Aprueban el Perfil Policial Peruano
Resolución Ministerial
N° 0590-2021-IN
Lima, 27 de julio de 2021
VISTOS, el Oficio N° 000548-2021/IN/VSP del Despacho Viceministerial de Seguridad Pública, el Oficio N° 821-2021-EMG-PNP/SEC del Estado Mayor General de la Policía Nacional del Perú, el Memorando N° 000928-2021/IN/OGPP de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, el Informe N° 000215-2021/IN/OGPP/OMD de la Oficina de Modernización y Desarrollo Institucional de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, y el Informe N° 001194-2021/IN/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 2 del Decreto Legislativo N° 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, señala que el Ministerio del Interior es un organismo del Poder Ejecutivo con personería jurídica de derecho público y es el rector del Sector Interior;
Que, de acuerdo al numeral 5.1 del artículo 5 del Decreto Legislativo N° 1266, el Ministerio del Interior tiene como funciones rectoras, entre otras, planificar, financiar y garantizar la provisión y prestación de servicios referidos a los ámbitos de su competencia, de acuerdo a las normas de la materia, así como, supervisar y evaluar el funcionamiento de la Policía Nacional del Perú;
Que, el Decreto Legislativo N° 1267, Ley de la Policía Nacional del Perú, establece en el artículo II de su Título Preliminar, que la Policía Nacional del Perú es una Institución del Estado con calidad de órgano ejecutor, que depende del Ministerio del Interior; con competencia administrativa y autonomía operativa para el ejercicio de la función policial en todo el territorio nacional, en el marco de lo previsto en el artículo 166 de la Constitución Política del Perú;
Que, el artículo 6 del Decreto Legislativo N° 1318, Decreto Legislativo que regula la Formación Profesional de la Policía Nacional del Perú, señala que la formación profesional policial tiene entre sus objetivos formar integralmente a los oficiales y suboficiales con las competencias y conocimiento necesarios para el adecuado desempeño de sus funciones, así como, incorporar los criterios, principios y valores institucionales que la definen;
Que, el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1267, Ley de la Policía Nacional del Perú, aprobado por Decreto Supremo Nº 026-2017-IN, establece en su artículo 9 que la Comandancia General es el órgano de comando de más alto nivel de la Policía Nacional del Perú, encargado de planificar, organizar, dirigir y supervisar el desarrollo de la gestión administrativa y operativa de la Policía Nacional del Perú para el ejercicio de la función policial en todo el territorio nacional, en un contexto de mejor atención a la ciudadanía y eficiente uso de los recursos en el marco de las políticas sectoriales aprobados por el Ministerio del Interior;
Que, mediante la Resolución Ministerial N° 0104-2021-IN se aprueba las “Bases para el Fortalecimiento y la Modernización de la Policía Nacional del Perú”, a fin que la Institución Policial cumpla eficazmente con su mandato constitucional de garantizar el orden interno y la seguridad de la ciudadanía en un marco de integridad, respeto de los derechos humanos y del Estado de Derecho. De esa manera, las Bases definen seis (6) Ejes, entre los que se encuentra, el Eje 1 “Nuestra gente” que se orienta a la mejora de los incentivos para el desempeño del personal policial;
Que, el Despacho Viceministerial de Seguridad Pública, en coordinación con la Escuela Nacional de Formación Profesional Policial (ENFPP) de la Policía Nacional del Perú, elaboraron la propuesta de Perfil Policial Peruano, el cual reúne un conjunto de rasgos y calificaciones que deben caracterizar a los policías en el Perú contemporáneo y que, a su vez, establece el horizonte hacia el cual la institución policial debe enfocar su examen institucional: su base científica para el trabajo policial, la eficiencia en la resolución de problemas y en la relación con la comunidad;
Que, el Estado Mayor General de la Policía Nacional del Perú, en la Hoja de Estudio y Opinión N° 56-2021-EMG-PNP-SEC, señala que la definición del Perfil Policial Peruano busca convertirse en un instrumento de profesionalización policial, y tiene como fundamento deontológico los valores y principios institucionales, así como su relación con las necesidades y expectativas de los ciudadanos respecto a la institución policial; del mismo modo, se indica que este instrumento se transformará en una herramienta de identidad corporativa y orientará el ejercicio de la función policial, y que su implementación implicará la reforma del sistema educativo policial, del sistema de admisión, la elaboración del perfil del estudiante, así como el rediseño de las mallas curriculares de los planes de estudio de formación policial, entre otros aspectos;
Que, con Memorando N° 000928-2021/IN/OGPP, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto remite y hace suyo el Informe N° 000215-2021/IN/OGPP/OMD de la Oficina de Modernización y Desarrollo Institucional, el mismo que concluye, entre otros, que la propuesta de perfil policial peruano se enmarca en el proyecto “Mejoramiento de los Servicios de Prevención del Delito en la Población más Vulnerable al Crimen y la Violencia en el Perú” y en las Bases para el Fortalecimiento y Modernización de la Policía Nacional del Perú, además de no impactar en los documentos de gestión organizacional de la PNP y del Ministerio del Interior, razón por la cual no se formulan objeciones a la propuesta presentada;
Que, mediante Informe N° 001194-2021/IN/OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica concluye que es legalmente viable aprobar el documento denominado Perfil Policial Peruano;
Con el visado del Despacho Viceministerial de Seguridad Pública, de la Comandancia General de la Policía Nacional del Perú, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; en el Decreto Legislativo N° 1267, Ley de la Policía Nacional del Perú; en el Decreto Supremo Nº 026-2017-IN, que aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1267; en la Resolución Ministerial 0104-2021-IN, que aprueba las Bases para el Fortalecimiento y la Modernización de la Policía Nacional del Perú́ ; y, en la Resolución Ministerial N° 1520-2019-IN, que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior.
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobación del Perfil Policial Peruano
Aprobar el Perfil Policial Peruano, que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial.
Artículo 2.- Ámbito de aplicación del Perfil Policial Peruano
El Perfil Policial Peruano cumple la función de orientar el ejercicio profesional policial bajo el enfoque de policía comunitaria, por tanto, deberá ser aplicado por la Escuela Nacional de Formación Profesional Policial y la Dirección de Recursos Humanos de la Policía Nacional del Perú, en el marco de sus competencias y conforme a la normativa vigente; asimismo, constituye instrumento orientador para las demás unidades de la institución policial y el Ministerio del Interior.
Artículo 3.- Seguimiento y evaluación del Perfil Policial Peruano
La Comisión Sectorial creada mediante Resolución Ministerial N° 0104-2021-IN, encargada, entre otros, de realizar el seguimiento de la implementación de las “Bases para el Fortalecimiento y la Modernización de la Policía Nacional del Perú”, realiza el seguimiento y evaluación anual de la implementación del Perfil Policial Peruano.
Artículo 4.- Financiamiento y sostenibilidad
La implementación de lo dispuesto en la presente Resolución Ministerial se financia con cargo al Presupuesto Institucional del Pliego 007: Ministerio del Interior, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público.
Artículo 5.- De la publicación
Encargar a la Oficina General de Tecnologías de la Información y Comunicaciones del Ministerio del Interior la publicación de la presente Resolución Ministerial y su Anexo en el Portal Institucional del Ministerio del Interior (www.gob.pe/mininter), y a la Dirección de Tecnología de la Información y Comunicaciones de la Policial Nacional del Perú la publicación en la página web de la Policía Nacional del Perú (www.policia.gob.pe), el mismo día de la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial “El Peruano”.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
José Manuel Antonio Elice Navarro
Ministro del Interior
1977292-1