Declaran de interés regional la Actualización de la Estrategia Regional de Cambio Climático, en el ámbito del departamento de Tacna
ORDENANZA REGIONAL
Nº 007-2021-CR/GOB.REG.TACNA
EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO
REGIONAL DE TACNA
POR CUANTO:
El Consejo Regional del Gobierno Regional de Tacna, con fecha veinticinco de mayo de dos mil veintiuno, en Sesión Ordinaria realizada mediante videoconferencia, aprobó la siguiente Ordenanza Regional;
CONSIDERANDO:
Que, la Constitución Política del Perú en su artículo 191 señala que: “Los gobiernos regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia”; asimismo, el artículo 192 establece que: “Los gobiernos regionales (…). Son competentes para: (...) 7. Promover y regular actividades y/o servicios en materia de (…) medio ambiente, conforme a ley”.
Que, la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en su artículo 38 señala que: “Las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia (…)”; en tanto que, el artículo 53 inc. c), establece como funciones en materia ambiental : “(...) c) Formular, coordinar, conducir y supervisar la aplicación de las estrategias regionales respecto a la diversidad biológica y sobre cambio climático, dentro del marco de las estrategias nacionales respectivas”.
Que, la Ley Nº 28611, Ley General del Ambiente, en su artículo 61 establece que: “Los gobiernos regionales, a través de sus Gerencias de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente, y en coordinación con las Comisiones Ambientales Regionales y la Autoridad Ambiental Nacional, implementan un Sistema Regional de Gestión Ambiental (…)”.
Que, la Ley Nº 28245, Ley Marco del Sistema Nacional de Gestión Ambiental, en su artículo 6 señala como instrumentos de gestión y planificación ambiental: “(…) f. El diseño y dirección participativa de estrategias nacionales para la implementación progresiva de las obligaciones derivadas del Convenio de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático, el Convenio de la Diversidad Biológica y los otros tratados en los que actúe como punto focal nacional”.
Que, mediante Decreto Supremo Nº 013-2019-MINAM, que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 30754, Ley Marco sobre Cambio Climático, en su artículo 10 señala como funciones de las autoridades regionales: “1) Elaborar, aprobar, implementar, monitorear, evaluar y actualizar su ERCC, de conformidad con la ENCC, las NDC y, sus instrumentos de gestión territorial vigentes, considerando los periodos de actualización de su Plan de Desarrollo Regional Concertado (...). 2) Incorporar las medidas de adaptación y mitigación de la ERCC (…). 3) Implementar medidas de adaptación y mitigación al cambio climático a nivel regional que contribuyan a la implementación de la ENCC y NDC, en coordinación con las autoridades sectoriales, de conformidad con la normativa vigente y en el marco de sus competencias”.
Que, mediante Decreto Supremo Nº 011-2015-MINAM, se aprueba la Estrategia Nacional de Cambio Climático (ENCC), el cual contiene elementos que permiten elaborar los planes sectoriales y subnacionales en materia de cambio climático.
Que, mediante Decreto Supremo Nº 014-2011-MINAM, que aprueba el Plan Nacional de Acción Ambiental PLANAA PERÚ 2011-2021, establece como metas prioritarias: “(...) 6. Metas prioritarias al 2021. Las metas prioritarias del Plan Nacional de Acción Ambiental-PLANNAA Perú 2011-2021 son: (...) 4. Bosques y Cambio Climático (…)”.
Que, mediante Resolución Ministerial Nº 090-2016-MINAM, de fecha 12 de abril de 2016, se aprueban los “Lineamientos para la Gestión Integrada del Cambio Climático”.
Que, mediante Ordenanza Regional Nº 026-2010-CR/GOB.REG.TACNA, publicado en el diario Oficial “El Peruano” de fecha 02 de marzo de 2011 se aprobó: “Artículo PRIMERO: Crear el Grupo Técnico Regional de Cambio Climático En La Región Tacna, el mismo que se encargue de elaborar una propuesta de la estrategia regional de cambio climático a través de un proceso participativo regional”.
Que, mediante Ordenanza Regional Nº 005-2015-CR/GOB.REG.TACNA, publicada en el diario oficial “El Peruano” con fecha de fecha 14 de agosto de 2015 se aprobó: “Artículo PRIMERO: Aprobar el instrumento de Gestión Ambiental Regional denominado: “Estrategia Regional de Cambio Climático (ERCC) de Tacna”.
Que, con Oficio Nº 1008-2020-ORAJ-GGR-GR/GOB.REG.TACNA de fecha 09 de diciembre de 2020, emitido por el Gobernador Regional (e) se remite al presidente del Consejo Regional de Tacna, Opinión Legal para que se proceda a la emisión de Ordenanza Regional que declare de interés regional la Actualización de la Estrategia Regional de Cambio Climático de Tacna, para lo cual se adjuntan los informes y demás documentación sustentatoria de su pedido.
Que, con el Informe Nº 024-2020-AHC-GRRNYGMA/GOB.REG.TACNA, de fecha 13 de octubre de 2020, emitido por la especialista en Gestión Ambiental de la GRRNyGMA; el Informe Nº 074-2020-GRRNyGMA/GOB.REG.TACNA de fecha 11 de noviembre de 2020, emitido por el Gerente de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente; la Opinión Legal Nº 1125-2020-ORAJ/GOB.REG.TACNA de fecha 02 de diciembre de 2020, emitido por la Oficina Regional de Asesoría Jurídica; el Informe de Asesor de Comisión Nº 005-RINH-2021-CORNYGMA-CR/GOB.REG.TACNA de fecha 13 de mayo de 2021; y, demás documentación anexada se sustenta y recomienda la aprobación de la propuesta normativa.
Que, la Comisión Ordinaria de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente del Consejo Regional de Tacna, luego de analizar y debatir el tema, procedió a emitir el Dictamen Nº 005-2021-CORNyGMA de fecha 13 de mayo de 2021, sobre “DECLARAR DE INTERÉS REGIONAL LA ACTUALIZACIÓN DE LA ESTRATEGIA REGIONAL DE CAMBIO CLIMÁTICO, EN EL ÁMBITO DEL DEPARTAMENTO DE TACNA”, dictamen con opinión favorable que se puso a consideración del Pleno del Consejo Regional, en Sesión Ordinaria de fecha 25 de mayo de 2021, realizada mediante videoconferencia.
Que, la Estrategia Regional de Cambio Climático tiene como objetivo identificar la vulnerabilidad de los sectores seleccionados para tomar medidas que reduzcan los impactos negativos del cambio climático, así como aquellas con mayor potencial para la reducción de emisión de Gases de Efecto Invernadero (GEI), para lograr el desarrollo sostenible; asimismo, constituye un documento normativo de Gestión Ambiental de alcance regional; por lo que, debe ser aprobado mediante Ordenanza Regional.
Que, de la revisión de los dispositivos antes indicados y considerando las opiniones técnicas y legal, procede declarar de interés regional la Actualización de la Estrategia Regional de Cambio Climático, en el ámbito del departamento de Tacna.
Que, el Pleno del Consejo Regional, en mérito a sus atribuciones, y por las consideraciones expuestas, debatido y conforme a los artículos 15 literal a), 36, 37 literal a) y 38 de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modificada por las Leyes Nos. 27902, 28013, 28926, 28961, 28968, 29053 y 30055; y el Reglamento Interno del Consejo Regional de Tacna, en Sesión Ordinaria (realizada mediante videoconferencia) de la fecha, ha aprobado por unanimidad, la siguiente:
ORDENANZA REGIONAL:
Artículo Primero: DECLARAR de interés regional la Actualización de la Estrategia Regional de Cambio Climático, en el ámbito del departamento de Tacna.
Artículo Segundo: ENCARGAR a la Gerencia de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente del Gobierno Regional del Tacna, impulsar las coordinaciones interinstitucionales, en coordinación con el Grupo Técnico Regional de Cambio Climático.
Artículo Tercero: ENCARGAR a la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente, la reactivación del Grupo Técnico Regional de Cambio Climático en la Región Tacna, la cual es una instancia que brindará asesoría, información y asistencia técnica para la actualización de la Estrategia Regional de Cambio Climático del departamento de Tacna.
Artículo Cuarto: NOTIFICAR la presente Ordenanza Regional a las gerencias y a las direcciones regionales del Gobierno Regional de Tacna, inmersas e interesadas en la Actualización de la Estrategia Regional de Cambio Climático, para su conocimiento y estricto cumplimiento.
Artículo Quinto: DISPONER que la presente Ordenanza Regional entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial “El Peruano”.
Artículo Sexto: DISPENSAR la presente Ordenanza Regional del trámite de lectura y aprobación del acta respectiva.
Artículo Séptimo: PUBLICAR y DIFUNDIR la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial “El Peruano” en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 42 de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; conforme al Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, disponiéndose que dicha publicación sea efectuada por Gobernación Regional.
Comuníquese al señor Gobernador Regional del Gobierno Regional de Tacna, para su promulgación.
En la ciudad de Tacna, al día veinticinco de mayo del año dos mil veintiuno.
DANY LUZ SALAS RÍOS
Presidenta
Consejo Regional de Tacna
POR TANTO:
Mando se registre, notifique, difunda y cumpla.
Dado en la sede del Gobierno Regional de Tacna, al día 18 de junio de 2021.
JUAN TONCONI QUISPE
Gobernador Regional
1981545-1