Aprueban el Reglamento de Organización y Funciones de las Juntas Vecinales Comunales del distrito de La Victoria
ORDENANZA N° 378/MLV
La Victoria, 1 de julio de 2021
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE LA VICTORIA
POR CUANTO:
El Concejo Municipal en sesión ordinaria virtual del 30 de junio de 2021.
VISTO: el Dictamen Conjunto de las Comisiones de Planeamiento, Presupuesto y Asuntos Legales; y de Desarrollo Social, de la Mujer y Cultura; y,
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con el artículo 194° de la Constitución Política del Perú, en concordancia con el articulo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, se reconoce a los gobiernos locales autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;
Que, el artículo 31°, segundo párrafo de la Constitución Política del Perú precisa que es un derecho y deber de los vecinos participar en el gobierno municipal de su jurisdicción y que la ley norma y promueve los mecanismos directos e indirectos de su participación, lo que concuerda con el artículo 197° de la misma norma que dispone que las municipalidades promueven, apoyan y reglamentan la participación vecinal en el desarrollo social;
Que, según lo dispuesto en los artículos 197° y 199° de la Constitución Política del Perú, modificada por Ley N° 27680 - Ley de Reforma Constitucional - las Municipalidades promueven, apoyan y reglamentan la participación vecinal en el desarrollo local, formulan sus presupuestos con la participación de la población y rinden cuenta de su ejecución anualmente bajo responsabilidad, conforme a Ley;
Que, el artículo 106° de la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades - establece que la junta de delegados vecinales comunales es el órgano de coordinación integrado por los representantes de las agrupaciones urbanas y rurales que integran el distrito dentro de la provincia y que están organizadas, principalmente, como juntas vecinales;
Que, el artículo 110° de la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades - establece que la constitución y delimitación de las Juntas Vecinales Comunales, el número de sus delegados, así como la forma de su elección y revocatoria, serán establecidos mediante Ordenanza de la respectiva municipalidad distrital;
Que, el artículo 111° de la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades - menciona que los vecinos de una circunscripción municipal intervienen en forma individual o colectiva en la gestión administrativa y de gobierno municipal a través de mecanismos de participación vecinal y del ejercicio de derechos políticos, de conformidad con la Constitución y la respectiva ley de la materia. Además, en su artículo 112° refiere que los gobiernos locales promueven la participación vecinal en la formulación, debate y concertación de sus planes de desarrollo, presupuesto y gestión;
Que, el artículo 113° de la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades - señala que el vecino de una jurisdicción municipal puede ejercer su derecho de participación vecinal en la municipalidad de su distrito y su provincia, mediante uno o más de los mecanismos siguiente: derecho de elección a cargos municipales; iniciativa en la formación de disposiciones municipales; derecho de referéndum; derecho de denunciar infracciones y de ser informado; Cabildo Abierto, conforme a la ordenanza que lo regula; participación a través de Juntas Vecinales, comités de vecinos, asociaciones vecinales, organizaciones comunales, sociales u otras similares de naturaleza vecinal; y comités de gestión;
Que, las Juntas Vecinales, como bien indica la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades - en su artículo 116°, son las encargadas de supervisar la prestación de servicios públicos locales, el cumplimiento de las normas municipales, la ejecución de obras municipales y otros servicios que se indiquen de manera precisa en la ordenanza de su creación;
Que, mediante Ordenanza N°118-2010/MLV, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones de la Juntas Vecinales Comunales del distrito de La Victoria;
Que, mediante Informe N°057-2021-GDSM/MLV propone la Ordenanza que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de las Juntas Vecinales Comunales del distrito de La Victoria, con la finalidad de establecer parámetros legales que permitan facilitar el adecuado desarrollo de las funciones, derecho y obligaciones de los delegados de las Juntas Vecinales Comunales;
Que, a través del Informe N°087-2021-GPP/MLV la Gerencia de Planificación y Presupuesto y el Informe N°140-2021-SGPYM-GPP/MLV de la Subgerencia de Planificación y Modernización opina de manera favorable por la Ordenanza que sustenta la Gerencia de Desarrollo Social y de la Mujer, señalando que se enmarca dentro del Plan Estratégico Institucional (OEI.05) Fortalecer la Gestión Institucional de la Municipalidad de La Victoria, la Acción Estratégica Institucional (AEI.05.04), Mecanismos de Participación Ciudadana fortalecidos en la Municipalidad; articulándose el Plan Operativo Institucional;
Que, por el Informe N°181-2021/MLV la Gerencia de Asesoría Jurídica opina de manera favorable por la aprobación de la Ordenanza que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de las Juntas Vecinales Comunales del distrito de La Victoria; opinión que es compartida a través del Memorándum N°530-2021-GM/MLV de la Gerencia Municipal;
Estando a los fundamentos expuesto en la parte considerativa y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 9° y 40° de la Ley N°27972, Ley Orgánica de Municipalidades, contando con el voto unánime de los señores miembros del Concejo asistentes a la Sesión Ordinaria Virtual de Concejo del 30 de junio de 2021 y con la dispensa de la lectura de aprobación del acta, se aprobó lo siguiente:
ORDENANZA QUE APRUEBA EL REGLAMENTO
DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DE LAS
JUNTAS VECINALES COMUNALES
DEL DISTRITO DE LA VICTORIA
Artículo 1°.- Aprobar el Reglamento de Organización y Funciones de las Juntas Vecinales Comunales del distrito de La Victoria, el mismo que consta de cuatro (4) títulos, ocho (8) capítulos, veintisiete (27) artículos y tres (3) disposiciones complementarias y finales, cuyo texto en anexo único parte integrante de la presente Ordenanza.
Artículo 2°.- Deróguese toda aquella norma que se oponga al presente Reglamento.
Artículo 3°.- La presente Ordenanza entrara en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.
Artículo 4°.- Encargar a la Secretaría General la publicación del texto aprobatorio de la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano, y a la Gerencia de Tecnología de la Información y Telecomunicaciones la publicación de la Ordenanza y el anexo único que contiene el Reglamento de Organización y Funciones de las Juntas Vecinales Comunales, en el portal institucional de la Municipalidad de La Victoria www.munilavictoria.gob.pe .
Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase
LUIS ALBERTO GUTIÉRREZ SALVATIERRA
Alcalde
1975688-1