Dan por terminadas funciones de Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la República de Polonia

resolución suprema

n° 088-2021-re

Lima, 13 de julio de 2021

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución Suprema N° 051-2015-RE, de 27 de marzo de 2015, se nombró Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la República de Polonia al Embajador en el Servicio Diplomático de la República Alberto Efraín Wilfredo Salas Barahona;

Que, mediante Resolución Ministerial N° 0372-2015-RE, se fijó el 10 de agosto de 2015, como la fecha en que el citado funcionario diplomático asumió funciones como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la República de Polonia;

Que, mediante Resolución Suprema N° 295-2015-RE, de 4 de diciembre de 2015, se nombró al referido funcionario diplomático para que se desempeñe simultáneamente como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú ante Ucrania, con residencia en la ciudad de Varsovia, República de Polonia; y,

De conformidad con la Ley N° 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República y modificatorias; el Decreto Supremo N° 130-2003-RE, Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República y modificatorias; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado por Decreto Supremo N° 135-2010-RE;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Dar por terminadas las funciones del Embajador en el Servicio Diplomático de la República Alberto Efraín Wilfredo Salas Barahona, como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la República de Polonia.

Artículo 2.- Dar por terminadas las funciones del Embajador en el Servicio Diplomático de la República Alberto Efraín Wilfredo Salas Barahona, como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú ante Ucrania, con residencia en la ciudad de Varsovia, República de Polonia.

Artículo 3.- La fecha de término de sus funciones será fijada mediante Resolución Ministerial.

Artículo 4.- Cancelar las Cartas Credenciales y los Plenos Poderes correspondientes.

Artículo 5.- Darle las gracias por los importantes servicios prestados a la Nación en el desempeño de sus funciones.

Artículo 6.- Aplicar el egreso que irrogue la presente Resolución a las partidas correspondientes del Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores.

Artículo 7.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

FRANCISCO RAFAEL SAGASTI HOCHHAUSLER

Presidente de la República

Allan Wagner Tizón

Ministro de Relaciones Exteriores

1972550-6