Decreto Supremo que ratifica la Enmienda a la Parte I del Anexo A del Convenio de Estocolmo de 2001 para incluir en ella el Dicofol, adoptada por la Conferencia de las Partes del Convenio de Estocolmo sobre Contaminantes Orgánicos Persistentes de 2001

DECRETO SUPREMO

Nº 044-2021-RE

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que la “Enmienda a la Parte I del Anexo A del Convenio de Estocolmo de 2001 para incluir en ella el Dicofol” (en adelante, la Enmienda aprobada por la Decisión SC-9/11), fue adoptada por la Conferencia de las Partes del Convenio de Estocolmo sobre Contaminantes Orgánicos Persistentes de 2001 en su novena reunión llevada a cabo en la ciudad de Ginebra del 29 de abril al 10 de mayo de 2019.

Que es conveniente a los intereses del Perú la ratificación interna del citado instrumento jurídico internacional;

Que es conforme con lo dispuesto por los artículos 57º y 118º inciso 11 de la Constitución Política del Perú y el segundo párrafo del artículo 2º de la Ley Nº 26647, que facultan al Presidente de la República a celebrar y ratificar tratados o adherir a éstos sin el requisito de la aprobación previa del Congreso;

DECRETA:

Artículo 1º.- Ratifícase la “Enmienda a la Parte I del Anexo A del Convenio de Estocolmo de 2001 para incluir en ella el Dicofol”, adoptada por la Conferencia de las Partes del Convenio de Estocolmo sobre Contaminantes Orgánicos Persistentes de 2001 en su novena reunión llevada a cabo en la ciudad de Ginebra del 29 de abril al 10 de mayo de 2019.

Artículo 2º.- De conformidad con los artículos 4º y 6º de la Ley Nº 26647, el Ministerio de Relaciones Exteriores procederá a publicar en el diario oficial “El Peruano” el texto íntegro del referida enmienda, así como la fecha de entrada en vigencia.

Artículo 3º.- Dése cuenta al Congreso de la República.

Artículo 4º.- El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veinte días del mes de julio del año dos mil veintiuno.

FRANCISCO RAFAEL SAGASTI HOCHHAUSLER

Presidente de la República

ALLAN WAGNER TIZÓN

Ministro de Relaciones Exteriores

1974970-10