Prorrogan plazo de vigencia de la Comisión Multisectorial para la reforma del Subsector Electricidad

resolución suprema

n° 003-2021-EM

Lima, 8 de julio de 2021

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 35 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece que las Comisiones del Poder Ejecutivo son órganos que se crean para cumplir con las funciones de seguimiento, fiscalización, propuesta o emisión de informes, que deben servir de base para las decisiones de otras entidades. Sus conclusiones carecen de efectos jurídicos frente a terceros. No tienen personería jurídica ni administración propia y están integradas a una entidad pública;

Que, con Resolución Suprema N° 006-2019-EM, publicada el 20 de junio de 2019 en el diario oficial El Peruano, se creó la Comisión Multisectorial de naturaleza temporal para la reforma del Subsector Electricidad, dependiente del Ministerio de Energía y Minas, cuyo objeto es realizar un análisis minucioso del mercado de electricidad y del marco normativo relacionado a los Subsectores Electricidad e Hidrocarburos, en lo relacionado a la provisión de energía eléctrica para el Sistema Eléctrico Interconectado Nacional (SEIN), a fin de formular propuestas orientadas a la adopción de medidas que garanticen la sostenibilidad y desarrollo del Subsector Electricidad en las actividades de generación, transmisión, distribución y comercialización de la energía eléctrica;

Que, el artículo 7 de la Resolución Suprema N° 006-2019-EM señala que la Comisión Multisectorial se instala a los quince (15) días hábiles siguientes a la publicación de la mencionada Resolución Suprema en el diario oficial El Peruano;

Que, el artículo 10 de la Resolución Suprema N° 006-2019-EM establece que el plazo de vigencia de la Comisión Multisectorial es de veinticuatro (24) meses contados a partir del día de su instalación. Al término de su vigencia, la Comisión Multisectorial presenta al Ministerio de Energía y Minas, en su condición de ente rector en la materia, un Informe Final que contenga las propuestas de reforma del marco normativo relacionado a los Subsectores Electricidad e Hidrocarburos, en lo relacionado a la provisión de energía eléctrica para el Sistema Eléctrico Interconectado Nacional (SEIN);

Que, con fecha 11 de julio de 2019 se llevó a cabo el acto de instalación de la Comisión Multisectorial, a partir del cual se cuenta el plazo de veinticuatro (24) meses establecido en la Resolución Suprema Nº 006-2019-EM y el cual está próximo a vencer el 11 de julio de 2021;

Que, mediante Informes N° 143-2021-MINEM/DGE y Nº 186-2021-MINEM/DGE la Dirección General de Electricidad, en su calidad de Secretaría Técnica de la Comisión Multisectorial para la reforma del Subsector Electricidad, manifiesta que la Comisión se encuentra activa y ha concluido la Primera Etapa de la elaboración del Libro Blanco a través del desarrollo del Marco Conceptual para la Modernización del Sector Eléctrico Peruano, por lo que se requiere un tiempo adicional de dieciocho (18) meses para proseguir con la elaboración de la propuesta normativa, que comprende las etapas de convocatoria, desarrollo de la propuesta, participación ciudadana, difusión y socialización con los agentes del sector, la sociedad civil y ciudadanía en general, hasta la presentación del Libro Blanco por la Comisión Multisectorial con las propuestas normativas (leyes y reglamentos) a la autoridad competente;

Que, el numeral 4.1.2 del Anexo de la Directiva N° 001-2013-PCM-SC “Lineamientos sobre las Comisiones Multisectoriales del Poder Ejecutivo”, aprobada por Resolución Ministerial N° 268-2013-PCM, señala que en caso el periodo de vigencia de la Comisión se encuentre por vencer sin que la Comisión haya culminado de cumplir sus funciones, se debe tramitar la emisión de la Resolución Suprema que amplíe su período de existencia;

Que, en virtud del marco normativo y los hechos expuestos en los considerandos precedentes, es necesario emitir la Resolución Suprema que prorrogue por dieciocho (18) meses adicionales el plazo de vigencia de la Comisión Multisectorial creada mediante Resolución Suprema Nº 006-2019-EM;

De conformidad con el numeral 8 del artículo 118 de la Constitución Política del Perú; y, la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Prórroga de la vigencia de la Comisión Multisectorial

Prorrógase por dieciocho (18) meses adicionales, a partir del 12 de julio de 2021, el plazo de vigencia de la Comisión Multisectorial para la reforma del Subsector Electricidad, creada por Resolución Suprema Nº 006-2019-EM.

Artículo 2.- Publicación

La presente Resolución Suprema es publicada en la Plataforma Digital Única para Orientación al Ciudadano (www.gob.pe), así como, en los portales institucionales de los ministerios cuyos/as titulares la refrendan, el mismo día de su publicación en el diario oficial El Peruano.

Artículo 3.- Refrendo

La presente Resolución Suprema es refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros, el Ministro de Economía y Finanzas y el Ministro de Energía y Minas.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

FRANCISCO RAFAEL SAGASTI HOCHHAUSLER

Presidente de la República

VIOLETA BERMÚDEZ VALDIVIA

Presidenta del Consejo de Ministros

WALDO MENDOZA BELLIDO

Ministro de Economía y Finanzas

JAIME GÁLVEZ DELGADO

Ministro de Energía y Minas

1970926-5