Otorgar a Finsmart S.A.C. y a personas naturales autorización de organización de una sociedad administradora de plataforma de financiamiento participativo financiero que será denominada FS CROWD Sociedad Administradora de Plataforma de Financiamiento Participativo Financiero S.A.C.

Resolución de Intendencia

General de Estudios Económicos

Nº 001-2021-SMV/12.1

Lima, 9 de agosto de 2021

El Intendente General de Estudios

Económicos

VISTOS:

El Expediente Nº 2021021897, referido a la solicitud de autorización para organizar una sociedad administradora de plataforma de financiamiento participativo financiero, cuya denominación será FS CROWD Sociedad Administradora de Plataforma de Financiamiento Participativo Financiero S.A.C., así como el Informe Nº 847-2021-SMV/12.1 del 05 de agosto de 2021;

CONSIDERANDO:

Que, mediante escrito de fecha 02 de junio de 2021, Finsmart S.A.C. y los señores Diego Luis Escobal Castillo y José Martín Huapaya Castañeda, solicitaron autorización para la organización de una sociedad administradora de plataforma de financiamiento participativo financiero que se denominará FS CROWD Sociedad Administradora de Plataforma de Financiamiento Participativo Financiero S.A.C;

Que, de acuerdo con la información presentada, los organizadores mencionados en el párrafo precedente tendrán una participación accionaria de 99.98%, 0.01% y 0.01% respectivamente, en el capital social de FS CROWD Sociedad Administradora de Plataforma de Financiamiento Participativo Financiero S.A.C.;

Que, de la evaluación de la documentación presentada se advierte que los organizadores de FS CROWD Sociedad Administradora de Plataforma de Financiamiento Participativo Financiero S.A.C. han cumplido con los requisitos para la obtención de la autorización de organización establecidos en los artículos 7 y 8 del Reglamento de la Actividad del Financiamiento Participativo Financiero y sus Sociedades Administradoras, aprobado por Resolución SMV Nº 045-2021-SMV/02 (en adelante, Reglamento), tal como se desarrolla en el Informe Nº 847-2021-SMV/12.1 de la Intendencia General de Estudios Económicos;

Que, asimismo, al no haberse presentado objeciones a la organización de la sociedad administradora de plataforma de financiamiento participativo ni a las personas que la organizan, dentro del plazo establecido por el artículo 8 del Reglamento, corresponde otorgar la autorización solicitada;

Estando a lo dispuesto por el Título IV del Decreto de Urgencia Nº 013-2020, mediante el cual el Poder Ejecutivo aprobó medidas que promueven el financiamiento de la MIPYME, Emprendimientos y Startups; en el Capítulo I del Título II del Reglamento; así como lo dispuesto en el Memorándum Nº 80-2021-SMV/02 del 17 de junio de 2021;

RESUELVE:

Artículo 1º.- Otorgar a Finsmart S.A.C. y a los señores Diego Luis Escobal Castillo y José Martín Huapaya Castañeda, la autorización de organización de una sociedad administradora de plataforma de financiamiento participativo financiero que será denominada FS CROWD Sociedad Administradora de Plataforma de Financiamiento Participativo Financiero S.A.C.

Artículo 2º.- La autorización de organización a que se refiere el artículo precedente tendrá una vigencia improrrogable de un (01) año a partir de su notificación a los organizadores.

Artículo 3º.- La presente resolución no faculta a FS CROWD Sociedad Administradora de Plataforma de Financiamiento Participativo Financiero S.A.C. para realizar la actividad de financiamiento participativo financiero. Para ello, deberá obtener previamente la respectiva autorización de funcionamiento por parte de la Superintendencia del Mercado de Valores.

Artículo 4º.- La presente resolución deberá publicarse en el Diario Oficial El Peruano en un plazo no mayor de quince (15) días hábiles.

Artículo 5º.- Disponer la difusión de la presente resolución en el Portal del Mercado de Valores de la Superintendencia del Mercado de Valores (www.smv.gob.pe).

Artículo 6º.- Notificar la presente resolución al señor Diego Luis Escobal Castillo y a la señorita Rosa Jacqueline Escobar Rodas, en calidad de representantes de los organizadores.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

Daniel Alonso García López

Intendente General de Estudios Económicos

Superintendencia Adjunta de Investigación y Desarrollo

1980226-1