LEY Nº 31276

LA PRESIDENTA A. I. DEL CONGRESO

DE LA REPÚBLICA

POR CUANTO:

EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;

Ha dado la Ley siguiente:

LEY QUE DECLARA DE NECESIDAD PÚBLICA Y PREFERENTE INTERÉS NACIONAL LA EJECUCIÓN DEL PROYECTO INSTALACIÓN DE SERVICIO DE AGUA PARA RIEGO TECNIFICADO EN LOS SECTORES URUSAYHUA - ICHIQUIATO BAJO - PALMA REAL, DISTRITO DE ECHARATI -

LA CONVENCIÓN - CUSCO

Artículo único. Declaración de necesidad pública y preferente interés nacional

Declárase de necesidad pública y preferente interés nacional la implementación del servicio de agua para riego tecnificado en los sectores Urusayhua - Ichiquiato Bajo - Palma Real, distrito de Echarati - La Convención - Cusco.

DISPOSICIÓN

COMPLEMENTARIA FINAL

ÚNICA. Encárgase al Poder Ejecutivo, para que, a través del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, en coordinación con las entidades competentes del Gobierno Regional del Cusco y de la Municipalidad Distrital de Echarati, adopten medidas y acciones necesarias para priorizar la ejecución del Proyecto Instalación de Servicio de Agua para Riego Tecnificado en los Sectores Urusayhua - Ichiquiato Bajo - Palma Real, distrito de Echarati - La Convención - Cusco.

Comuníquese al señor Presidente de la República para su promulgación.

En Lima, a los dieciséis días del mes de junio de dos mil veintiuno.

MIRTHA ESTHER VÁSQUEZ CHUQUILIN

Presidenta a. i. del Congreso de la República

LUIS ANDRÉS ROEL ALVA

Segundo Vicepresidente del

Congreso de la República

AL SEÑOR PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

POR TANTO:

No habiendo sido promulgada dentro del plazo constitucional por el señor Presidente de la República, en cumplimiento de los artículos 108 de la Constitución Política del Perú y 80 del Reglamento del Congreso de la República, ordeno que se publique y cumpla.

En Lima, a los trece días del mes de julio de dos mil veintiuno.

MIRTHA ESTHER VÁSQUEZ CHUQUILIN

Presidenta a. i. del Congreso de la República

LUIS ANDRÉS ROEL ALVA

Segundo Vicepresidente del

Congreso de la República

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