Aprueban los “Lineamientos para la promoción y gestión sostenible de los parques industriales del Sistema Nacional de Parques Industriales”

RESOLUCIÓN MINISTERIAL

N° 000204 -2021-PRODUCE

Lima, 21 de julio de 2021

VISTOS: El Oficio N° 00079-2021-MINAM/VMGA y el Informe N° 00639-2021-MINAM/VMGA/DGPIGA del Ministerio del Ambiente; el Memorando N° 00800-2021-PRODUCE/DVMPYE-I-PNDP y el Informe N° 00214-2021-PRODUCE/DVMYPE-I-PNDP-mvassallo-gtorresr del Programa Nacional de Diversificación Productiva; el Memorando N° 581-2021-PRODUCE/DGAAMI y el Informe N° 0055-2021-PRODUCE/DIGAMI-pdelgado de la Dirección General de Asuntos Ambientales de Industria; el Memorando N° 00000776-2021-PRODUCE/DGPAR y el Memorando N° 00000316-2021-PRODUCE/DN de la Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio; el Memorando N° 00000918-2021-PRODUCE/DVMYPE-I del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria; el Memorando Nº 00000799-2021-PRODUCE/OGPPM de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; el Informe N° 00000557-2021-PRODUCE/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante Decreto Legislativo N° 1047 se aprobó la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, en cuyos artículos 3 y 5, respectivamente, se dispone que el Ministerio de la Producción es competente, entre otras materias, en pesquería, acuicultura, industria, micro y pequeña empresa y comercio interno; teniendo como funciones rectoras formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar la política nacional y sectorial bajo su competencia aplicable a todos los niveles de gobierno; así como dictar normas y lineamientos técnicos para la adecuada ejecución y supervisión de las políticas del Sector;

Que, el Decreto Legislativo N° 1199, Decreto Legislativo que crea el Sistema Nacional de Parques Industriales tiene como finalidad contribuir e impulsar el desarrollo industrial, a través del desarrollo e implementación de parques acorde con el ordenamiento territorial, así como de establecer mecanismos para articular e integrar a todos los niveles de gobierno, instituciones y entidades públicas y privadas, intervinientes en el desarrollo industrial, conforme a sus competencias;

Que, mediante Decreto Supremo N° 010-2014-PRODUCE, se crea el Programa Nacional de Diversificación Productiva en el ámbito del Ministerio de la Producción, con la finalidad de promover, impulsar y ejecutar acciones en el marco del Plan Nacional de Diversificación Productiva (PNDP);

Que, mediante el Decreto Supremo N° 017-2016-PRODUCE se aprobó el Reglamento del Sistema Nacional de Parques Industriales, en cuyo artículo 2, se establece que dicho Reglamento es de aplicación obligatoria a las entidades públicas de los tres niveles de gobierno, y a toda persona natural o jurídica pública o privada que contribuya e impulse el desarrollo industrial, a través del desarrollo e implementación de parques industriales comprendidos en el Sistema Nacional de Parques Industriales. Los parques industriales se enmarcan en las políticas y planes dictados por el Ministerio de la Producción;

Que, el Plan Nacional de Competitividad y Productividad, aprobado mediante Decreto Supremo N° 237-2019-EF, contempla nueve (9) Objetivos Prioritarios, entre los cuales, se encuentra el Objetivo Prioritario 6 “Generar las Condiciones para desarrollar un ambiente de negocios productivo”, el cual, a su vez, contiene catorce (14) Medidas de Política, estableciendo en la Medida de Política 6.3 “Estrategia Nacional para el Desarrollo de Parques Industriales”, que consiste en asegurar la implementación del desarrollo de una red de parques industriales a nivel nacional, así como establecer mecanismos para articular e integrarlos con todos los niveles de gobierno, instituciones y entidades públicas y privadas, intervinientes en el desarrollo industrial;

Que, asimismo, el Objetivo Prioritario 9 “Promover la sostenibilidad ambiental en la operación de actividades económicas” del Plan Nacional de Competitividad y Productividad, contiene siete (7) Medidas de Política, señalando en la Medida de Política 9.3 “Economía circular y Acuerdos de Producción Limpia en los sectores industria, pesca y agricultura”, cuyo resultado esperado es que los agentes económicos privados adecúen progresivamente el modelo lineal de producción –hasta ahora predominante en el sector productivo peruano– hacia un modelo de producción cíclico para la extracción, transformación, distribución, uso y recuperación de los materiales, eficiencia energética, entre otros;

Que, mediante Decreto Supremo N° 003-2020-PRODUCE, Decreto Supremo que aprueba la Hoja de Ruta hacia una Economía Circular en el Sector Industria, se establecen líneas de acción en base a enfoques determinados, cuya aplicación corresponde a diversas entidades públicas;

Que, el Decreto Supremo N° 005-2020-PRODUCE aprobó la Estrategia Nacional para el Desarrollo de Parques Industriales, la cual es de aplicación a nivel nacional e involucra a todas las entidades públicas de los tres niveles de gobierno, cuyas competencias contribuyen en la implementación de dicha Estrategia;

Que, mediante Decreto Supremo N° 015-2021-PRODUCE se modifica el Reglamento del Sistema Nacional de Parques Industriales, aprobado por Decreto Supremo N° 017-2016-PRODUCE, con el objeto de articular el contenido de dicho Reglamento con las políticas contenidas en el Plan Nacional de Competitividad y Productividad, la Estrategia Nacional para el Desarrollo de Parques Industriales, y la Hoja de Ruta hacia la economía circular para la industria, a efectos de que el mismo contemple en su articulado los enfoques de sostenibilidad y economía circular;

Que, la Única Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo N° 015-2021-PRODUCE dispuso que el Ministerio de la Producción, mediante Resolución Ministerial, en un plazo no mayor de treinta (30) días calendario, contados a partir del día siguiente de la publicación de dicho Decreto Supremo en el Diario Oficial “El Peruano”, previa opinión del Ministerio del Ambiente, en lo que corresponda al componente ambiental, aprueba lineamientos para la promoción y gestión sostenible de los parques industriales del Sistema Nacional de Parques Industriales, a propuesta del Programa Nacional de Diversificación Productiva en coordinación con la Dirección General de Asuntos Ambientales de Industria del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria;

Que, de acuerdo con los documentos de los vistos, el Programa Nacional para la Diversificación Productiva, en coordinación con la Dirección General de Asuntos Ambientales de Industria, ambos del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria, proponen los Lineamientos para la Promoción y Gestión Sostenible de los Parques Industriales del Sistema Nacional de Parques Industriales, en el marco del Decreto Legislativo N° 1199 y su Reglamento;

Que, mediante Oficio N° 00079-2021-MINAM/VMGA e Informe N° 00639-2021-MINAM/VMGA/DGPIGA, el Ministerio del Ambiente emite opinión favorable, en el ámbito de sus competencias, respecto de los Lineamientos para la Promoción y Gestión Sostenible de los Parques Industriales del Sistema Nacional de Parques Industriales;

Que, la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, mediante el Memorando Nº 00000799-2021-PRODUCE/OGPPM, señala que la propuesta de Lineamientos está alineada con el (i) Plan Estratégico Sectorial Multianual 2017-2024 del Sector Producción, aprobado por Resolución Ministerial N° 139-2021-PRODUCE, y el (ii) Plan Estratégico Institucional (PEI) 2020-2023 del Ministerio de la Producción, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 190-2020-PRODUCE;

Que, resulta necesario aprobar los Lineamientos para la Promoción y Gestión Sostenible de los Parques Industriales del Sistema Nacional de Parques Industriales con la finalidad de impulsar un desarrollo industrial inclusivo, innovador, sostenible y con enfoque de circularidad, en beneficio de las empresas, las comunidades que las albergan y el ambiente donde éstas se encuentran, en el marco de la implementación de parques industriales comprendidos en el Sistema Nacional de Parques Industriales;

De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1047, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y sus modificatorias; el Decreto Supremo N° 237-2019-EF, que aprueba el Plan Nacional de Competitividad y Productividad; el Decreto Supremo N° 017-2016-PRODUCE, Aprueban Reglamento del Sistema Nacional de Parques Industriales; el Decreto Supremo N° 015-2021-PRODUCE que modifica el Reglamento del Sistema Nacional de Parques Industriales; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2017-PRODUCE y su modificatoria;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobación

Aprobar los “Lineamientos para la promoción y gestión sostenible de los parques industriales del Sistema Nacional de Parques Industriales”, que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 2.- Difusión y cumplimiento

Disponer que el Programa Nacional de Diversificación Productiva, en coordinación con la Dirección General de Asuntos Ambientales de Industria del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria, efectúe las acciones necesarias para la implementación y difusión de los “Lineamientos para la promoción y gestión sostenible de los parques industriales del Sistema Nacional de Parques Industriales”, aprobados en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 3.- Publicación

Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y su Anexo en el Portal Institucional del Ministerio de la Producción (www.gob.pe/produce), en la misma fecha de publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial “El Peruano”.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JOSÉ LUIS CHICOMA LÚCAR

Ministro de la Producción

1975566-1