LEY Nº 31341

LA PRESIDENTA DEL CONGRESO

DE LA REPÚBLICA

POR CUANTO:

EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;

Ha dado la Ley siguiente:

LEY QUE DECLARA EL 16 DE NOVIEMBRE DÍA NACIONAL DE LA BATALLA DEL PUERTO DE SANTA, OCURRIDO EN EL AÑO DE 1819, EN EL DISTRITO DE SANTA, PROVINCIA DE SANTA, DEPARTAMENTO DE ÁNCASH, POR SUS SERVICIOS DISTINGUIDOS A LA CAUSA DE LA INDEPENDENCIA DEL PERÚ

Artículo 1. Día Nacional de la Batalla del Puerto de Santa

Declárase a nivel nacional el 16 de noviembre de cada año Día Nacional de la Batalla del Puerto de Santa, ocurrido en el año de 1819, en el distrito de Santa, provincia de Santa, departamento de Áncash, por sus servicios distinguidos a la causa de la independencia del Perú; promoviéndose los actos conmemorativos en dicha fecha.

Artículo 2. Entidades competentes

El Ministerio de Cultura, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo y el Ministerio de Educación, a través de las direcciones desconcentradas y regionales correspondientes; así como el Gobierno Regional del Áncash y los gobiernos locales correspondientes, en el marco de sus competencias y funciones, disponen las acciones pertinentes para el cumplimiento de la presente ley.

DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA FINAL

ÚNICA. Actividades celebratorias en la Agenda del Bicentenario

Inclúyese en la Agenda de Conmemoración del Bicentenario de la Independencia del Perú, que formulará el Proyecto Especial Bicentenario de la Independencia del Perú, creado por el Decreto Supremo 004-2018-MC, las actividades celebratorias del reconocimiento de la Batalla del Puerto de Santa.

Comuníquese al señor Presidente de la República para su promulgación.

En Lima, a los trece días del mes de julio de dos mil veintiuno.

MIRTHA ESTHER VÁSQUEZ CHUQUILIN

Presidenta a. i. del Congreso de la República

LUIS ANDRÉS ROEL ALVA

Segundo Vicepresidente del Congreso de la República

AL SEÑOR PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

POR TANTO:

No habiendo sido promulgada dentro del plazo constitucional por el señor Presidente de la República, en cumplimiento de los artículos 108 de la Constitución Política del Perú y 80 del Reglamento del Congreso de la República, ordeno que se publique y cumpla.

En Lima, a los doce días del mes de agosto de dos mil veintiuno.

MARÍA DEL CARMEN ALVA PRIETO

Presidenta del Congreso de la República

LADY MERCEDES CAMONES SORIANO

Primera Vicepresidenta del Congreso de la República

1981765-3