Prorrogan plazo para acogerse a beneficios para el cumplimiento de obligaciones tributarias, otorgados mediante Ordenanza N° 587-MPL
DECRETO DE ALCALDÍA
Nº 014-2021-MPL
Pueblo Libre, 17 de agosto de 2021
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE PUEBLO
LIBRE
VISTO, el Memorando Nº 981-2021-MPL-GM de fecha 16 de agosto de 2021 de la Gerencia Municipal; y,
CONSIDERANDO:
Que, la Quinta Disposición Final de la Ordenanza Nº 587-MPL, que establece un Régimen Especial de Beneficios Extraordinarios para el cumplimiento de las obligaciones tributarias, faculta al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía pueda prorrogar su vigencia;
Que, la Subgerencia de Registro y Fiscalización Tributaria, mediante Informe Nº 190-2021-MPL-GRDE-SRFT de fecha 06 de agosto de 2021, propone prorrogar el referido Régimen Especial de Beneficios Extraordinarios para el cumplimiento de obligaciones tributarias hasta el 17 de setiembre de 2021, por los fundamentos que expone, contando además con la opinión favorable de la Subgerencia de Recaudación y Ejecutoría Coactiva que mediante Memorando Nº 293-2021-MPL-GRDE-SGREC, considera que dicha prórroga ayudará a cumplir la Meta 2 “Fortalecimiento de la Administración y Gestión del Impuesto Predial” del Programa de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal del año 2021, establecida por el Ministerio de Economía y Finanzas;
Que la Gerencia de Rentas y Desarrollo Económico mediante Informe Nº 091-2021-MPL-GRDE de fecha 06 de agosto de 2021, opina por la procedencia de la citada prórroga hasta el 17 de setiembre de 2021, elevando lo actuado a la Gerencia Municipal;
Que, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto mediante Informe Nº 154-2021-MPL-GPP de fecha 12 de agosto de 2021 opina favorablemente a la mencionada prorroga;
Que, mediante Informe Nº 303-2021-MPL-GAJ de fecha 16 de agosto de 2021, la Gerencia de Asesoría Jurídica opina que resulta procedente que la propuesta de la Gerencia de Rentas y Desarrollo Económico para que se prorrogue hasta el 17 de setiembre de 2021 el plazo para acogerse a los beneficios otorgados mediante Ordenanza Nº 587-MPL, sea sometida a la aprobación del Alcalde mediante Decreto de Alcaldía;
Estando a las atribuciones conferidas por el inciso 6 del artículo 20 y el artículo 42 de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades;
SE DECRETA:
Artículo Primero.- PRORRÓGASE hasta el 17 de setiembre de 2021, el plazo para acogerse a los beneficios otorgados mediante Ordenanza Nº 587-MPL.
Artículo Segundo.- ENCÁRGASE a la Gerencia de Rentas y Desarrollo Económico el cumplimiento del presente Decreto, a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional su difusión, a la Gerencia de Tecnología de la Información su publicación en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Pueblo Libre: www.muniplibre.gob.pe y en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas www.servicioalciudadano.gob.pe; y a la Secretaría General su publicación en el diario oficial El Peruano.
Regístrese, publíquese y cúmplase.
STEPHEN YURI HAAS DEL CARPIO
Alcalde
1983632-1