Aprueban la actualización de la zonificación provisional del Coto de Caza Sunchubamba aprobada por R.J. N° 188-2005-INRENA

RESOLUCIÓN PRESIDENCIAL

N° 165-2021-SERNANP

Lima, 6 de agosto de 2021

VISTOS:

El Informe Técnico N° 011-2021-SERNANP-DGANP-CCS-J(e)/SLVM del 31 de julio de 2021 de la Jefatura del Coto de Caza Sunchubamba, el Informe N° 564-2021-SERNANP-DDE de fecha 03 de agosto de 2021 de la Dirección de Desarrollo Estratégico y el Informe N° 201-2021-SERNANP-OAJ de fecha 06 de agosto de 2021 de la Oficina de Asesoría Jurídica del Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado–SERNANP; y,

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 68º de la Constitución Política del Perú establece que es obligación del Estado promover la conservación de la diversidad biológica y de las Áreas Naturales Protegidas;

Que, a través del numeral 2 de la Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo N° 1013, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, se crea el Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado – SERNANP, el mismo que se constituye en el ente rector del Sistema Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado – SINANPE, y en su autoridad técnico-normativa;

Que, de conformidad con el artículo 1° de la Ley N° 26834, Ley de Áreas Naturales Protegidas, estas son los espacios continentales y/o marinos del territorio nacional, expresamente reconocidos y declarados como tales, incluyendo sus categorías y zonificaciones, para conservar la diversidad biológica y demás valores asociados de interés cultural, paisajístico y científico, así como por su contribución al desarrollo sostenible del país;

Que, de conformidad con lo previsto en el artículo 23° de la precitada Ley, independientemente de la categoría asignada, cada área deberá ser zonificada de acuerdo a sus requerimientos y objetivos, para lo cual establece hasta siete (7) zonas posibles, en virtud a la finalidad que éstas cumplen;

Que, mediante Resolución Ministerial N° 00462-77-AG de fecha 22 de abril de 1977, se establece el Coto de Caza Sunchubamba, sobre tierras de propiedad privada de la SAIS José Mariátegui, Ldtda N° 16, con una superficie total de cincuentainueve mil setecientos treinticinco hectáreas (59,735 ha.), que comprenden los predios de Huacrarucro, Sunchubamba, Salagual, Campodén y Culquimarca situados en los Distritos de San Juan y Cospán de la Provincia y Departamento de Cajamarca;

Que, el artículo 60° del Reglamento de la Ley de Áreas Naturales Protegidas, aprobado por Decreto Supremo N° 038-2001-AG, establece que la zonificación es una herramienta de planificación que responde a las características y objetivos de manejo de las Áreas Naturales Protegidas, contenidas en el respectivo Plan Maestro; y, a falta de éste, el SERNANP, en aplicación del principio precautorio puede establecerla provisionalmente, como medida necesaria para responder a necesidades de protección y uso público compatible con su naturaleza, previo expediente técnico justificatorio;

Que, en línea con lo expuesto y en aplicación del principio precautorio, mediante Resolución Jefatural N°188-2005-INRENA de fecha 10 de agosto de 2005, se aprobó la zonificación provisional del Coto de Caza Sunchubamba, en tanto se apruebe su respectivo plan maestro;

Que, mediante los documentos de vistos, la Jefatura del Coto de Caza Sunchumbamba y la Dirección de Desarrollo Estratégico, en base al análisis y a la verificación en campo realizadas, determinan que la zonificación provisional aprobada del Coto de Caza Sunchubamba debe ser actualizada para así poder realizar una adecuada gestión del ANP en el marco de los objetivos de su creación en cumplimiento de lo dispuesto en la Ley de ANP y su Reglamento;

Que, además, conforme lo precisa la Dirección de Desarrollo Estratégico en el documento de vistos, la propuesta de actualización de la zonificación provisional alcanzada por la jefa del ANP cumple con los requisitos mínimos establecidos en la Resolución Presidencial N° 049-2014- SERNANP; además de haber sido evaluado utilizando el formato aprobado con Resolución Directoral N° 019-2014-SERNANP-DDE y cuenta con la conformidad técnica en cuanto a los requisitos establecidos en la Resolución Presidencial N°197-2013-SERNANP, directiva que regula la gestión de la información geográfica del SERNANP, por lo cual recomendó su aprobación;

Con las visaciones de la Dirección de Desarrollo Estratégico, de la Dirección de Gestión de las Áreas Naturales Protegidas, de la Oficina de Asesoría Jurídica, y de la Gerencia General, y;

De conformidad con las atribuciones conferidas en el literal m) del artículo 11° del Reglamento de Organización y Funciones del SERNANP, aprobado mediante Decreto Supremo N° 006-2008-MINAM.

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Aprobar la actualización de la zonificación provisional del Coto de Caza Sunchubamba aprobada por Resolución Jefatural N° 188-2005-INRENA, cuyo texto consta en el Anexo 1, el cual forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 2º.- Publicar la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, así como en el portal institucional del SERNANP: www.gob.pe/sernanp., en el cual, además, deberá publicarse el Anexo 1.

Regístrese, comuníquese y publíquese,

PEDRO GAMBOA MOQUILLAZA

Jefe

1979843-1