Modifican cuarenta (40) Fichas Técnicas del rubro Componentes y suministros de construcciones, estructuras y obras del Listado de Bienes y Servicios Comunes - LBSC
RESOLUCIÓN JEFATURAL
N° 179-2021-PERÚ COMPRAS
Lima, 31 de agosto de 2020
VISTO:
El Informe N° 000121-2021-PERÚ COMPRAS-DES, de fecha 23 de julio de 2021, emitido por la Dirección de Estandarización y Sistematización; y, el Informe N° 000305-2021-PERÚ COMPRAS-OAJ, de fecha 24 de agosto de 2021, emitido por la Oficina de Asesoría Jurídica de la Central de Compras Públicas – PERÚ COMPRAS, y;
CONSIDERANDO:
Que, la Central de Compras Públicas – PERÚ COMPRAS es un Organismo Público Ejecutor, adscrito al Ministerio de Economía y Finanzas, que goza de personería jurídica de derecho público, con autonomía técnica, funcional, administrativa, económica y financiera; y tiene como funciones, entre otras: la de realizar las Compras Corporativas Obligatorias, de acuerdo a lo que se establezca en el Decreto Supremo correspondiente; realizar las Compras Corporativas Facultativas que le encarguen otras entidades del Estado; realizar las adquisiciones que le encarguen otras entidades del Estado, de acuerdo al convenio correspondiente; promover y conducir los procesos de selección para la generación de Catálogos Electrónicos de Acuerdos Marco para la adquisición de bienes y servicios, así como suscribir los acuerdos correspondientes; y, promover la Subasta Inversa y el proceso de homologación, conforme a lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1018, modificado por la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado;
Que, mediante Decreto Supremo N° 052-2019-EF, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Central de Compras Públicas - PERÚ COMPRAS;
Que, el numeral 26.1 del artículo 26 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 082-2019-EF, señala que el procedimiento de selección de Subasta Inversa Electrónica se utiliza para la contratación de bienes y servicios comunes que cuenten con Ficha Técnica y se encuentren incluidos en el Listado de Bienes y Servicios Comunes - LBSC;
Que, el numeral 110.3 del artículo 110 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 344-2018-EF y modificatorias, en adelante “el Reglamento”, referido al procedimiento de Subasta Inversa Electrónica, establece que la Central de Compras Públicas – PERÚ COMPRAS genera y aprueba las fichas técnicas de los bienes y servicios a incluirse en el Listado de Bienes y Servicios Comunes - LBSC, al que se accede a través del SEACE, pudiendo ser objeto de modificación o exclusión, previo sustento técnico;
Que, el Anexo N° 1 de Definiciones del Reglamento señala que, son bienes y servicios comunes aquellos que, existiendo más de un proveedor en el mercado, cuentan con características o especificaciones usuales en el mercado, o han sido estandarizados como consecuencia de un proceso de homogeneización llevado a cabo al interior del Estado, cuyo factor diferenciador entre ellos es el precio en el cual se transan;
Que, los numerales 8.1 y 8.2 de las Disposiciones Específicas de la Directiva N° 006-2016-PERÚ COMPRAS, denominada “Disposiciones sobre el Listado de Bienes y Servicios Comunes, y la Obligatoriedad de su Uso”, aprobada por Resolución Jefatural N° 042-2016-PERÚ COMPRAS, modificada y actualizada en su Versión 3.0 por Resolución Jefatural N° 063-2017-PERÚ COMPRAS, en adelante “la Directiva”, señalan que la Ficha Técnica contiene las características técnicas y/o prestaciones específicas que debe tener determinado bien o servicio al momento de su entrega o prestación a la Entidad, asimismo, la estructura de la misma se encuentra conformada por: i) Características generales del bien o servicio común, y ii) Características específicas del bien o servicio común;
Que, el numeral 8.14 de la Directiva, establece que PERÚ COMPRAS podrá modificar o excluir una Ficha Técnica del Listado de Bienes y Servicios Comunes (LBSC), previo sustento técnico de la verificación del supuesto aplicado, realizado por la Dirección de Estandarización y Sistematización, siendo que, para el caso de modificación de una Ficha Técnica, se contempla la variación de la información consignada en la misma, que no afecte su condición de bien común;
Que, el numeral 8.15 de las Disposiciones Específicas de la Directiva, establece que a través de Resolución Jefatural se aprobará la modificación o la exclusión de la Ficha Técnica del Listado de Bienes y Servicios Comunes - LBSC;
Que, a través del Informe N° 000121-2021-PERÚ COMPRAS-DES, complementado con el Memorando N° 000444-2021-PERÚ COMPRAS-DES, de fecha 13 de agosto de 2021, la Dirección de Estandarización y Sistematización sustenta la modificación de cuarenta (40) Fichas Técnicas del rubro Componentes y suministros de construcciones, estructuras y obras del Listado de Bienes y Servicios Comunes - LBSC; dicha modificación, se realiza a partir de la actualización de los documentos técnicos normativos aplicables y en el marco del Plan de Sostenimiento Programado del LBSC 2020, los cuales no afectan la condición de bien común de los citados bienes;
Que, mediante Informe N° 000305-2021-PERÚ COMPRAS-OAJ, la Oficina de Asesoría Jurídica concluye que, de acuerdo al sustento técnico de la Dirección de Estandarización y Sistematización, de conformidad con el artículo 110 del Reglamento y en el marco de lo dispuesto por la Directiva, resulta legalmente viable la modificación de las referidas Fichas Técnicas;
Con el visto bueno de la Gerencia General, la Dirección de Estandarización y Sistematización, y la Oficina de Asesoría Jurídica, y;
De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo N° 1018; el Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 344-2018-EF y modificatorias; la Directiva N° 006-2016-PERÚ COMPRAS, aprobada por Resolución Jefatural N° 042-2016-PERÚ COMPRAS, modificada y actualizada en su Versión 3.0 por Resolución Jefatural N° 063-2017-PERÚ COMPRAS; y, en ejercicio de la atribución conferida por los literales d) e y) del artículo 9 del Reglamento de Organización y Funciones de la Central de Compras Públicas – PERÚ COMPRAS, aprobado por Decreto Supremo N° 052-2019-EF;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Modificar cuarenta (40) Fichas Técnicas del rubro Componentes y suministros de construcciones, estructuras y obras del Listado de Bienes y Servicios Comunes - LBSC, de acuerdo al contenido del Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución, según el siguiente detalle:
N° |
DENOMINACIÓN DEL BIEN |
VERSIÓN |
1 |
BARRA PARA CONSTRUCCIÓN 1 3/8” - GRADO 60 |
06 |
2 |
BARRA PARA CONSTRUCCIÓN 1” - GRADO 60 |
06 |
3 |
BARRA PARA CONSTRUCCIÓN 1/2” - GRADO 60 |
06 |
4 |
BARRA PARA CONSTRUCCIÓN 12 mm - GRADO 60 |
06 |
5 |
BARRA PARA CONSTRUCCIÓN 3/4” - GRADO 60 |
06 |
6 |
BARRA PARA CONSTRUCCIÓN 3/8” - GRADO 60 |
06 |
7 |
BARRA PARA CONSTRUCCIÓN 5/8” - GRADO 60 |
06 |
8 |
BARRA PARA CONSTRUCCIÓN 6 mm - GRADO 60 |
06 |
9 |
BARRA PARA CONSTRUCCIÓN 8 mm - GRADO 60 |
06 |
10 |
CEMENTO PÓRTLAND TIPO HS CON ALTA RESISTENCIA A LOS SULFATOS |
03 |
11 |
CEMENTO PÓRTLAND TIPO I |
07 |
12 |
CEMENTO PÓRTLAND TIPO ICO |
09 |
13 |
CEMENTO PÓRTLAND TIPO IP |
09 |
14 |
CEMENTO PÓRTLAND TIPO MS CON MODERADA RESISTENCIA A LOS SULFATOS |
03 |
15 |
CEMENTO PÓRTLAND TIPO V |
07 |
16 |
ASFALTO LÍQUIDO CUT BACK MC-250 (CURADO MEDIO GRADO MC-250) |
03 |
17 |
ASFALTO LÍQUIDO CUT BACK MC-30 (CURADO MEDIO GRADO MC-30) |
03 |
18 |
ASFALTO LÍQUIDO CUT BACK MC-3000 (CURADO MEDIO GRADO MC-3000) |
03 |
19 |
ASFALTO LÍQUIDO CUT BACK MC-70 (CURADO MEDIO GRADO MC-70) |
03 |
20 |
ASFALTO LÍQUIDO CUT BACK MC-800 (CURADO MEDIO GRADO MC-800) |
03 |
21 |
ASFALTO LÍQUIDO CUT BACK RC-250 (CURADO RÁPIDO GRADO RC-250) |
03 |
22 |
ASFALTO LÍQUIDO CUT BACK RC-3000 (CURADO RÁPIDO GRADO RC-3000) |
03 |
23 |
ASFALTO LÍQUIDO CUT BACK RC-70 (CURADO RÁPIDO GRADO RC-70) |
03 |
24 |
ASFALTO LÍQUIDO CUT BACK RC-800 (CURADO RÁPIDO GRADO RC-800) |
03 |
25 |
CEMENTO ASFÁLTICO 120/150 PEN |
03 |
26 |
CEMENTO ASFÁLTICO 200/300 PEN |
03 |
27 |
CEMENTO ASFÁLTICO 40/50 PEN |
03 |
28 |
CEMENTO ASFÁLTICO 60/70 PEN |
03 |
29 |
CEMENTO ASFÁLTICO 85/100 PEN |
03 |
30 |
EMULSIÓN ASFÁLTICA CATIÓNICA DE ROTURA LENTA GRADO CSS-1 |
03 |
31 |
EMULSIÓN ASFÁLTICA CATIÓNICA DE ROTURA LENTA GRADO CSS-1h |
03 |
32 |
EMULSIÓN ASFÁLTICA CATIÓNICA DE ROTURA MEDIA GRADO CMS-2 |
03 |
33 |
EMULSIÓN ASFÁLTICA CATIÓNICA DE ROTURA MEDIA GRADO CMS-2h |
03 |
34 |
EMULSIÓN ASFÁLTICA CATIÓNICA DE ROTURA RÁPIDA (QS) CQS-1h |
03 |
35 |
EMULSIÓN ASFÁLTICA CATIÓNICA DE ROTURA RÁPIDA GRADO CRS-1 |
03 |
36 |
EMULSIÓN ASFÁLTICA CATIÓNICA DE ROTURA RÁPIDA GRADO CRS-2 |
03 |
37 |
MATERIAL GRANULAR PARA BASE TIPO A |
02 |
38 |
MATERIAL GRANULAR PARA BASE TIPO B |
02 |
39 |
MATERIAL GRANULAR PARA BASE TIPO C |
02 |
40 |
MATERIAL GRANULAR PARA BASE TIPO D |
02 |
* Las Fichas Técnicas podrán ser visualizadas en el siguiente enlace web: www.perucompras.gob.pe/lbsc.
Artículo Segundo.- Encargar a la Dirección de Estandarización y Sistematización, así como a la Oficina de Tecnologías de la Información, realicen la publicación de la presente Resolución y su Anexo en el Sistema Electrónico de Contrataciones del Estado – SEACE y en el Portal Institucional de la Central de Compras Públicas – PERÚ COMPRAS (www.gob.pe/perucompras), respectivamente.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
FERNANDO MASUMURA TANAKA
Jefe de la Central de Compras Públicas
– PERÚ COMPRAS
1986925-1