Aprueban el documento denominado “Lineamientos Generales para la formulación de Reglamentos Internos de Mercados de Abastos Minoristas”
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 00190-2021-PRODUCE
Lima, 15 de julio de 2021
VISTOS: Los Memorandos Nos. 00000170-2021-PRODUCE/DP, 00000176-2021-PRODUCE/DP y 00000741-2021-PRODUCE/DGPAR de la Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio; el Memorando N° 00000774-2021-PRODUCE/DVMYPE-I-PNDP del Programa Nacional de Diversificación Productiva; el Memorando N° 00000791-2021-PRODUCE/DGDE de la Dirección General de Desarrollo Empresarial; el Memorando N° 00000867-PRODUCE/DVMYPE-I del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria y el Informe N° 00000515-2021-PRODUCE/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, en su artículo 4, establece que los Ministerios y Entidades Públicas del Poder Ejecutivo ejercen sus competencias exclusivas en todo el territorio nacional con arreglo a sus atribuciones y según lo disponga su normatividad específica y están sujetos a la política nacional y sectorial;
Que, el Ministerio de la Producción es competente en pesquería, acuicultura, industria, micro y pequeña empresa, comercio interno, promoción y desarrollo de cooperativas; conforme a lo establecido en el artículo 3 de la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, aprobada por Decreto Legislativo N° 1047;
Que, de acuerdo al literal c) del artículo 16 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 002-2017-PRODUCE, el Despacho Viceministerial de MYPE e Industria tiene como función proponer o aprobar normas, lineamientos, directivas, de alcance nacional sobre el desarrollo de las actividades vinculadas a la industria, MYPE, cooperativas y comercio interno, así como de las cadenas productivas, conglomerados, clúster, parques, áreas, zonas y espacios industriales, entre otros, vinculados al desarrollo industrial y productivo, en el ámbito de sus competencias;
Que, mediante el artículo 1 del Decreto Supremo N° 345-2018-EF, se aprobó la Política Nacional de Competitividad y Productividad, la cual es de cumplimiento obligatorio para todas las entidades de los diferentes Poderes del Estado, Organismos Constitucionales Autónomos y de los diferentes niveles de gobierno; y cuenta con nueve (09) Objetivos Prioritarios, entre los que se encuentra el Objetivo Prioritario N° 6 denominado: Generar las condiciones para desarrollar un ambiente de negocios productivo;
Que, mediante el artículo 1 del Decreto Supremo N° 237-2019-EF, se aprobó el Plan Nacional de Competitividad y Productividad, cuyo Objetivo Prioritario 6 denominado “Generar las condiciones para desarrollar un ambiente de negocios productivo”, tiene entre otros, la Medida Política 6.6: “Nuevo modelo de mercados de abastos”, que consiste en diseñar e implementar pilotos de mercados de abastos que cumplan con estándares de calidad en infraestructura, buenas prácticas, manejo de residuos sólidos, instalaciones y equipos complementarios, limpieza y seguridad, sanidad e inocuidad, lo cual se debe realizar en diferentes regiones del Perú, tomando en consideración las condiciones geográficas, socio-económicas y culturales de cada localidad;
Que, mediante Resolución Ministerial N° 155-2021-PRODUCE, se aprobó el “Modelo de Gestión para Mercados de Abastos Minoristas Competitivos”, precisándose que este tiene carácter referencial y no es de aplicación obligatoria, por estar orientado al fortalecimiento de la gestión de los mercados de abastos minoristas con una visión de futuro;
Que, el Despacho Viceministerial de MYPE e Industria, mediante el Memorando N° 00000867-2021-PRODUCE/DVMYPE-I, propone la aprobación del documento denominado “Lineamientos Generales para la formulación de Reglamentos Internos de Mercados de Abastos Minoristas”, que tiene por objeto brindar orientación a los gobiernos locales, comerciantes, administradores y responsables de la gestión de los mercados de abastos minoristas, para formular y/o actualizar reglamentos internos de mercados de abastos, con la finalidad de mejorar su funcionamiento, promover una óptima prestación de sus servicios y aportar a su competitividad;
Que, de acuerdo a los documentos de los vistos, la propuesta de “Lineamientos Generales para la formulación de Reglamentos Internos de Mercados de Abastos Minoristas” ha sido elaborada en el marco de lo establecido en el “Modelo de Gestión para Mercados de Abastos Minoristas Competitivos”, aprobado por la Resolución Ministerial N° 00155-2021-PRODUCE, y, en consecuencia, guarda coherencia con el Objetivo Prioritario 6 denominado “Generar las condiciones para desarrollar un ambiente de negocios productivo” y la Medida Política 6.6: “Nuevo modelo de mercados de abastos” del “Plan Nacional de Competitividad y Productividad”, aprobado por Decreto Supremo N° 237-2019-EF;
Que, la organización interna de los mercados de abastos resulta un factor prioritario para mejorar su competitividad al establecer las reglas claras que deben seguir los comerciantes y administradores, generando predictibilidad, que redunda en la mejor provisión del servicio en beneficio de los consumidores; por lo que resulta necesario establecer un marco referencial orientado al fortalecimiento de la gestión de los mercados de abastos minoristas;
Con las visaciones del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria, de la Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio, de la Dirección General de Desarrollo Empresarial, del Programa Nacional de Diversificación Productiva, y de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo N° 1047, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y modificatorias; el Decreto Supremo N° 345-2018-EF, que aprueba la Política Nacional de Competitividad y Productividad; el Decreto Supremo N° 237-2019-EF, que aprueba el Plan Nacional de Competitividad y Productividad; y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2017-PRODUCE y modificatoria;
SE RESUELVE:
Artículo 1. Aprobar el documento denominado “Lineamientos Generales para la formulación de Reglamentos Internos de Mercados de Abastos Minoristas”, que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial.
Artículo 2. El documento aprobado mediante el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial tiene alcance nacional y es de carácter referencial por estar orientado a los gobiernos locales, comerciantes, administradores y responsables de la gestión de los mercados de abastos minoristas para la mejora del funcionamiento interno de los mercados de abastos, su óptima prestación de servicios y aporte a su competitividad.
Artículo 3. Disponer que la Dirección General de Desarrollo Empresarial del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria efectúe las acciones necesarias para la promoción y difusión del documento denominado “Lineamientos Generales para la formulación de Reglamentos Internos de Mercados de Abastos Minoristas”, aprobado en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial.
Artículo 4. Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y de su Anexo en el portal institucional del Ministerio de la Producción (www.gob.pe/produce), el mismo día de la publicación de la presente norma en el Diario Oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JOSÉ LUIS CHICOMA LÚCAR
Ministro de la Producción
1974031-1