Conforman la “Mesa de Diálogo para abordar integralmente la problemática hídrica de la provincia de Candarave, departamento de Tacna”

resolución DE Secretaría de

Gestión Social y Diálogo

N° 004-2021-PCM/SGSD

Lima, 2 de julio de 2021

VISTOS:

El Informe Nº D000021-2021-PCM-SSGC-JPB y la Nota de Elevación Nº D000266-2021-PCM-SSGC de la Subsecretaría de Gestión de Conflictos de la Secretaría de Gestión Social y Diálogo del Viceministerio de Gobernanza Territorial de la Presidencia del Consejo de Ministros; y,

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 17 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece que la Presidencia del Consejo de Ministros es el Ministerio responsable de la coordinación de las políticas nacionales y sectoriales del Poder Ejecutivo, coordina las relaciones con los demás Poderes del Estado, los organismos constitucionales, gobiernos regionales, gobiernos locales y la sociedad civil;

Que, el Estado desde la Presidencia del Consejo de Ministros, se ha trazado como objetivo primordial el coordinar los procesos de diálogo involucrando a los diversos actores sociales, representantes de entidades públicas y privadas, así como a los funcionarios en sus diversos niveles de gobierno, a fin de encausar las distintas demandas ciudadanas y encaminar la solución de conflictos sociales y expectativas de la población;

Que, mediante Resolución Ministerial N° 300-2019-PCM, se formalizó la instalación y conformación del Grupo de Trabajo denominado “Mesa de Diálogo para abordar integralmente la problemática hídrica de la provincia de Candarave, departamento de Tacna”; con plazo de vigencia de ciento ochenta (180) días hábiles, el mismo que a la fecha se encuentra vencido;

Que, resulta necesario contar con un espacio de diálogo que permita continuar con la articulación entre el Ejecutivo, la empresa privada, autoridades locales y sociedad civil organizada de la provincia de Candarave para procurar la adecuada atención de la problemática hídrica de la provincia de Candarave;

Que, los artículos 58 y 59 del Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Decreto Supremo N° 022-2017-PCM señalan que la Secretaría de Gestión Social y Diálogo es el órgano de línea con autoridad técnico normativa a nivel nacional, responsable en materias de prevención, gestión y solución de controversias, diferencias y conflictos sociales, que tiene entre sus funciones proponer normas y aprobar directivas, lineamientos, protocolos y demás dispositivos, en materia de su competencia; asimismo, coordina con todas las entidades del Poder Ejecutivo, los gobiernos regionales y gobiernos locales, la debida atención de los procesos de diálogo, mediación, negociación, entre otros mecanismos para la solución de controversias y conflictos sociales;

Que, asimismo, de acuerdo a lo establecido en el artículo 62 del citado Reglamento de Organización y Funciones, la Subsecretaría de Gestión de Conflictos de la Secretaría de Gestión Social y Diálogo, tiene entre su funciones, implementar los mecanismos y metodologías para la atención de conflictos sociales, tales como mediación, negociación, intervención en campo y coordinación para la atención de demandas sectoriales; e identificar la necesidad de conformar mesas de diálogo y coordinar su implementación con la Subsecretaría de Diálogo y Sostenibilidad;

Que, a través de los documentos de vistos, la Subsecretaría de Gestión de Conflictos de la Secretaría de Gestión Social y Diálogo, propone la implementación de la Mesa de Diálogo para abordar integralmente la problemática hídrica de la provincia de Candarave, departamento de Tacna;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; y, el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por el Decreto Supremo Nº 022-2017-PCM;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Conformación de la Mesa de Diálogo

Conformar la “Mesa de Diálogo para abordar integralmente la problemática hídrica de la provincia de Candarave, departamento de Tacna”, a cargo de la Secretaría de Gestión Social y Diálogo del Viceministerio de Gobernanza Territorial de la Presidencia del Consejo de Ministros.

Artículo 2.- Objeto

La Mesa de Diálogo tiene por objeto realizar acciones de coordinación para la definición de un diagnóstico compartido y la adopción de acciones concretas que aborden integralmente la problemática hídrica en la provincia de Candarave, departamento de Tacna.

Artículo 3.- Integrantes

La Mesa de Diálogo está integrada por:

- El Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego;

- La Presidencia del Consejo de Ministros;

- El Ministerio del Ambiente;

- El Ministerio de Energía y Minas;

- El Ministerio de Salud;

- El Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento;

- La Autoridad Nacional del Agua;

- El Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental;

- El Gobierno Regional de Tacna;

- La Municipalidad Provincial de Candarave;

- Las Municipalidades Distritales de Camilaca, Huanuara, Cairani, Quilahuani, Curibaya; o su/s representante/s;

- La Junta de Usuarios y las comisiones de regantes de la provincia de Candarave;

- Organizaciones representativas de la sociedad civil de la provincia de Candarave y de los distritos que la conforman;

- La empresa minera Southern Perú Copper Corporation.

La Presidencia de la Mesa de Diálogo está a cargo del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, en coordinación con la Municipalidad Provincial de Candarave.

Artículo 4.- Designación de representantes

Cada integrante de la Mesa de Diálogo debe contar con un/a representante titular y un/a representante alterno/a, que serán designados mediante documento emitido por cada miembro dirigido a la Presidencia dentro del plazo de diez (10) días hábiles contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente resolución.

Artículo 5.- Funciones

La Mesa de Diálogo, tiene las siguientes funciones:

a) Identificar actividades para el desarrollo de análisis, evaluación o estudios sobre la problemática hídrica de la provincia de Candarave, departamento de Tacna.

b) Proponer la adopción de acciones concretas que brinden alternativas de solución a la problemática hídrica en la provincia de Candarave.

c) Coordinar y gestionar con entidades públicas y privadas, en el ámbito de sus competencias, el cumplimiento de los acuerdos de la Mesa de Diálogo.

d) Desarrollar otras acciones orientadas a sostener y fortalecer el cumplimiento de sus funciones, en la provincia de Candarave, departamento de Tacna.

Artículo 6.- De los Subespacios de Diálogo

Para el desarrollo de las actividades de la Mesa de Diálogo, se conforman tres (03) Subespacios de Diálogo:

a) Subespacio 01: Licencias para uso de agua.

b) Subespacio 02: Calidad y cantidad de agua para consumo humano.

c) Subespacio 03: Calidad y cantidad de agua para consumo agropecuario.

Artículo 7.- Secretaría Técnica

La Secretaría Técnica está a cargo de un representante del Ministerio de Energía y Minas, quien coordinará las acciones necesarias para el cumplimiento de los objetivos trazados.

Artículo 8.- De la información, colaboración, asesoramiento y apoyo de profesionales

La Mesa de Diálogo podrá solicitar la colaboración, asesoramiento, apoyo, opinión y aporte técnico de representantes de diferentes entidades públicas y/o privadas; así como del Gobierno Regional y gobiernos locales que se encuentren en el ámbito de intervención, para lo cual podrá convocar a los especialistas e instituciones que sean necesarios para la consecución de sus fines.

Artículo 9.- Financiamiento

Las entidades que conforman la Mesa de Diálogo sujetan el cumplimiento de sus compromisos a su presupuesto institucional, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público. La participación de los representantes de la Mesa de Diálogo es ad honorem.

Artículo 10.- Instalación

La Mesa de Diálogo se instala en un plazo que no excede de veinte (20) días hábiles contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente resolución.

Artículo 11.- Periodo de vigencia e Informe Final

La Mesa de Diálogo tiene vigencia hasta el 30 de junio de 2022, plazo dentro del cual presenta un informe a la Secretaría de Gestión Social y Diálogo del Viceministerio de Gobernanza Territorial de la Presidencia del Consejo de Ministros. Dicha vigencia puede ser ampliada a propuesta de la Secretaría Técnica.

Artículo 12.- Publicación

Disponer la publicación de la presente resolución en el portal institucional de la Presidencia del Consejo de Ministros (www.gob.pe/pcm), en la misma fecha de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

CARMEN GISELLE HUAMANI OLIVO

Secretaria

Secretaría de Gestión Social y Diálogo

Viceministerio de Gobernanza Territorial

1970509-2