyendo accesorios al predio principal. si se diera el caso que utilizara parte del predio para fines productivos, comerciales y/o profesionales ello no restringe su participación.

b. De la misma manera se incentiva el pago de la deudas tributaria 2021, a pesar de seguir en un estado de emergencia sanitaria de la pandemia en el Perú dentro de esta segunda ola de contagios epidemiológico y tras un posible rebrote de una tercera ola, debido a las graves circunstancias que afectan la vida de la Nación a consecuencia del brote del COVID-19 que de no cuidarse conlleva a la muerte de nuestros vecinos, es de esta forma que presentamos la ordenanza, con la cual se quiere premiar los esfuerzos de cada contribuyentes en sus pagos puntuales.

Que, mediante Memorando Nº 1263 -2021/MPC/GGATR de fecha 23 de junio del 2021, la Gerencia General de Administración Tributaria y Rentas hace suyo el Proyecto de Ordenanza presentado por la Gerencia de Recaudación mediante el Informe Nº 950-2021-MPC-GGATR-GR, con la propuesta presentada en el Proyecto de Ordenanza Municipal, con la finalidad de incentivar al pago de la deuda tributaria, misma que su primer sorteo se realizara en el mes de setiembre y el segundo sorteo se realizara en el mes de diciembre del 2021, solicitando elevar los actuados al Pleno del Concejo Municipal para su conocimiento, debate pronunciamiento y aprobación correspondiente.

Que la Gerencia General de Planeamiento, Presupuesto, Inversiones y Desarrollo Institucional mediante el Memorando Nº 1658 -2021-MPC-GGPPIDI de fecha 05 de julio del 2021 otorga la cobertura presupuestal correspondiente.

Que la Gerencia General de Asesoría Jurídica y Conciliación emite el Memorando Nº 1879- 2021-MPC-GGAJyC de fecha 07 de julio del 2021, el cual determina que la propuesta de la presente Ordenanza Municipal es viable y procedente.

Mediante el Informe N° 1719-2021-MPC-GGA-GA de fecha 04 de agosto la Gerencia de Abastecimiento remite el cuadro solicitado de costos de precios de mercado de los premios a otorgar, estando los mismos dentro de lo dispuesto del presupuesto otorgado mediante el Memorando N° 1658-2021-MPC-GGPDDI de la Gerencia General de Planeamiento, Presupuesto, Inversiones y Desarrollo Institucional.

Que, mediante Memorando N° 1570-2021-MPC-GGATR de fecha 05 de agosto y el Memorando N° 1619-2021-MPC-GGATR de fecha 12 de agosto del 2021 emitido por la Gerencia General de Administración Tributaria y Rentas se solicita la ampliación del Informe Legal emitido por la Gerencia General de Asesoría Jurídica y Conciliación.

Que, con Memorando N° 2026-2021-MPC/GGAJC de fecha 16 de agosto del 2021 la Gerencia General de Asesoría Jurídica y Conciliación se ratifica en el contenido de lo expuesto en su informe N° 1879-2021-MPC/GGAJC de fecha 07 de julio de 2021.

Que, mediante Memorando N° 285-2021-MPC-GACMA-SG emitido por Secretaría General traslada las observaciones realizadas por la Comisión de Administración y Protección Ambiental, las cuales se dieron para ser incorporadas en la Ordenanza “CHALACO POR TU PUNTUALIDAD EN TUS PAGOS TU MUNICIPALIDAD TE PREMIA A LO GRANDE”, a Aprobar.

Que, debido a la continuación del estado de emergencia sanitaria decretada por el Ministerio de Salud iniciada mediante Decreto Supremo Nº 044-2020-PCM de fecha 15 de marzo del 2020, el cual declara el Estado de Emergencia Nacional, como resultado de la inmovilización sanitaria que fue modificado mediante el Decreto Supremo 051-2020-PCM del 27 de marzo del 2020; el Decreto Supremo 064-2020-PCM del 10 de abril del 2020; Decreto Supremo Nº 075-2020-PCM del 25 de abril del 2020; Decreto Supremo Nº 083-2020-PCM del 10 de mayo del 2020; el Decreto Supremo Nº 094-2020-PCM de fecha 23 de mayo del 2020; Decreto Supremo Nº 116-2020-PCM del 26 de junio del 2020; Decreto Supremo Nº 139-2020-PCM del 12 de agosto del 2020; Decreto Supremo Nº 146-2020-PCM del 28 agosto del 2020; Decreto Supremo Nº 170-2020-PCM del 22 de octubre del 2020; Decreto Supremo Nº 177-2020-PCM del 03 de noviembre del 2020; Decreto Supremo Nº 178-2020-PCM del 05 de noviembre del 2020; Decreto Supremo Nº 180-2020-PCM del 14 de noviembre el 2020; Decreto Supremo Nº 184-2020-PCM del 30 de noviembre del 2020; Decreto Supremo Nº 036-2021-PCM del 27 de febrero del 2021; Decreto Supremo Nº 046-2021-PCM del 13 de marzo del 2021; Decreto Supremo Nº 058-2021-PCM del 27 de marzo del 2021 y sus ampliaciones establecidas a lo largo del estado de emergencia sanitaria de la pandemia en este segundo rebrote del COVID.19, en la que se vive en el Perú en lo que va del año 2021, se ha golpeado duramente estos primeros meses del año 2021, la situación económica de todos los chalacos, quedando algunos en situación de precariedad a consecuencia de la falta de empleo que es otra de las consecuencia de esta pandemia sobre todo en nuestro Distrito del Cercado del Callao de la Provincia Constitucional del Callao, por las graves circunstancias que afectan el brote del COVID-19 en esta segunda ola y una posible tercera ola, lo cual ha mermado considerablemente la economía familiar, misma que se encuentra muy vulnerable y en algunos casos olvidada, de la misma forma los momentos difíciles que vienen pasando las empresas en general de nuestra Provincia Constitucional, las cuales se encuentran muy golpeadas económicamente haciendo esfuerzos para seguir trabajando y generar fuente de ingresos y con ello trabajo para la población chalaca, es en este contexto que la Gerencia General de Administración Tributaria y Rentas presenta el presente proyecto de Ordenanza “CHALACO POR TU PUNTUALIDAD EN TUS PAGOS TU MUNICIPALIDAD TE PREMIA A LO GRANDE” de esta forma incentivar a los vecinos del callao los cuales merecen ser recompensados, generándoles estímulos necesario para que sigan cumpliendo con su conciencia tributaria , pese a que es un año muy difícil en la captación de ingresos.

ORDENANZA MUNICIPAL, QUE ESTABLECE INCENTIVO TRIBUTARIO: “CHALACO POR TU PUNTUALIDAD EN TUS PAGOS TU MUNICIPALIDAD TE PREMIA A LO GRANDE”

CONTRIBUYENTES CUYO USO SEA CASA HABITACIÓN DENTRO DEL DISTRITO DEL CALLAO

Artículo 1º. - Finalidad

Reconocer, premiar e incentivar a los vecinos del Cercado del Callao, por el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, tales como el pago del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales, con lo cual se consolida las políticas de gestión tributaria municipal y se reduce los índices de morosidad.

Articulo 2º. - Objetivo

Aprobar la Ordenanza denominada “CHALACO POR TU PUNTUALIDAD EN TUS PAGOS TU MUNICIPALIDAD TE PREMIA A LO GRANDE”, y establecer las disposiciones que regulen el desarrollo del sorteo para los contribuyentes chalacos que se encuentren al día en sus obligaciones tributarias.

Artículo 3º.- Alcance

Participaran todos los contribuyentes que cumplan con todas las condiciones de ser considerado participante.

Articulo 4º. - Participantes

a. Los participantes del sorteo serán las personas naturales, y/o sucesiones intestadas debidamente inscritas en los Registros Públicos, cuyo único predio y uso sea CASA HABITACION incluyendo los accesorios al predio principal. si se diera el caso que utilizara parte del predio para fines productivos, comerciales y/o profesionales ello no restringe su participación, los mismos que contarán con las siguientes condiciones:

• Contribuyentes que efectúen el pago anual y adelantado del Impuesto Predial, y estar al día en sus pagos de los Arbitrios Municipales 2021 y no registren deuda de años anteriores.

La Municipalidad Provincial del Callao organizará dos sorteos durante el presente año:

Para el primer sorteo se establecerá con el padrón de contribuyentes cuyos pagos se hayan realizado al 31 de agosto del 2021 en cuyo caso el sorteo se realizará en el mes setiembre del 2021 por el Aniversario del Callao, sorteando 100 Combos Electrodomésticos y 04 premios mayores que consta de una (01) Refrigeradora No Frost, un (01) Televisor TV LG Lrd Plasma de 49 pulgadas, 01 Lavadora de 13 kilos y una (01) Cocina de 4 hornillas.

Los contribuyentes deberán estar al día en su pago del impuesto predial 2021 sea trimestral o anual y los arbitrios municipales en su octava (8va) cuota del año 2021. Asimismo, no deberán tener deudas anteriores por Impuesto Predial y Arbitrios Municipales.

Para el segundo sorteo se establecerá con el padrón de contribuyentes cuyos pagos se hayan realizado al 30 del mes de noviembre en cuyo caso el sorteo se realizara en el mes de diciembre por el “Bicentenario del Perú: 200 años de independencia”, sorteando 100 GIFT CARD de S/ 150.00 soles cada uno y cuatro (04) premios mayor de GIFT CARD de 500 soles cada uno

1.

Los contribuyentes deberán estar al día en su pago del impuesto predial 2021 y estar al día hasta la onceava (11va cuota) de pago de sus arbitrios municipales 2021.

• Nota: No contar con algún proceso contencioso o no contencioso contra la municipalidad y que éste se encuentre en trámite, debiendo desistirse de ellos si lo tuvieran.

Los contribuyentes que cumplan con los requisitos señalados, integrarán el padrón de contribuyentes hábiles para el sorteo tal como lo establece el artículo 4º de la presente ordenanza

No ingresan al sorteo los contribuyentes cuyo predio(s) este destinado simplemente a comercios u otros usos distintos a casa habitación.

Articulo 5º. - Comisión Organizadora

A fin de efectuar un acto que brinde la debida transparencia la comisión Organizadora estará integrada:

- Presidente - Gerencia General de Administración Tributaria y Rentas.

- Secretario - Gerencia de Recaudación.

- Miembro - Gerencia General de Administración.

- Miembro - Gerencia General de Relaciones Públicas.

- Miembro - Gerencia de Informática.

Como miembro invitado estará

- Notario Público.

Apoyo:

- Gerencia de Abastecimientos.

Articulo 6º. - Premios

Los premios que se otorgarán a través del sorteo son de dos etapas, los mismos que se señalan a continuación, que se sortearan según lo indicado en el artículo 4º

Primera Etapa y/o Primer Sorteo

• 100 Premios de Combos Tríos de Electrodomésticos.

• 04 Premios Mayores

Segunda Etapa y/o Segundo Sorteo

• 100 Premios de GIFT CARD de 150 soles cada una

• 04 Premios mayores de 500 soles cada una.

Los cuales se sortearán en los meses de setiembre y diciembre 2021 respectivamente posteriores al cierre del padrón según sea el primero o segundo sorteo cuya relación de ganadores será publicada en la página Web de la Municipalidad Provincial del Callao.

Articulo 7º. - DE LAS EXCLUSIONES

Se encuentran excluidos de participar en el sorteo:

a) El Alcalde del Distrito.

b) Los Regidores del Concejo.

c) Los funcionarios, trabajadores nombrados, así como el personal contratado cualquiera fuera la modalidad de su contrato.

d) Cónyuges y familiares hasta el segundo grado de consanguinidad de las personas señaladas en los incisos a), b) y c).

e) Sucesiones Intestadas no inscritas en los Registros Públicos.

f) Todos aquellos contribuyentes que no se encuentren registrados como Casa Habitación

Articulo 8º.- Responsabilidades de los Integrantes de la Comisión.

Encargar a la comisión Organizadora las acciones necesarias para llevar a cabo los sorteos

Encargar a la Gerencia de Relaciones Publicas la difusión, publicación y distribución de la propaganda en todos los medios que correspondan en la realización de dichos eventos;

Encargar a la Gerencia Recaudación y la Gerencia de Informática, quienes verificaran la identificación de todos los contribuyentes aptos según sea la fecha del sorteo.

Encargar a la Gerencia General de Planeamiento, Presupuesto, Inversiones y Desarrollo Institucional la parte presupuestal y la Gerencia General de Administración y Gerencia de Abastecimientos la compra y adquisición de los premios propuestos.

Articulo 9º.- CONVOCATORIA.

El sorteo de premios a los contribuyentes que se encuentren al día en el pago de sus obligaciones tributarias será convocado con una anticipación no menor de 5 días calendario al acto del sorteo, mediante avisos publicitarios adecuados, los mismos que serán mediante publicaciones en la página Web de nuestra entidad municipal.

Articulo 10º.- PADRÓN DE CONTRIBUYENTES APTOS PARA EL SORTEO.

El padrón de contribuyentes aptos para el Sorteo, será elaborado por la Gerencia de Informática en coordinación con la Gerencia de Recaudación la misma que será publicado en el portal web de ésta Corporación Edil, con una anticipación no menor a 15 días de la fecha fijada para la realización del Sorteo.

A efectos de que el padrón proporcionado se encuentre debidamente actualizado, la Gerencia encargada de su elaboración deberá coordinar con la Gerencia de recaudación y previo visto bueno de la Gerencia General de Administración Tributaria y Rentas, a efectos de que esta última otorgue la conformidad de su contenido.

El padrón de contribuyentes aptos para el sorteo estará en función al art. 4º de la Ordenanza y deberá contener la siguiente información:

• Apellidos y Nombres completos de los contribuyentes.

• Dirección Fiscal del Contribuyente registrado.

• Código de Contribuyente.

• Documento de Identidad.

Articulo 11º.- PROCEDIMIENTO PARA LA REALIZACIÓN DEL SORTEO

• El sorteo se llevará a cabo a través de la página web de la Municipalidad con la presencia de todos los miembros de la comisión organizadora establecidos en el artículo 5° de la presente Ordenanza.

• La relación de contribuyentes aptos para el sorteo, será ingresada por la Gerencia de Informática de manera aleatoria de sorteos, el mismo que será cotejado por el notario público para dar fe de la información a procesar en el sorteo

• La fecha de corte estará sujeto a la fecha de aprobación de la presente ordenanza

• Los contribuyentes que resulten ganadores serán publicadas en la página web de la Municipalidad Provincial del Callao. Asimismo, se notificará en el domicilio fiscal registrado en la base de datos de la Municipalidad, para que haga efectivo el recojo del premio en la sede central de la Municipalidad Provincial del Callao.

• Una vez concluido el sorteo los integrantes de la Comisión Organizadora suscribirán un acta detallando las incidencias del evento realizado.

Articulo 12º.- CONDICIONES PARA LLEVAR A CABO EL SORTEO

El sorteo se llevará a cabo en acto público, con la presencia de un Notario Público que dará fe de los actos de sorteo, y de la actuación de la Comisión Organizadora del sorteo para los vecinos que cumplen con sus obligaciones tributarias, no siendo necesario la presencia de los contribuyentes. Asimismo podrá contarse con la presencia máxima de dos veedores asignados.

Si por caso fortuito o fuerza mayor, el sorteo de premios tuviera que suspenderse, la Comisión Organizadora del Sorteo señalará nueva fecha para llevar a cabo el sorteo de los premios pendientes de sortear.

Artículo 13º.- ENTREGA DE LOS PREMIOS

El representante de la Municipalidad hará entrega de los premios a los contribuyentes (beneficiario) debidamente identificados con su documento de identidad (DNI, Carnet de Extranjería u otro, según corresponda.)

En caso de que por algún motivo el ganador no pudiera acercarse personalmente a recoger su premio, podrá ser representado por un tercero, quien deberá acreditar mediante carta poder con firma legalizada ante notario, asimismo deberá suscribir la Acta de Entrega del premio en señal de conformidad en presencia del representante (Secretario Técnico) de la Municipalidad el cual informara a la Comisión Organizadora del Sorteo.

Para el caso de que el ganador sea una persona fallecida automáticamente perderá su derecho y nuevamente será sorteado el premio.

El premio de no ser reclamado dentro de los 30 días calendario, computados desde el día siguiente de haber sido notificado a su domicilio fiscal, será nuevamente sorteado.

DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS

Primero.-

Encargar el cumplimiento de la presente Ordenanza Municipal a la Gerencia General de Administración Tributaria y Rentas, Gerencia de Recaudación, Gerencia General de Administración, Gerencia de Abastecimientos, Gerencia General de Planeamiento, Presupuesto, Inversiones y Desarrollo Institucional, Gerencia General de Relaciones Publicas, Gerencia de Informática.

Segundo.-

La presente ordenanza denominada “CHALACO POR TU PUNTUALIDAD EN TUS PAGOS TU MUNICIPALIDAD TE PREMIA A LO GRANDE” entrara en vigencia a partir del día siguiente de su Publicación en el Diario Oficial El Peruano.

PEDRO JORGE LOPEZ BARRIOS

Alcalde

1987413-1