Aprueban el “Plan de Capacitación de la Oficina Nacional de Justicia de Paz y Justicia Indígena - 2021”

consejo ejecutivo

RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA

N° 000214-2021-CE-PJ

Lima, 13 de Julio del 2021

VISTO:

El Oficio N° 00010-2021-CR-ONAJUP-CE-PJ cursado por la doctora Mercedes Pareja Centeno, Consejera Responsable de la Oficina Nacional de Justicia de Paz y Justicia Indígena.

CONSIDERANDO:

Primero. Que, de acuerdo con el artículo 30° del Reglamento de Organización y Funciones del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la Oficina Nacional de Justicia de Paz y Justicia Indígena es el órgano de línea encargado de formular, planificar, gestionar, ejecutar y evaluar las actividades que establece el Poder Judicial para el desarrollo y fortalecimiento de la Justicia de Paz en el país, con arreglo a las políticas y planes que apruebe el Consejo Ejecutivo a su propuesta; así como diseñar, promover, impulsar y sistematizar las acciones de coordinación entre la jurisdicción ordinaria, la jurisdicción de paz y la jurisdicción especial acorde con lo establecido por el artículo 149° de la Constitución Política del Estado.

Segundo. Que, el artículo 58°, numeral 3, de la Ley N° 29824, Ley de Justicia de Paz, dispone que la Oficina Nacional de Justicia de Paz y Justicia Indígena diseña los planes nacionales de capacitación a jueces de paz. De ambas normas se tiene entonces que dicha dependencia diseña los planes de capacitación que aborden las materias sobre las cuales tiene competencia: Justicia de Paz y Justicia Intercultural.

Tercero. Que, en ese contexto, la señora Consejera Responsable de la Oficina Nacional de Justicia de Paz y Justicia Indígena mediante Oficio N° 00010-2021-CR-ONAJUP-CE-PJ, remite a este Órgano de Gobierno el Plan de Capacitación 2021 de la citada oficina; así como el Informe N° 044-2021-ONAJUP-CE-PJ, el cual desarrolla sus principales alcances.

Cuarto. Que, el referido Plan está estructurado en dos partes: el Plan de Capacitación para jueces y juezas de paz, y el Plan de Actividades educativas en Justicia Intercultural. En el primer caso, el Plan contiene la matriz de contenidos, la metodología, los cronogramas, la forma en que serán efectuadas las evaluaciones, entre otros aspectos, que servirán como línea de base para la estandarización y ejecución de los procesos de capacitación. Para su desarrollo se ha contemplado la participación de las Oficinas Distritales de Apoyo a la Justicia de Paz y el apoyo de otros aliados como el Consejo del Notariado y la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, ambos del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, el Programa Nacional para la Prevención y Erradicación de la Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar -AURORA- del Ministerio de la Mujer y Población Vulnerables; y la Dirección de Rondas Campesinas del Ministerio del Interior. En el caso del Plan de Justicia Intercultural, se parte de las necesidades identificadas luego de la aplicación de instrumentos de recojo de información en reuniones de trabajo con distintos servidores y jueces; así como del correspondiente análisis de las actividades que tradicionalmente venían desplegándose en la Oficina Nacional de Justicia de Paz y Justicia Indígena, respecto de la Justicia Intercultural, las cuales se agotaban en productos inmediatos sin impacto ni medición. Por tal motivo, en el mencionado Plan se plantean actividades, metodologías, productos y resultados concretos y diferenciados según objetivos específicos, los cuales se encuentran a su vez diferenciados por ejes, todos orientados a la meta final que es la prestación del servicio de justicia con pertinencia cultural.

Quinto. Que, el artículo 82°, inciso 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial determina como función y atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias, para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y eficiencia. Por lo que siendo así, y teniendo en cuenta que el Plan de Capacitación de la Oficina Nacional de Justicia de Paz y Justicia Indígena 2021, se encuentra formulado considerando las metas previstas en el Plan Estratégico Institucional (PEI) 2021-2030 del Poder Judicial, aprobado por Resolución Administrativa N° 136-2021-P-PJ, deviene en pertinente su aprobación.

Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo N° 791-2021 de la cuadragésima sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de fecha 7 de julio de 2021, realizada en forma virtual con la participación de los señores y señoras Barrios Alvarado, Arévalo Vela, Lama More, Álvarez Trujillo, Pareja Centeno y Castillo Venegas; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad,

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Aprobar el “Plan de Capacitación de la Oficina Nacional de Justicia de Paz y Justicia Indígena–2021”, con cargo a la disponibilidad presupuestal; que en anexo forma parte de la presente resolución.

Artículo Segundo.- Publicar la presente resolución y el documento aprobado, en el Portal Institucional del Poder Judicial, para su difusión y cumplimiento.

Artículo Tercero.- Transcribir la presente resolución a la Oficina de Control de la Magistratura, Presidencias de las Cortes Superiores de Justicia del país, Oficina Nacional de Justicia de Paz y Justicia Indígena; y a la Gerencia General del Poder Judicial para su conocimiento y fines pertinentes.

Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.

ELVIA BARRIOS ALVARADO

Presidenta

1972806-6