Emiten disposiciones excepcionales para el proceso de Transferencia de Gestión por término del mandato del Presidente de la República del periodo de gobierno 2020-2021, en el marco de las Elecciones Generales 2021, regulado por la Directiva N° 006-2021-CG/INTEG “Rendición de Cuentas y Transferencia de Gestión en las Entidades del Gobierno Nacional”

resolución DE CONTRALORÍA

n° 148-2021-CG

Lima, 21 de julio de 2021

VISTOS:

La Hoja Informativa N° 000066-2021-CG/INTEG, de la Subgerencia de Integridad Pública; el Memorando N° 000094-2021-CG/GPREDE, de la Gerencia de Prevención y Detección; y, la Hoja Informativa Nº 000263-2021-CG/GJN, de la Gerencia Jurídico Normativa de la Contraloría General de la República;

CONSIDERANDO:

Que, de acuerdo al artículo 82 de la Constitución Política del Perú, la Contraloría General de la República es una entidad descentralizada de Derecho Público que goza de autonomía conforme a su Ley Orgánica; asimismo, es el órgano superior del Sistema Nacional de Control, que tiene como atribución supervisar la legalidad de la ejecución del Presupuesto del Estado, de las operaciones de la deuda pública y de los actos de las instituciones sujetas a control;

Que, conforme al artículo 16 de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, y modificatorias, esta Entidad Fiscalizadora Superior se encuentra dotada de autonomía funcional, y tiene por misión dirigir y supervisar con eficiencia y eficacia el control gubernamental, orientando su accionar al fortalecimiento y transparencia de la gestión de las entidades, la promoción de valores y la responsabilidad de los funcionarios y servidores públicos, así como contribuir con los Poderes del Estado en la toma de decisiones y con la ciudadanía para su adecuada participación en el control social;

Que, el literal a) del artículo 15 de la Ley Nº 27785, establece que es atribución del Sistema Nacional de Control efectuar la supervisión, vigilancia y verificación de la correcta gestión y utilización de los recursos y bienes del Estado, el cual también comprende supervisar la legalidad de los actos de las instituciones sujetas a control en la ejecución de los lineamientos para una mejor gestión de las finanzas públicas, con prudencia y transparencia fiscal, conforme a los objetivos y planes de las entidades, así como de la ejecución de los presupuestos del Sector Público y de las operaciones de la deuda pública; asimismo, el literal c) del referido artículo, establece que es atribución del Sistema Nacional de Control, impulsar la modernización y el mejoramiento de la gestión pública, a través de la optimización de los sistemas de gestión y ejerciendo el control gubernamental con especial énfasis en las áreas críticas sensibles a actos de corrupción administrativa;

Que, el literal u) del artículo 22 de la citada Ley Orgánica, prevé que es atribución de la Contraloría General de la República, establecer los procedimientos para que los Titulares de las entidades rindan cuenta oportuna ante el Órgano Rector, por los fondos o bienes del Estado a su cargo, así como de los resultados de su gestión;

Que, mediante Resolución de Contraloría N° 122-2021-CG, modificada mediante Resolución de Contraloría N° 142-2021-CG, se aprobó la Directiva N° 006-2021-CG/INTEG “Rendición de Cuentas y Transferencia de Gestión en las Entidades del Gobierno Nacional”, vigente desde el 22 de mayo de 2021, la misma que establece las disposiciones necesarias para que los Titulares de las entidades efectúen una efectiva, eficiente y oportuna Rendición de Cuentas de Titular y Transferencia de Gestión; transparentando los resultados en el cumplimiento de los objetivos institucionales de la gestión, sobre el uso de los recursos públicos o bienes del Estado y de los servicios públicos brindados, con el propósito de fomentar la continuidad en su prestación, en beneficio de la ciudadanía;

Que, asimismo, mediante Resolución N° 0750-2021-JNE publicada en el Diario Oficial El Peruano el 20 de julio de 2021, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en el marco de las Elecciones Generales 2021, proclamó como Presidente de la República del Perú a José Pedro Castillo Terrones, para el periodo de gobierno 2021-2026;

Que, en ese sentido, mediante Hoja Informativa N° 000066-2021-CG/INTEG, la Subgerencia de Integridad Pública señala que, habiéndose extendido el acto de proclamación del Presidente de la República del periodo de gobierno 2020-2021, por parte del Jurado Nacional de Elecciones, resulta necesario emitir disposiciones excepcionales para asegurar la sucesión eficaz de la gestión y la continuidad de la prestación de los servicios públicos en beneficio de la ciudadanía en el marco del proceso de Transferencia de Gestión, aplicables por los Ministerios a nivel de sector, pliegos presupuestales, unidades ejecutoras, entidades adscritas y empresas del Estado;

Que, asimismo, con Memorando N° 000094-2021-CG/GPREDE, la Gerencia de Prevención y Detección remite la propuesta de disposiciones excepcionales para el proceso de Transferencia de Gestión por término del mandato del Presidente de la República del periodo de gobierno 2020-2021, en el marco de las Elecciones Generales 2021, elaborada por la Subgerencia de Integridad Pública para el trámite de aprobación correspondiente, con la conformidad de la Vicecontraloría de Gestión Estratégica e Integridad Pública, mediante Proveído N° 000146-2021-CG/VCGEIP;

Que, estando a lo opinado por la Gerencia Jurídico Normativa en la Hoja Informativa N° 000263-2021-CG/GJN, resulta jurídicamente viable la emisión de la Resolución de Contraloría que propone disposiciones excepcionales para el proceso de Transferencia de Gestión por término del mandato del Presidente de la República del periodo de gobierno 2020-2021, en el marco de las Elecciones Generales 2021;

En uso de las facultades previstas en el artículo 32 de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, y sus modificatorias;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Emitir disposiciones excepcionales para el proceso de Transferencia de Gestión por término del mandato del Presidente de la República del periodo de gobierno 2020-2021, en el marco de las Elecciones Generales 2021, regulado por la Directiva N° 006-2021-CG/INTEG “Rendición de Cuentas y Transferencia de Gestión en las Entidades del Gobierno Nacional”, aprobada con Resolución de Contraloría N° 122-2021-CG, y modificada con Resolución de Contraloría N° 142-2021-CG, conforme a lo siguiente:

1.1. La Conformación del Equipo Revisor se realiza a partir del día siguiente de la publicación de la Resolución del Jurado Nacional de Elecciones que proclama al Presidente de la República para el periodo de gobierno 2021-2026.

1.2. El Equipo Revisor para el proceso de transferencia de gestión, se conforma como mínimo por dos (2) miembros, de los cuales uno será designado como Responsable del Equipo Revisor y el otro u otros como integrantes del mismo.

1.3. La aprobación y envío del Informe de Transferencia de Gestión por el Titular Saliente del Ministerio correspondiente, se realiza como máximo hasta el día siguiente a la recepción de la comunicación del documento que conforma el Equipo Revisor.

Artículo 2.- La presente Resolución entra en vigencia el mismo día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.

Artículo 3.- Publicar la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, en el Portal del Estado Peruano (www.gob.pe), Portal Web Institucional (www.contraloria.gob.pe) y en la Intranet de la Contraloría General de la República.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

NELSON SHACK YALTA

Contralor General de la República

1975363-1