Declaran barrera burocrática ilegal el impedimento de la inscripción para prestar el servicio especial de pasajeros de auto - colectivo/taxi, en la ruta Barranca - Supe (San Nicolás) y viceversa, a que se refiere la Ordenanza N° 007-2013-AL-CPB, modificada por la Ordenanza N° 018-2014-AL-CPB, emitidas por la Municipalidad Provincial de Barranca

RESOLUCIÓN N° 0045-2021/CEB-INDECOPI

AUTORIDAD QUE EMITE LA RESOLUCIÓN: COMISIÓN DE ELIMINACIÓN DE BARRERAS BUROCRÁTICAS

FECHA DE EMISIÓN DE LA RESOLUCIÓN: 12 DE FEBRERO DE 2021

ENTIDAD QUE IMPUSO LAS BARRERAS BUROCRÁTICAS DECLARADAS ILEGALES: MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE BARRANCA

NORMA QUE CONTIENE LAS BARRERAS BUROCRÁTICAS IDENTIFICADAS: DÉCIMO CUARTA DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA TRANSITORIA DE LA ORDENANZA N° 007-2013-AL-CPB, MODIFICADA POR LA ORDENANZA N° 018-2014-AL-CPB.

BARRERAS BUROCRÁTICA(S) IDENTIFICADA(S) Y FUNDAMENTOS DE LA DECISIÓN:

Se declaró que constituye una barrera burocrática ilegal el impedimento de la inscripción para prestar el servicio especial de pasajeros de auto - colectivo / taxi, en la ruta Barranca - Supe (San Nicolás) y viceversa, materializada en la Décimo Cuarta Disposición Complementaria Transitoria de la Ordenanza N° 007-2013-AL-CPB, modificada por la Ordenanza N° 018-2014-AL-CPB.

El motivo radica en que la Municipalidad Provincial de Barranca no ha acreditado que dicha ruta forme parte de áreas saturadas, conforme lo señala el numeral 3.5 del artículo 3 del Decreto Supremo N° 017-2009-MTC, Reglamento Nacional de Administración de Transporte.

De conformidad con lo establecido en el artículo 8 del Decreto Legislativo N° 1256, se dispuso la inaplicación, con efectos generales, de la barrera burocrática declarada ilegal en favor de todos los agentes económicos y/o ciudadanos en general que se vean afectados por su imposición. Este mandato de inaplicación surte efectos a partir del día siguiente de publicado el extracto de la Resolución Nº 0045-2021/CEB-INDECOPI en la Separata de Normas Legales del diario oficial El Peruano.

LUIS RICARDO QUESADA ORÉ

Presidente de la Comisión de Eliminación de

Barreras Burocráticas

1975208-1