Enmiendas de los Anexos II, VIII y IX del Convenio de Basilea de 1989

BC-14/12: Enmiendas de los anexos II, VIII y IX del Convenio de Basilea

La Conferencia de las Partes,

Habiendo examinado las propuestas presentadas por el Gobierno de Noruega para la enmienda de los anexos II, VIII y IX del Convenio de Basilea sobre el Control de los Movimientos Transfronterizos de los Desechos Peligrosos y su Eliminación1,

1. Decide enmendar el anexo II del Convenio de Basilea sobre el Control de los Movimientos Transfronterizos de los Desechos Peligrosos y su Eliminación añadiendo la entrada siguiente:

Y482,3

● Desechos plásticos, incluidas las mezclas de esos desechos, salvo las siguientes excepciones:

● Desechos plásticos que están caracterizados como peligrosos de conformidad con el apartado a) del párrafo 1 del artículo 14

Desechos plásticos que se enumeran a continuación, siempre que se destinen al reciclado5 de manera ambientalmente racional y apenas estén contaminados ni contengan otros tipos de desechos6:

- Desechos plásticos que consisten casi exclusivamente7 en un polímero no halogenado, con inclusión de los siguientes, pero sin limitarse a ellos:

Polietileno (PE)

Polipropileno (PP)

Poliestireno (PS)

Acrilonitrilo butadieno estireno (ABS)

Tereftalato de polietileno (PET)

Policarbonatos (PC)

Poliéteres

- Desechos plásticos que consisten casi exclusivamente7 en una resina polimerizada o producto de condensación polimerizado, con inclusión de las siguientes resinas, pero sin limitarse a ellas:

Resinas de formaldehidos de urea

Resinas de formaldehidos de fenol

Resinas de formaldehidos de melamina

Resinas epoxy

Resinas alquílicas

- Desechos plásticos consistentes casi exclusivamente7 en uno de los siguientes polímeros fluorados8:

Perfluoroetileno/propileno (FEP)

Alcanos perfluoroalcohóxilos:

Éter tetrafluoroetileno/perfluoroalquilvinilo (PFA)

Éter tetrafluoroetileno/perfluorometilvinilo (MFA)

Fluoruro de polivinilo (PVF)

Fluoruro de polivinilideno (PVDF)

Mezclas de desechos plásticos, consistentes en polietileno (PE), polipropileno (PP) o tereftalato de polietileno (PET), siempre que estén destinados al reciclado por separado9 de cada uno de los materiales y de manera ambientalmente racional, y que apenas estén contaminados ni contengan otros tipos de desechos6.

2. Decide también enmendar el anexo VIII del Convenio de Basilea insertando una nueva entrada, A3210, según se indica a continuación:

A321010

Desechos plásticos, incluidas mezclas de esos desechos, que contengan constituyentes del anexo I, o estén contaminados con ellos, en tal grado que presenten una de las características del anexo III (véanse las entradas conexas Y48 en el anexo II y en la lista B B3011).

3. Decide además enmendar la entrada B3010 en el anexo IX del Convenio de Basilea, añadiendo una nueva nota a pie de página en la entrada de la manera siguiente: “La entrada B3010 estará en vigor hasta el 31 de diciembre de 2020. La entrada B3011 se hará efectiva al 1 de enero de 2021”.

4. Decide enmendar el anexo IX del Convenio de Basilea insertando una nueva entrada, B3011, según se indica a continuación:

B301111

Desechos plásticos (véanse las entradas conexas Y48 en el anexo II y en la lista A A3210):

● Desechos plásticos que se enumeran a continuación, siempre que se destinen al reciclado5 de manera ambientalmente racional y apenas estén contaminados ni contengan otros tipos de desechos6:

- Desechos plásticos que consisten casi exclusivamente7 en un polímero no halogenado, con inclusión de los siguientes, pero sin limitarse a ellos:

Polietileno (PE)

Polipropileno (PP)

Poliestireno (PS)

Acrilonitrilo butadieno estireno (ABS)

Tereftalato de polietileno (PET)

Policarbonatos (PC)

Poliéteres

- Desechos plásticos que consisten casi exclusivamente7 en una resina polimerizada o producto de condensación polimerizado, con inclusión de las siguientes resinas, pero sin limitarse a ellas:

Resinas de formaldehidos de urea

Resinas de formaldehidos de fenol

Resinas de formaldehidos de melamina

Resinas epoxy

Resinas alquílicas

- Desechos plásticos consistentes casi exclusivamente7 en uno de los siguientes polímeros fluorados8:

Perfluoroetileno/propileno (FEP)

Alcanos perfluoroalcohóxilos:

Éter tetrafluoroetileno/perfluoroalquilvinilo (PFA)

Éter tetrafluoroetileno/perfluorometilvinilo (MFA)

Fluoruro de polivinilo (PVF)

Fluoruro de polivinilideno (PVDF)

● Mezclas de desechos plásticos, consistentes en polietileno (PE), polipropileno (PP) o tereftalato de polietileno (PET), siempre que estén destinados al reciclaje por separado9 de cada uno de los materiales y de manera ambientalmente racional, y que apenas estén contaminados ni contengan otros tipos de desechos6.

1 UNEP/CHW.14/27, anexo I.

2 Esta entrada se hará efectiva el 1 de enero de 2021.

3 Las Partes pueden imponer requisitos más estrictos en relación con esta entrada.

4 Véase la correspondiente entrada de la lista A A3210 en el anexo VIII.

5 Reciclado o recuperación de sustancias orgánicas que no se utilizan como disolventes (R3 en la secc. B del anexo IV) o, de ser necesario, almacenamiento temporal limitado a un caso, siempre que esté seguida de la operación R3 y respaldada por los contratos o documentos oficiales pertinentes.

6 A propósito de los “desechos que apenas estén contaminados ni contengan otros tipos de desechos”, las especificaciones nacionales e internacionales quizá aporten un punto de referencia.

7 A propósito de “casi exclusivamente”, las especificaciones nacionales e internacionales quizá aporten un punto de referencia.

8 Se excluyen los desechos posteriores al consumo.

9 Reciclado o recuperación de sustancias orgánicas que no se utilizan como disolventes (R3 en la secc. B del anexo IV), con selección previa y, de ser necesario, almacenamiento temporal limitado a un caso, siempre que esté seguida de la operación R3 y respaldada por los contratos o documentos oficiales pertinentes.

10 Esta entrada se hará efectiva el 1 de enero de 2021.

11 Esta entrada se hará efectiva el 1 de enero de 2021. La entrada B3010 estará en vigor hasta el 31 de diciembre de 2020.

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