Aprueban la integración de la Biblioteca Municipal de Pucusana en la Red de Bibliotecas Públicas Municipales en la provincia de Lima

DECRETO DE ALCALDÍA

Nº 003-2021-AL/MDP

Pucusana, 19 de julio de 2021

LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUCUSANA, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE LIMA

VISTO:

El Informe Nº 184-2021/SGEJCRD-GDHYS/MDP de fecha 02 de junio de 2021 de la Sub Gerencia de Educación, Juventud, Cultura, Recreación y Deportes, Informe Nº 246-2021-GDHYS/MDP de fecha 04 de junio de 2021 de la Gerencia de Desarrollo Humano y Social, Informe Legal Nº 204-2021/GAJ/MDP de fecha 07 de julio de 2021 de la Gerencia de Asesoría Jurídica y el Memorándum Nº 644-2021-GM/MDP de fecha 19 de julio de 2021 de la Gerencia Municipal; y,

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 39º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que, el Alcalde ejerce las funciones ejecutivas de gobierno mediante Decretos de Alcaldía; asimismo, en el artículo 42º de la norma citada, se señala que, los Decretos de Alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las Ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal, y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean competencia del Concejo municipal.

Que, el artículo 82º de Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades establece que las municipalidades, en materia de educación, cultura, deportes y recreación, tienen como competencias y funciones específicas compartidas con el gobierno nacional y el regional las siguientes: “8) Apoyar la incorporación y el desarrollo de nuevas tecnologías para el mejoramiento del sistema educativo. Este proceso se realiza para optimizar la relación con otros sectores. Asimismo, 11) Organizar y sostener centros culturales, bibliotecas, teatros y talleres de arte en provincias, distritos y centros poblados.”

Que, el artículo 1º de la Ley Nº 30034, Ley del Sistema Nacional de Bibliotecas dispone lo siguiente: “Créase el Sistema Nacional de Bibliotecas como instrumento de gestión pública para el establecimiento de estándares de calidad, eficacia y eficiencia durante la prestación de los servicios brindados a la ciudadanía por las bibliotecas a cargo del Estado”. Por su parte, el artículo 3º de la referida Ley establece que la Biblioteca Nacional del Perú es el ente rector de dicho Sistema.

Que, el artículo 14º del Reglamento de la Ley Nº 30034, Ley del Sistema Nacional de Bibliotecas, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 002-2014-MC indica que el Sistema Nacional de Bibliotecas tiene entre sus funciones, “b) Fomentar la creación, articulación y fortalecimiento de las redes bibliotecarias virtuales, orientadas a generar oportunidades de acceso a la información y al conocimiento en los ámbitos nacional, regional, provincial y distrital”; así como, “c) Establecer alianzas estratégicas con entidades especializadas, nacionales e internacionales, para fomentar la creación de bibliotecas y redes bibliotecarias modernas en los ámbitos nacional, regional, provincial y distrital”.

Que, en el Glosario del Reglamento de la Ley Nº 30034 se precisa que una Red de Bibliotecas es un “Conjunto de bibliotecas o de servicios bibliotecarios que, conservando su autonomía administrativa, se unen para conseguir una mejor oferta de servicios de acceso al conocimiento para la comunidad, mediante la mutua cooperación”.

Que, el artículo 1º de la Resolución Jefatural Nº 029-2021-BNP modifica el numeral 8.1 de las “Disposiciones para la creación y funcionamiento de Redes de Bibliotecas Públicas Municipales”, aprobadas por Resolución Jefatural Nº 145-2019-BNP, referido a los requisitos para constituir una red, conforme al siguiente detalle: “8.1 REQUISITOS PARA CONSTITUIR UNA RED 8.1.1. Los requisitos son los siguientes: a) Contar con un registro vigente en el RNB. b) Contar con un decreto de alcaldía que apruebe la integración de la Biblioteca a una red, cuando esto no sea competencia del concejo municipal. c) Suscribir el “Acta de constitución de la red de bibliotecas públicas municipales” Anexo 2). d) Contar con personal que se dedique a la gestión y prestación de servicios bibliotecarios, sustentado con la documentación correspondiente.

Que, mediante Informe Nº 184-2021/SGEJCRD-GDHYS/MDP de fecha 02 de junio de 2021, la Sub Gerencia de Educación, Juventud, Cultura, Recreación y Deportes pone en conocimiento a la Gerencia de Desarrollo Humano y Social que existe la necesidad de que se emita un Decreto de Alcaldía que permita a la Biblioteca Municipal de Pucusana integrarse a una red de Bibliotecas de la Provincia de Lima. Asimismo, adjunta la Constancia de Inscripción de la Biblioteca Municipal de Pucusana en el Registro Nacional de Bibliotecas del Sistema Nacional de Bibliotecas con Código RNB: SNB000274, conforme a lo dispuesto a la Ley Nº 30034, Ley del Sistema Nacional de Bibliotecas y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N 002-2014-MC.

Que, mediante Informe Nº 246-2021-GDHYS/MDP de fecha 04 de junio de 2021, la Gerencia de Desarrollo Humano y Social haciendo suyo lo vertido por parte de la Sub Gerencia Educación, Juventud, Cultura, Recreación y Deportes, emite opinión favorable, por lo que solicita la opinión legal a la Gerencia de Asesoría Jurídica sobre la procedencia de la emisión del Decreto de Alcaldía.

Que, mediante Informe Legal Nº 204-2021/GAJ/MDP de fecha 07 de julio de 2021, la Gerencia de Asesoría Jurídica opina que legalmente es procedente aprobar mediante Decreto de Alcaldía la integración de la Biblioteca Municipal de Pucusana a una red de Bibliotecas Públicas Municipales en la Provincia de Lima, toda vez que, se enmarca en lo previsto por la normativa de la materia.

Que, mediante Memorándum Nº 644-2021-GM/MDP de fecha 19 de julio de 2021, la Gerencia Municipal solicita la emisión de Decreto de Alcaldía en base a los actuados administrativos que obran en el expediente.

En este contexto, estando a los considerandos precedentes y en uso de la facultad conferida por el inciso 6) del artículo 20º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- APROBAR LA INTEGRACIÓN DE LA BIBLIOTECA MUNICIPAL DE PUCUSANA EN LA RED DE BIBLIOTECAS PÚBLICAS MUNICIPALES EN LA PROVINCIA DE LIMA, en merito a los fundamentos antes expuestos.

Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Gerencia de Desarrollo Humano y Social, Sub Gerencia Educación, Juventud, Cultura, Recreación y Deportes y a las demás Unidades Orgánicas en el ámbito de su competencia funcional el cumplimiento de lo establecido en el presente Decreto de Alcaldía.

Artículo Tercero.- ENCOMENDAR a la Secretaria General, la publicación del Decreto de Alcaldía en el Diario Oficial El Peruano y a la Sub Gerencia de Tecnologías de la Información y Sistemas, la publicación en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Pucusana (www.munipucusana.gob.pe).

Regístrese, comuníquese y cúmplase.

LIDIA AMÉRICA CARRILLO VELIZ

Alcaldesa

1976184-1