Modifican el Manual de Contabilidad para las Empresas del Sistema Financiero
RESOLUCIÓN SBS N° 02345-2021
Lima, 11 de agosto de 2021
La Superintendenta de Banca, Seguros y
Administradoras Privadas de Fondos de
Pensiones
CONSIDERANDO:
Que, mediante Decreto Supremo N° 184-2020-PCM y sus modificatorias, se declaró el Estado de Emergencia Nacional a consecuencia del brote del Coronavirus (COVID-19), que ha sido prorrogado por el Decreto Supremo N° 105-2021-PCM; y se han dispuesto medidas excepcionales y temporales respecto de la propagación del COVID-19;
Que, mediante Decreto Urgencia N° 037-2021 se establecieron medidas extraordinarias complementarias en materia económica y financiera, que permiten el fortalecimiento patrimonial de las instituciones especializadas en microfinanzas, así como facilitar su reorganización societaria, a fin de proteger los ahorros del público, preservar la estabilidad macroeconómica y mantener la continuidad de la cadena de pagos en la economía; por lo que se dispuso la creación del Programa de Fortalecimiento Patrimonial de las Instituciones Especializadas en Microfinanzas;
Que, mediante Resolución Ministerial N° 188-2021-EF-15 y su modificatoria, se aprobó el Reglamento Operativo del Programa de Fortalecimiento Patrimonial de las Instituciones Especializadas en Microfinanzas;
Que, mediante la Resolución SBS N° 895-98 y sus modificatorias, se aprobó el Manual de Contabilidad para las Empresas del Sistema Financiero;
Que, resulta necesario modificar el Manual de Contabilidad para las Empresas del Sistema Financiero, para el control y monitoreo de los instrumentos emitidos por las Empresas del Sistema Financiero participantes del Programa de Fortalecimiento Patrimonial de las Instituciones Especializadas en Microfinanzas;
Contando con el visto bueno de las Superintendencias Adjuntas de Banca y Microfinanzas, de Riesgos, de Estudios Económicos y de Asesoría Jurídica; y,
En uso de las atribuciones conferidas en los numerales 7, 9 y 13 del artículo 349 de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros (Ley N° 26702 y sus modificatorias), y sobre la base de las condiciones de excepción dispuestas en el artículo 14 del Decreto Supremo N° 001-2009-JUS y sus modificatorias;
RESUELVE:
Artículo Único.- Modificar el Manual de Contabilidad para las Empresas del Sistema Financiero, aprobado por Resolución SBS N° 895-98 y sus modificatorias, conforme al Anexo que se adjunta a la presente Resolución, el cual se publica en el Portal Institucional (www.sbs.gob.pe), conforme a lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 001-2009-JUS y sus modificatorias, siendo la vigencia a partir de la información correspondiente al mes de agosto de 2021.
Regístrese, comuníquese y publíquese
MARIA DEL SOCORRO HEYSEN ZEGARRA
Superintendenta de Banca, Seguros y Afp
1981052-1