LEY Nº 31323
LA PRESIDENTA DEL CONGRESO
DE LA REPÚBLICA
POR CUANTO:
EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;
Ha dado la Ley siguiente:
LEY QUE DECLARA DE INTERÉS NACIONAL
Y NECESIDAD NACIONAL LA INVESTIGACIÓN, RECUPERACIÓN, CONSERVACIÓN Y PUESTA
EN VALOR DE LAS ESTRUCTURAS MURARIAS DEL TEMPLO SANTIAGO APÓSTOL DE TOTORA, SU AMBIENTE MONUMENTAL Y TORRE
EXENTA, UBICADO EN EL CENTRO
POBLADO DE TOTORA, DISTRITO DE
LIVITACA, PROVINCIA DE CHUMBIVILCAS,
DEPARTAMENTO DE CUSCO
Artículo 1. Declaración de interés nacional y necesidad pública
Declárase de interés nacional y necesidad pública la investigación, recuperación, conservación y puesta en valor de las estructuras murarias del Templo Santiago Apóstol de Totora, su ambiente monumental y torre exenta, ubicado en el centro poblado de Totora, distrito de Livitaca, provincia de Chumbivilcas, departamento de Cusco.
Artículo 2. Autoridades competentes
El Ministerio de Cultura, en coordinación con el Gobierno Regional de Cusco y los gobiernos locales involucrados, en el marco de sus competencias y funciones, priorizan y disponen las normas y acciones pertinentes para el cumplimiento de la presente ley.
Comuníquese al señor Presidente de la República para su promulgación.
En Lima, a los cinco días del mes de julio de dos mil veintiuno.
MIRTHA ESTHER VÁSQUEZ CHUQUILIN
Presidenta a. i. del Congreso de la República
LUIS ANDRÉS ROEL ALVA
Segundo Vicepresidente del
Congreso de la República
AL SEÑOR PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
POR TANTO:
No habiendo sido promulgada dentro del plazo constitucional por el señor Presidente de la República, en cumplimiento de los artículos 108 de la Constitución Política del Perú y 80 del Reglamento del Congreso de la República, ordeno que se publique y cumpla.
En Lima, a los cinco días del mes de agosto de dos mil veintiuno.
MARÍA DEL CARMEN ALVA PRIETO
Presidenta del Congreso de la República
LADY MERCEDES CAMONES SORIANO
Primera Vicepresidenta del Congreso
de la República
1979384-5