Aprueban transferencia financiera del Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo “Trabaja Perú” a favor de organismos ejecutores del sector público

RESOLUCIÓN MINISTERIAL

N° 134-2021-TR

Lima, 27 de julio del 2021

VISTOS: Los Informes N° 109-2021-TP/DE/UAPI-CFATEP y 138-2021-TP/DE/UAPI-CFATEP de la Unidad de Articulación y Promoción de Intervenciones del Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo “Trabaja Perú”; los Informes N° 0600-2021-TP/DE/UPPSM-CFPP y N° 0848-2021-TP/DE/UPPSM-CFPP de la Unidad de Planificación, Presupuesto, Seguimiento y Modernización del Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo “Trabaja Perú”; el Informe N° 193-2021-TP/DE/UAJ de la Unidad de Asesoría Jurídica del Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo “Trabaja Perú”; el Oficio N° 713-2021-MTPE/3/24.1 de la Dirección Ejecutiva del Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo “Trabaja Perú”; el Memorando N° 0578-2021-MTPE/3 del Despacho Viceministerial de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral; el Memorando N° 0638-2021-MTPE/4/9 de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, y el Informe N° 0690-2021-MTPE/4/8 de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante Decreto Supremo Nº 012-2011-TR, Crean el Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo “Trabaja Perú”, se crea el referido Programa con el objetivo de generar empleo temporal destinado a la población en edad de trabajar a partir de 18 años, que se encuentre en situación de pobreza, pobreza extrema, o afectada parcial o íntegramente por desastres naturales o por emergencias, de acuerdo a la información que proporcione el organismo competente, y a las mujeres víctimas de toda forma o contexto de violencia, otorgándoseles a cambio un incentivo económico;

Que, el artículo 5 del Decreto Supremo N° 004-2020-TR, Decreto Supremo que aprueba la reestructuración del Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo “Trabaja Perú” y declara la extinción del Programa “Perú Responsable”, establece que son funciones del Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo “Trabaja Perú” las siguientes: a) Promover la generación de empleo temporal para la población en situación de pobreza, pobreza extrema y afectada parcial o íntegramente por desastres naturales o por emergencias, a través del financiamiento o cofinanciamiento de proyectos de inversión pública y actividades intensivas en mano de obra no calificada (MONC); b) Brindar asistencia técnica para la presentación de proyectos de inversión pública y actividades intensivas en MONC, generadoras de empleo temporal, ante el Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo “Trabaja Perú”; c) Supervisar, monitorear y hacer seguimiento de la ejecución de proyectos de inversión pública y actividades intensivas en MONC, generadoras de empleo temporal, a cargo de los gobiernos locales o regionales; y, d) Implementar estrategias de difusión, transparencia y rendición de cuentas;

Que, el artículo 1 del Manual de Operaciones del Programa para Generación de Empleo Social Inclusivo “Trabaja Perú”, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 226-2012-TR, establece que dicho Programa tiene por finalidad contribuir temporalmente en la mejora de los ingresos de la población en edad de trabajar a partir de 18 años, en situación de desempleo o afectada por una emergencia o desastre natural;

Que, el literal a) del artículo 4 del citado Manual de Operaciones establece como función general del Programa para Generación de Empleo Social Inclusivo “Trabaja Perú”, la de promover la generación de empleo temporal para la población en situación de pobreza, pobreza extrema y afectada parcial o íntegramente por desastres naturales o emergencias, a través del financiamiento o cofinanciamiento de proyectos de inversión pública y actividades intensivas en mano de obra no calificada (MONC);

Que, el literal c) del numeral 16.1 del artículo 16 de la Ley N° 31084, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021, autoriza, de manera excepcional, la realización de diversas transferencias financieras entre entidades, las que incluyen aquellas que realice el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo para el Programa para Generación de Empleo Social Inclusivo “Trabaja Perú”, a favor de gobiernos regionales y gobiernos locales;

Que, el numeral 16.2 del artículo 16 de la Ley N° 31084, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021, señala que las transferencias financieras autorizadas en el numeral 16.1 de dicho artículo se realizan, en el caso de las entidades del gobierno nacional, mediante resolución del titular del pliego y, en el caso de los gobiernos regionales y los gobiernos locales, mediante acuerdo de Consejo Regional o Concejo Municipal, respectivamente, requiriéndose en ambos casos el informe previo favorable de la Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en la entidad. La resolución del titular del pliego y el acuerdo del Consejo Regional se publican en el Diario Oficial El Peruano, y el acuerdo del Concejo Municipal se publica en su página web;

Que, mediante Resolución Directoral N° 001-2021-TP/DE, se aprueban las modalidades de intervención del Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo “Trabaja Perú”, conforme al Anexo que forma parte integrante de dicha Resolución Directoral;

Que, el Anexo de la precitada Resolución Directoral, sobre la modalidad de intervención 2- por emergencias o desastres naturales, señala lo siguiente: “Esta intervención aborda la mitigación de los shocks covariados de desempleo por emergencias o desastres naturales, tiene por finalidad ejecutar acciones inmediatas en la zona de interés, permitiendo mejorar las condiciones de las personas damnificadas o afectadas por una emergencia o desastre natural que no cuentan, temporalmente, con capacidades socioeconómicas disponibles para recuperarse. Para ello, se ejecutan proyectos de inversión o actividades de intervención inmediata intensivas en mano de obra no calificada (MONC)”;

Que, el artículo 2 de la Resolución Directoral N° 002-2021-TP/DE, que aprueba la “Focalización Geográfica Distrital 2021-2022”, dispone aplicar, excepcionalmente, la “Focalización Geográfica Distrital 2021-2022”, durante el año 2021, a la modalidad de intervención 2 - por emergencias o desastres naturales, sin perjuicio de otros distritos comprendidos en la norma pertinente que declara la respectiva emergencia;

Que, el artículo 2 del Decreto Supremo N° 125-2021-EF, Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021 a favor de diversos pliegos del Gobierno Nacional, establece: “Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021, hasta por la suma de S/ 220 306 301,00 (DOSCIENTOS VEINTE MILLONES TRESCIENTOS SEIS MIL TRESCIENTOS UNO y 00/100 SOLES), a favor del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) para financiar la ejecución de actividades de intervención inmediata, proyectos de inversión, acciones de asistencia técnica y seguimiento que contribuyan a la generación de empleo temporal a través del Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo “Trabaja Perú”, así como otros gastos operativos de este Programa, con cargo a los recursos de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas (…)”;

Que, mediante Resolución Ministerial N° 099-2021-TR, se aprueba la desagregación de los recursos autorizados mediante el Decreto Supremo N° 125-2021-EF, Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021 a favor de diversos pliegos del Gobierno Nacional;

Que, mediante Resolución Directoral N° 075-2021-TP/DE, se aprueba la Directiva N° 006-2021-TP/DE “Directiva sobre el procedimiento a seguir para el financiamiento de proyectos de inversión bajo la modalidad de intervención 2- por emergencias o desastres naturales, en el marco del Decreto Supremo 040-2021 y del Decreto Supremo 125-2021-EF”, que en Anexo adjunto forma parte de dicha Resolución Directoral;

Que, a través de la Resolución Directoral N° 078-2021-TP/DE, se aprueba el “Cronograma de Actividades para Proyectos de Inversión bajo la modalidad de intervención 2- por emergencias o desastres naturales, en el marco del Decreto Supremo N° 125-2021-EF, (NC-08)” y la “Relación de los proyectos financiados, bajo la modalidad de intervención 2- por emergencias o desastres naturales, en el marco del Decreto Supremo N° 125-2021-EF, (NC-08)”, conforme al Anexo N° 01 y al Anexo N° 02, respectivamente, que forman parte de dicha Resolución Directoral;

Que, mediante Informe N° 109-2021-TP/DE/UAPI-CFATEP, la Unidad de Articulación y Promoción de Intervenciones del Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo “Trabaja Perú” solicita la Certificación de Crédito Presupuestario para treinta seis (36) proyectos a ser financiados, bajo la modalidad de intervención 2- por emergencias o desastres naturales, en marco del Decreto Supremo N° 125-2021-EF (NC-08);

Que, a través del Informe N° 0600-2021-TP/DE/UPPSM-CFPP, la Unidad de Planificación, Presupuesto, Seguimiento y Modernización del Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo “Trabaja Perú” informa sobre la aprobación de la Certificación de Crédito Presupuestario N° 0532, por el importe de S/ 32 933 121, 00 (TREINTA Y DOS MILLONES NOVECIENTOS TREINTA Y TRES MIL CIENTO VEINTIUNO CON 00/100 SOLES), para financiar el Aporte Total del Programa a treinta seis (36) proyectos, bajo la modalidad de intervención 2- por emergencias o desastres naturales, en el marco del Decreto Supremo N° 125-2021-EF (NC-08);

Que, mediante Informe N° 138-2021-TP/DE/UAPI-CFATEP, la Unidad de Articulación y Promoción de Intervenciones del Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo “Trabaja Perú” señala que, conforme a lo establecido en el “Cronograma de Actividades para Proyectos de Inversión bajo la modalidad de intervención 2- por emergencias o desastres naturales, en el marco del Decreto Supremo N° 125-2021-EF, (NC-08)”, la Unidad Zonal Cusco solicitó a los organismos proponentes que confirmen su participación para el financiamiento de proyectos de inversión bajo dicha modalidad de intervención, y habiéndose obtenido la confirmación de todos los organismos públicos involucrados, se suscribieron treinta y seis (36) convenios, cuyo aporte total del Programa asciende a S/ 32 933 121.00 (TREINTA Y DOS MILLONES NOVECIENTOS TREINTA Y TRES MIL CIENTO VEINTIUNO CON 00/100 SOLES), que podrían generar un estimado de dos mil setenta y siete (2 077) empleos temporales; por lo que, solicita iniciar el trámite de emisión de la Resolución Ministerial que apruebe la transferencia financiera correspondiente;

Que, por su parte, la Unidad de Planificación, Presupuesto, Seguimiento y Modernización del Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo “Trabaja Perú”, a través del Informe N° 0848-2021-TP/DE/UPPSM-CFPP, señala que se cuenta con la Certificación del Crédito Presupuestario N° 0532, por el importe de S/ 32 933 121.00 (TREINTA Y DOS MILLONES NOVECIENTOS TREINTA Y TRES MIL CIENTO VEINTIUNO CON 00/100 SOLES); por lo que, considera procedente que se efectúe la transferencia financiera para el pago del Aporte Total del Programa a treinta y seis (36) convenios suscritos con los organismos ejecutores, en la modalidad de intervención 2- por emergencias o desastres naturales, en el marco del Decreto Supremo N° 125-2021-EF, (NC-08); para lo cual, se requiere la emisión de la Resolución Ministerial, conforme a lo dispuesto en el literal c) del numeral 16.1 y en el numeral 16.2 del artículo 16 de la Ley N° 31084, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021;

Que, mediante Informe N° 193-2021-TP/DE/UAJ, la Unidad de Asesoría Jurídica del Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo “Trabaja Perú” considera procedente la emisión de la Resolución Ministerial que apruebe la transferencia financiera antes descrita;

Que, asimismo, a través del Memorando N° 0638-2021-MTPE/4/9, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Pliego adjunta el Informe N° 0283-2021-MTPE/4/9.1 de la Oficina de Planeamiento e Inversiones, y el Informe N° 0440-2021-MTPE/4/9.2 de la Oficina de Presupuesto, a través de los cuales emiten opinión favorable sobre la propuesta normativa y recomiendan continuar con el trámite para su aprobación;

Con las visaciones del Despacho Viceministerial de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral, de la Secretaría General, de la Dirección Ejecutiva del Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo “Trabaja Perú”, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, y de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8 del artículo 25 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el artículo 8 de la Ley Nº 29381, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; el literal c) del numeral 16.1 y el numeral 16.2 del artículo 16 de la Ley N° 31084, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021; y el literal d) del artículo 8 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, aprobado por Resolución Ministerial N° 308-2019-TR;

SE RESUELVE:

Artículo 1. Aprobar la transferencia financiera del Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo “Trabaja Perú” a favor de organismos ejecutores del sector público, para el pago del Aporte Total del Programa para financiar treinta y seis (36) convenios suscritos en la modalidad de intervención 2- por emergencias o desastres naturales, en el marco del Decreto Supremo N° 125-2021-EF, (NC-08), por el importe total de S/ 32 933 121.00 (TREINTA Y DOS MILLONES NOVECIENTOS TREINTA Y TRES MIL CIENTO VEINTIUNO CON 00/100 SOLES), conforme al Anexo que forma parte de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 2. Disponer que la presente Resolución Ministerial y su Anexo se publiquen en el portal institucional del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (www.gob.pe/mtpe), en la misma fecha de publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial El Peruano, siendo responsable de dicha acción la Oficina General de Estadística y Tecnologías de la Información y Comunicaciones.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JAVIER EDUARDO PALACIOS GALLEGOS

Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo

1977051-1