Dejan sin efecto nombramiento de Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Ayacucho y su designación en la Fiscalía Provincial Civil y Familia de Sucre
RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN
Nº 1147-2021-MP-FN
Lima, 13 de agosto de 2021
VISTOS Y CONSIDERANDO:
Los oficios Nros. 1673 y 1685-2021-MP-FN-PJFSAYACUCHO, cursados por el abogado Javier Edgar Anaya Cárdenas, Fiscal Superior Titular Especializado en Delitos de Corrupción de Funcionarios de Ayacucho, Distrito Fiscal de Ayacucho, designado en el Despacho de la Fiscalía Superior Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios de Ayacucho, en calidad de encargado de la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Ayacucho, mediante los cuales informa que la abogada Silvia Beatriz Gavilán Huaccho, quien fue nombrada como Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Ayacucho y designada en el Despacho de la Fiscalía Provincial Civil y Familia de Sucre, (actualmente Fiscalía Provincial de Familia de Sucre), por Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 2711-2019-MP-FN, de fecha 20 de septiembre de 2019, desde su nombramiento hasta el 04 de agosto de 2021, no ha solicitado ni ha prestado juramento de ley, conforme de la búsqueda en los libros de actas de juramentación del personal fiscal del Distrito Fiscal de Ayacucho; asimismo, la citada abogada con el escrito de fecha 04 de agosto de 2021, solicitó fecha para la juramentación respectiva; y, se advierte, que no se ha apersonado físicamente al Despacho Fiscal, de conformidad al Informe Nº 05-2021-MP-FN-FPFS-AYAC, de fecha 10 de agosto de 2021.
Que, el artículo 50º de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobado por Decreto Legislativo Nº 052, respecto a los juramentos de los Fiscales, específicamente indica sobre quien recae la juramentación de los señores fiscales de acuerdo a los cargos que prestarán juramento: “El Fiscal de la Nación presta juramento para ejercer el cargo ante el Presidente de la República. Los Fiscales Supremos y Superiores lo hacen ante el Fiscal de la Nación. Los Fiscales Provinciales juran ante el Fiscal Superior Decano o quien lo reemplace en el ejercicio de tales funciones”; en ese sentido, el Presidente de la Junta de Fiscales Provinciales a nivel nacional en el Ministerio Público deberá juramentar a los Fiscales Adjuntos Provinciales de su jurisdicción.
Estando a que la referida abogada no ha prestado el debido juramento de ley, corresponde expedir el resolutivo, por el cual se deja sin efecto su nombramiento y designación.
Que, de conformidad con lo establecido en el artículo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público.
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Dejar sin efecto la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 2711-2019-MP-FN, de fecha 20 de septiembre de 2019, mediante el cual se nombró a la abogada Silvia Beatriz Gavilán Huaccho, como Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Ayacucho y se le designó en el Despacho de la Fiscalía Provincial Civil y Familia de Sucre (actualmente Fiscalía Provincial de Familia de Sucre).
Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Ayacucho, Gerencia General, Oficina General de Potencial Humano, Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales y a la abogada mencionada.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
PABLO SÁNCHEZ VELARDE
Fiscal de la Nación (e)
1982122-1