Aprueban las Bases del Sorteo “La Municipalidad de Lince Premia Tu Puntualidad en Fiestas Patrias”
DECRETO DE ALCALDÍA
Nº 09-2021-MDL
Lince, 13 de julio de 2021
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE
LINCE
VISTO:
El informe 178-2021-MDL/GAT/SRROC y 198-2021-MDL/GAT/SRROC de fecha 23 de junio de 2021 y 07 de julio de 2021 respectivamente, elaborado por la Subgerencia de Registro, Recaudación y Orientación al Contribuyente, el Memorándum N° 166-2021-MDL/GAT, de fecha 08 de julio de 2021, emitido por la Gerencia de Administración Tributaria, el Acta de Instalación de la Comisión para la Organización de Beneficios a Otorgarse en el Programa de Incentivos del Vecino Linceño regulado mediante Ordenanza Municipal N° 307-MDL de fecha 11 de noviembre de 2019 y el Informe N° 0288-2021-MDL/GAJ de fecha 12 de julio de 2021, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica.
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley de Reforma Constitucional N° 28607 establece que las Municipalidades Provinciales y Distritales son órganos de gobierno local, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, radicando esta facultad de ejercer actos de gobierno, administrativo y de administración con sujeción al ordenamiento jurídico, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades;
Que, mediante Ley N° 29332, se crea el Programa de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal (PI), el cual es una herramienta de incentivos presupuestarios diseñada en el marco del Presupuesto por Resultados (PpR) a cargo del Ministerio de Economía y Finanzas, con la finalidad de promover la mejora de la calidad de los servicios públicos provistos por las municipalidades a nivel nacional;
Que, mediante Decreto Supremo N° 397-2020-EF publicado en el Diario Oficial El Peruano el 21 de diciembre de 2020, se aprueban los procedimientos para el cumplimiento de las metas y la asignación de recursos del Programa de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal del año 2021;
Que, mediante Resolución Directoral N° 0001-2021-EF/50.01 del MEF publicada en el Diario Oficial El Peruano el 21 de diciembre de 2020, se aprueban los cuadros de actividades para el cumplimiento de las metas del Programa de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal establecidas al 31 de diciembre de 2021;
Que, el artículo 20° de la Ley de Tributación Municipal, aprobado mediante Decreto Legislativo N° 776 y modificado por Decreto Legislativo N° 952 establece que el Rendimiento del Impuesto Predial, constituye renta de la Municipal Distrital respectiva en cuya jurisdicción se encuentran ubicados los predios materia del impuesto, estando a su cargo la administración del mismo. El 5% (cinco por ciento) del rendimiento del impuesto se destina exclusivamente a financiar el desarrollo y mantenimiento del catastro digital, así como a las acciones que realice la administración tributaria, destinadas a reforzar su gestión y mejorar la recaudación;
Que, asimismo mediante Ordenanza N° 429-2019-MDL se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad Distrital de Lince, que en su artículo 64° establece como una de las funciones de la Gerencia de Administración Tributaria, lo siguiente: a) Formular y proponer políticas, normas, planes y programas que permitan generar rentas para la Municipalidad; así como en su artículo 67° establece entre otras funciones de la Subgerencia de Registro, Recaudación y Orientación al Contribuyente lo siguiente: i) Diseñar, dirigir, controlar y ejecutar estrategias de cobranza de las obligaciones tributarias (…).
Que, la Municipalidad Distrital de Lince, cuenta con la Ordenanza N° 307-MDL “Ordenanza que aprueba el Programa de Incentivos del Vecino Linceño Preferente” de fecha 25 de febrero de 2012 en la que establece que el programa de incentivos del vecino Linceño preferente, se encontrara constituido por los siguientes beneficios: 1) Tarjeta Vecino Linceño Preferente, 2) Sorteo de Bienes Muebles, 3) Servicio de Seguro Puntual Linceño y 4) Otros que puedan implementarse en el tiempo que coadyuven al proceso de pago oportuno de las obligaciones tributarias en Lince.
Que, con Informe N° 178-2021-MDL/GAT/SRROC de fecha 23 de junio de 2021, la Subgerencia de Registro, Recaudación y Orientación al Contribuyente de la Gerencia de Administración Tributaria, informa que para el cumplimiento de la meta 2 “Fortalecimiento de la Administración y Gestión del Impuesto Predial” se recomienda la ejecución de “La Campaña Tributaria de Incentivos, La Municipalidad de Lince Premia Tu Puntualidad en Fiestas Patrias”, con la finalidad de promover el pago puntual de los tributos del vecino Linceño del ejercicio 2021;
Que, en ese sentido mediante Memorándum N°166-2021-MDL/GAT, de fecha 08 de julio de 2021, el Gerente de Administración Tributaria, hace suya la propuesta de la Subgerencia de Registro, Recaudación y Orientación al Contribuyente y solicita efectuar las acciones necesarias para efectuar la propuesta realizada;
Que, con Acta de Instalación de Comisión para la Organización de Beneficios a Otorgarse en el Programa de Incentivos del Vecino Linceño, regulado mediante Ordenanza Municipal N° 307-MDL, consideraron realizar un sorteo de bienes muebles, el que se efectuará de manera electrónica;
Que, con Informe N° 0288-2021-MDL/GAJ de fecha 12 de julio de 2021, de la Gerencia de Asesoría Jurídica, opina que, se declare procedente la aprobación de las Bases del Sorteo “La Municipalidad de Lince Premia Tu Puntualidad en Fiestas Patrias”;
Que, estando a lo expuesto y conforme a las atribuciones conferidas por el numeral 6) del artículo 20° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades;
RESUELVE:
Artículo Primero.- APROBAR las Bases del Sorteo “La Municipalidad de Lince Premia Tu Puntualidad en Fiestas Patrias” que forma parte del presente Decreto de Alcaldía.
Artículo Segundo.- ENCARGAR el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía a la Gerencia de Administración Tributaria, Subgerencia de Registro, Recaudación y Orientación al Contribuyente, Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional y Subgerencia de Tecnologías de la Información.
Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaría General, la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario Oficial El Peruano y su Anexo en el Portal de la Municipalidad Distrital de Lince y a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen de difusión correspondiente.
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
VICENTE AMABLE ESCALANTE
Alcalde
1972900-1