Modifican el Plan de Modernización Institucional del Ministerio del Ambiente 2020-2022

Resolución Ministerial

Nº 112-2021-MINAM

Lima, 1 de julio de 2021

VISTOS; el Memorando Nº 00677-2021-MINAM/SG/OGPP de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe Nº 00122-2021-MINAM/SG/OGPP/OPM de la Oficina de Planeamiento y Modernización; el Informe Nº 00327-2021-MINAM/SG/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1013 se crea el Ministerio del Ambiente como organismo del Poder Ejecutivo con personería jurídica de derecho público, cuya función general es diseñar, establecer, ejecutar y supervisar la política nacional y sectorial ambiental, asumiendo la rectoría con respecto a ella; estableciéndose su ámbito de competencia, su estructura orgánica y sus funciones;

Que, la Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, declara al Estado Peruano en proceso de modernización en sus diferentes instancias, dependencias, entidades, organizaciones y procedimientos, con la finalidad de mejorar la gestión pública y construir un Estado democrático, descentralizado y al servicio del ciudadano;

Que, en el artículo 46 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, se señala que los Sistemas Administrativos tiene por finalidad regular la utilización de los recursos en las entidades de la administración pública, promoviendo la eficacia y eficiencia en su uso; considerándose en el numeral 11 del citado artículo, el Sistema Administrativo de Modernización de la gestión pública;

Que, con Decreto Supremo Nº 004-2013-PCM, se aprueba la Política Nacional de Modernización de la Gestión Pública al 2021, con el objetivo general de orientar, articular e impulsar en todas las entidades públicas el proceso de modernización hacia una gestión pública para resultados que impacte positivamente en el bienestar del ciudadano y el desarrollo del país;

Que, a través del Decreto Supremo Nº 123-2018-PCM, se aprueba el Reglamento del Sistema Administrativo de Modernización de la Gestión Pública, estableciendo los principios, normas y procedimientos que aplican al proceso de modernización de la gestión pública, en concordancia con la Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado. En el artículo 4 del citado Reglamento se señala, entre otros aspectos, que la modernización de la gestión pública consiste en la selección y utilización de todos aquellos medios orientados a la creación de valor público en una determinada actividad o servicio a cargo de las entidades públicas; asimismo, precisa que se crea valor público cuando: a) Las intervenciones públicas, que adoptan la forma de bienes, servicios o regulaciones, satisfacen las necesidades y expectativas de las personas, generando beneficios a la sociedad; y, b) Se optimiza la gestión interna a través de un uso más eficiente y productivo de los recursos públicos, para, directa o indirectamente, satisfacer las necesidades y expectativas de las personas, generando beneficios a la sociedad;

Que, mediante Resolución de Secretaría de Gestión Pública Nº 004-2019-PCM-SGP, se aprueban los Lineamientos Nº 001-2019-SGP “Principios de actuación para la modernización de la gestión pública”, cuyo objetivo general es orientar a las entidades públicas hacia una gestión basada en la creación de valor público, que utilice los mejores mecanismos y herramientas de gestión para asegurar que los resultados obtenidos respondan de manera valiosa, pertinente, eficaz y eficiente a las necesidades y expectativas de las personas y la sociedad;

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 349-2019-MINAM, se aprueba el Plan de Modernización Institucional del Ministerio del Ambiente 2020-2022, cuya finalidad es orientar la gestión del Ministerio para brindar un servicio de calidad a la ciudadanía, priorizando y optimizando el uso de los recursos públicos, bajo un enfoque de gestión orientada a resultados, en el marco del proceso de modernización de la gestión pública. Asimismo, como parte del Plan se describen siete (7) etapas en el proceso de formulación e implementación estableciendo en la última de ellas la posibilidad de mejora del Plan en base a resultados obtenidos de la etapa de implementación;

Que, a través del Memorando Nº 00677-2021-MINAM/SG/OGPP, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto remite y hace suyo el Informe Nº 00122-2021-MINAM/SG/OGPP/OPM de la Oficina de Planeamiento y Modernización, el cual propone y sustenta la modificación del Plan de Modernización Institucional del Ministerio del Ambiente 2020-2022, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 349-2019-MINAM, a fin de asegurar su implementación en los años 2021 y 2022;

Con el visado de la Secretaría General, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado; el Decreto Legislativo Nº 1013, que aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; el Decreto Supremo Nº 004-2013-PCM que aprueba la Política Nacional de Modernización de la Gestión Pública; el Decreto Supremo Nº 123-2018-PCM que aprueba el Reglamento del Sistema Administrativo de Modernización de la Gestión Pública; y el Decreto Supremo Nº 002-2017-MINAM, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Modificar el Plan de Modernización Institucional del Ministerio del Ambiente 2020-2022, aprobado por Resolución Ministerial Nº 349-2019-MINAM, conforme al Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y su Anexo en el Portal Institucional del Ministerio del Ambiente (http://www.gob.pe/minam), en la misma fecha de publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial “El Peruano”.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

GABRIEL QUIJANDRÍA ACOSTA

Ministro del Ambiente

1968723-1