Aprueban Cuadro para Asignación de Personal Provisional - CAP-P de la Gerencia Territorial de Padre Abad
ORDENANZA REGIONAL
Nº 004-2021-GRU-CR
POR CUANTO:
El Consejo Regional del Gobierno Regional de Ucayali, de conformidad con lo previsto en los Artículos 191º y 192º de la Constitución Política del Perú, modificada por la Ley Nº 27680 - Ley de Reforma Constitucional - Capítulo XIV del Título IV sobre Descentralización; Ley Nº 27783 - Ley de Bases de la Descentralización; Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias y demás normas Complementarias.
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con la Constitución Política del Estado, Ley Nº 27680 - Ley de Reforma Constitucional, del Capítulo XIV del Título IV sobre Descentralización; Ley Nº 27867 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, se les reconoce a los Gobiernos Regionales, autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;
Que, los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular, son personas Jurídicas de Derecho Público con autonomía Política, Económica y Administrativa, que tienen por misión organizar y conducir la Gestión Pública Regional de acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas en el marco de las Políticas Nacionales y Sectoriales, para contribuir con el desarrollo integral y sostenible de la Región, conforme lo expresa los artículos 2º, 4º y 5º de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, sus normas y disposiciones se rigen por los Principios de Exclusividad, Territorialidad, Legalidad y Simplificación Administrativa;
Que, el Artículo 3º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867 señala que los Gobiernos Regionales tienen competencia en el ámbito de sus respectivas jurisdicciones conforme a Ley;
Que, el Anexo Nº 4 sobre el CAP Provisional de la Directiva Nº 002-2015-SERVIR/GDSRH – Normas para la Gestión del Proceso de Administración de Puestos, y Elaboración y Aprobación del Cuadro de Puestos de la Entidad – CPE, aprobado mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 304-2015-SERVIR-PE y modificada mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 057-2016, aprueba las consideraciones como: supuestos para la elaboración del CAP Provisional, informe previo de opinión favorable del CAP Provisional por SERVIR, aprobación del CAP Provisional y ordenamiento de cargos;
Que, mediante Ordenanza Regional Nº 010-2017-GRU-CR, de fecha 06 de julio de 2017, se aprueba el Reglamento de Organización y Funciones – ROF de las Gerencias Territoriales de Atalaya, Padre Abad y Purús;
Que, mediante Resolución Sub Regional Nº 003-2014-GR UCAYALI-P-GGR-GDRPA.A, de fecha 17 de enero de 2017, se aprueba el Cuadro de Asignación de Pesonal –CAP de la Gerencia Sub Regional de Aguaytia del Gobierno Regional de Aguaytía;
Que mediante Informe Técnico Nº 038-2018-SERVIR/GDSRH, de fecha 27 de febrero de 2018, SERVIR, la Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos de la Autoridad Nacional de Servicio Civil, considera pertinente la propuesta del CAP Provisional de la Gerencia Territorial de Padre Abad del Gobierno Regional de Ucayali, otorga opinion favorable recomendando proseguir con las acciones administrativas necesarias para la aprobación del CAP Provisional;
Que, mediante Informe Legal Nº 018-2019-GRU-GGR-ORAJ/TTC, de fecha 26 de febrero de 2019, la Oficina Regional de Asesoría Jurídica del Gobierno Regional de Ucayali, concluye, que la propuesta del Cuadro de Asignación Personal Provisional de la Gerencia Territorial de Padre Abad debe ser remitida al Consejo Regional de Ucayali para su aprobación mediante Ordenanza Regional;
Que, mediante Opinión Legal Nº 0004-2021-GRU-CR/AL-SVCA, de fecha 12 de abril de 2021, elaborado por la Abogada Sandra Valeria Corrales Acho - Abogado IV del Consejo Regional, Opina: Declarar Procedente la Propuesta de Ordenanza Regional sobre el “Cuadro de Asignación de Personal Provisional (CAP-P) de la Gerencia Territorial de Padre Abad”, por contar con la conformidad contenida en el Informe Técnico Nº 038-2018-SERVIR/GDSRH, de fecha 27 de febrero de 2018;
Que, mediante Dictamen Nº 0003-2021-GRU-CR-CPPyAT, de fecha 03 de mayo de 2021, la Comisión de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Consejo Regional, integrada por los Consejeros Regionales Licenciado Land Barbaran La Torre, Abogado Albares García Laureano y Licenciado Yldo Ysrael De La Cruz Ariola, Dictaminan: Artículo Primero: Declarar Procedente la aprobación mediante Ordenanza Regional el “Cuadro de Asignación de Personal Provisional (CAP-P) de la Gerencia Territorial de Padre Abad”; y, Artículo Segundo: Deróguese la Ordenanza Regional Nº 016-2014-GRU/CR, de fecha 23 de junio de 2014, que aprobó el Cuadro de Asignación de Personal – CAP, y el Cuadro Nominal de Personal – CNP de la Gerencia Territorial de Padre Abad;
Que, el Consejo Regional de Ucayali, tiene las atribuciones de normar su organización interna a través de Ordenanzas Regionales, en concordancia con el inciso a) del artículo 15º de la Ley Nº 27867 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, que faculta aprobar, modificar o derogar normas que regulen o reglamenten los asuntos o materia de su competencia y funciones del Gobierno Regional, en concordancia con el artículo 38º de la misma norma legal, que establece que las Ordenanza Regionales norman asuntos de carácter general en la organización y administración del Gobierno Regional;
Que, de conformidad con lo señalado en el artículo 35º, literal c) de la Ley Nº 27783 – Ley de Bases de la Descentralización; los Gobiernos Regionales son competentes para aprobar su organización interna y presupuesto institucional; asimismo, es atribución del Consejo Regional aprobar los documentos de Gestión Institucional, es este caso el Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional de Ucayali;
Que, de conformidad con las facultades conferidas en la Constitución Política del Estado, artículo 9º y 10º de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales modificado por las Leyes Nº 27902 y Nº 28968 y el Reglamento Interno del Consejo Regional, en Sesión Ordinaria de fecha 19 de mayo de 2021, llevado a cabo de manera virtual aprobaron por Unanimidad la siguiente:
ORDENANZA REGIONAL:
Artículo Primero: APROBAR el Cuadro para Asignación de Personal Provisional – CAP-P de la Gerencia Territorial de Padre Abad, conteniendo un total de cuarenta y seis (46) cargos, de los cuales Veinticuatro (24) cargos se encuentran en condición de ocupados y Veintidós (22) cargos, se encuentran en condición de previstos, según anexo que forman parte de la Ordenanza Regional.
Artículo Segundo: ENCARGAR a la Gerencia Territorial de Padre Abad, la implementación de la presente Ordenanza Regional.
Artículo Tercero: DEROGAR el Artículo Primero de la Ordenanza Regional Nº 010-2017-GRU-CR, de fecha 06 de julio de 2017, en el extremo que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones – ROF de la Gerencia Territorial de Padre Abad.
Artículo Cuarto: DISPENSAR la presente Ordenanza Regional del Trámite de lectura y aprobación del Acta, para proceder a su implementación correspondiente.
Artículo Quinto: ENCARGAR a la Gerencia Territorial de Padre Abad, la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial “El Peruano”, en un diario de mayor circulación local y a la Oficina de Tecnologías de la Información, su difusión a través del portal web del Gobierno Regional de Ucayali (www.regionucayali.gob.pe).
Comuníquese al señor Gobernador del Gobierno Regional de Ucayali, para su promulgación.
En Pucallpa, a los veinte y uno de mayo del año dos mil veinte y uno.
ERIK RAMOS TELLO
Consejero Delegado
Consejo Regional
POR TANTO:
Mando se publique y cumpla.
Dado en la Sede del Gobierno Regional de Ucayali, a los 28 de mayo de 2021.
FRANCISCO A. PEZO TORRES
Gobernador Regional
1975248-1