Sustituyen cuadro consignado en el art. 1 de la Res. N° 080-2021-OS/CD, que aprobó los “Porcentajes para Determinar el Costo Anual Estándar de Operación y Mantenimiento de Instalaciones de Transmisión”, aplicables al período entre el 01 de mayo de 2021 y el 30 de abril de 2027

RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO

ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN

EN ENERGÍA Y MINERÍA OSINERGMIN

N° 163-2021-OS/CD

Lima, 1 de julio de 2021

CONSIDERANDO:

Que, como consecuencia de los recursos de reconsideración interpuestos contra la Resolución N° 080-2021-OS/CD, mediante la que se aprobó los “Porcentajes para Determinar el Costo Anual Estándar de Operación y Mantenimiento de Instalaciones de Transmisión”, para el periodo 01 mayo 2021 – 30 de abril 2027, se han expedido las Resoluciones del N° 159-2021-OS/CD al N° 162-2021-OS/CD;

Que, en la parte resolutiva de las decisiones señaladas en el considerando anterior, se ha dispuesto que las modificaciones en los Porcentajes para determinar el Costo Anual Estándar de Operación y Mantenimiento de Instalaciones de Transmisión para el periodo mayo 2021 - abril 2027, que motiven los extremos declarados fundados y fundados en parte, deberán consignarse en resolución complementaria;

Que, se ha emitido el Informe Técnico N° 450-2021-GRT de la División de Generación y Transmisión Eléctrica de la Gerencia de Regulación de Tarifas, el mismo que complementa la motivación que sustenta la decisión de Osinergmin y la integra, cumpliendo de esta manera con el requisito de validez de los actos administrativos a que se refiere el Artículo 3°, numeral 4, del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General;

De conformidad con lo establecido en la Ley N° 27332, Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos; en el Reglamento General del Osinergmin, aprobado por Decreto Supremo N° 054-2001-PCM; en el Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Eléctricas y en su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 009-93-EM; en el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado con Decreto Supremo N° 004-2019-JUS; así como en sus normas modificatorias, complementarias y conexas;

Estando a lo acordado por el Consejo Directivo de Osinergmin en su Sesión N° 25-2021.

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Sustituir el cuadro consignado en al artículo 1 de la Resolución N° 080-2021-OS/CD, que aprobó los “Porcentajes para Determinar el Costo Anual Estándar de Operación y Mantenimiento de Instalaciones de Transmisión”, aplicables al período comprendido entre el 01 de mayo de 2021 y el 30 de abril de 2027, por el siguiente cuadro:

Código

Para instalaciones

Porcentaje respecto de costo de inversión

Ubicadas en:

Nivel de Tensión (**)

COMAT

Costa

Igual o mayor que 138 kV

3,36%

COAT

Mayor que 30 kV y menor que 138 kV

2,83%

COMT

Mayor que 1 kV y menor o igual que 30 kV (*)

4,49%

SIMAT

Sierra

Igual o mayor que 138 kV

3,40%

SIAT

Mayor que 30 kV y menor que 138 kV

3,51%

SIMT

Mayor que 1 kV y menor o igual que 30 kV (*)

4,86%

SEMAT

Selva

Igual o mayor que 138 kV

3,49%

SEAT

Mayor que 30 kV y menor que 138 kV

3,54%

SEMT

Mayor que 1 kV y menor o igual que 30 kV (*)

4,65%

(*) Aplicable solo para celdas de Alimentadores de Media Tensión, ubicadas dentro de las subestaciones del sistema de transmisión.

(**) Para el caso de transformadores se debe aplicar el factor correspondiente al nivel de tensión del lado primario.

Artículo 2.- Incorporar el Informe N° 450-2021-GRT como parte integrante de la presente resolución.

Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente resolución en el diario oficial El Peruano y consignarla, conjuntamente con el informe a que se refiere el artículo 2, en la página Web de Osinergmin: http://www.osinergmin.gob.pe/Resoluciones/Resoluciones-GRT-2021.aspx.

Jaime Mendoza Gacon

Presidente del Consejo Directivo

1969041-1