Aprueban Instructivo Técnico para el cumplimiento de los incisos f) y g) del artículo 4 de la Norma técnica relativa a la implementación del sistema de medición automatizado para la verificación del servicio de acceso a internet por parte del OSIPTEL

RESOLUCIÓN DE GERENCIA GENERAL

Nº 00305-2021-GG/OSIPTEL

Lima, 20 de agosto de 2021

VISTOS:

(i) El Proyecto de Resolución presentado por la Dirección de Fiscalización e Instrucción que tiene por objeto aprobar el Instructivo Técnico para el cumplimiento de los incisos f) y g) del artículo 4 de la Norma técnica relativa a la implementación del sistema de medición automatizado para la verificación del servicio de acceso a internet por parte del OSIPTEL;

(ii) El Informe Nº 00197-DFI/2021 de la Dirección de Fiscalización e Instrucción, que sustenta el Proyecto al que se refiere el numeral precedente; con la conformidad de la Oficina de Asesoría Jurídica;

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución de Consejo Directivo Nº 123-2014-CD/OSIPTEL, este Organismo aprobó el Reglamento General de Calidad de los Servicios Públicos de Telecomunicaciones (en adelante Reglamento de Calidad);

Que, mediante Resolución Nº 129-2020-CD/OSIPTEL, se aprobó la modificación del citado Reglamento de Calidad, con el fin de efectuar su reordenamiento normativo y llevar a cabo su recomposición agrupando en un único anexo todas las definiciones y fórmulas de los indicadores de calidad que contiene, e introduciendo los valores objetivos correspondientes de forma directa en texto de su articulado, sin crear nuevas obligaciones;

Que, en el artículo 6º del Reglamento de Calidad, se definen los indicadores de calidad del servicio de acceso a Internet que deben de ser cumplidos por las empresas operadoras;

Que, mediante Resolución Nº 0137-2021-CD/OSIPTEL, este Organismo aprobó la Norma técnica relativa a la implementación del sistema de medición automatizado para la verificación del servicio de acceso a internet por parte del OSIPTEL (en adelante, Norma Técnica);

Que, de conformidad con lo dispuesto en Quinta Disposición Complementaria Final de la Norma Técnica, se dispuso que la Gerencia General del OSIPTEL aprobará el instructivo técnico para el cumplimiento de los incisos f) y g) del artículo 4 de dicha Norma Técnica;

Que, el artículo 7º del Reglamento General del OSIPTEL, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 008-2001-PCM, establece que toda decisión de este Organismo deberá adoptarse de tal manera que los criterios a utilizarse sean conocidos y predecibles por los administrados;

Que, mediante Resolución Nº 187-2021-GG/OSIPTEL, publicada en el diario oficial El Peruano el 08 de junio de 2021, se dispuso la publicación para comentarios en la página web de OSIPTEL, del proyecto de instructivo técnico para la obtención de información relacionada a condiciones ambientales de medición e información de registros de abonados del servicio de internet fijo y móvil, para la implementación del Sistema de Medición Automatizado para la Verificación de la Calidad del Servicio de Acceso a Internet por parte del OSIPTEL.

Que, las empresas operadoras Telefónica del Perú S.A.A., Entel Perú S.A., Hughes Perú S.R.L., OROCOM S.A.C, Yachay Telecomunicaciones S.A.C y FLASH Servicios Perú S.R.L. presentaron sus comentarios al referido proyecto;

Que, en cumpliendo de las funciones y objetivos que corresponden al OSIPTEL conforme al marco legal antes reseñado, es pertinente aprobar el Instructivo Técnico para el cumplimiento de los incisos f) y g) del artículo 4 de la Norma Técnica;

Que, conforme a lo dispuesto por el literal m) del artículo 89º del Reglamento General del OSIPTEL y la quinta disposición complementaria final de la Norma Técnica;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Aprobar el Instructivo Técnico para el cumplimiento de los incisos f) y g) del artículo 4 de la Norma técnica relativa a la implementación del sistema de medición automatizado para la verificación del servicio de acceso a internet por parte del OSIPTEL.

Artículo Segundo.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el diario oficial El Peruano. Asimismo, disponer que la presente Resolución, el Instructivo a que se refiere el artículo precedente, el Informe de VISTOS y la Matriz de Comentarios, sean publicados en el Portal Electrónico del OSIPTEL (página web institucional: https://www.osiptel.gob.pe).

Regístrese y publíquese.

SERGIO ENRIQUE CIFUENTES CASTAÑEDA

Gerente General

1984979-1