Aprueban la adscripción simultánea de la Secretaría Técnica Regional de Eliminación de Barreras Burocráticas en las Comisiones de las Oficinas Regionales de Arequipa, Junín, Cusco, Puno, La Libertad, Cajamarca, Lambayeque, San Martín, Piura, Tacna, Loreto e Ica

RESOLUCIÓN Nº 000004-2021-PRE/INDECOPI

San Borja, 28 de junio de 2021

VISTOS:

El Informe Nº 006-2021/INDECOPI-SRB, el Memorándum Nº 089-2021-SRB/INDECOPI, el Memorándum Múltiple Nº 083-2021-GEG/INDECOPI, el Informe Nº 219-2021-GRH/INDECOPI, el Memorándum Nº 265-2021-GOR/INDECOPI, el Informe Nº 040-2021-ARG/INDECOPI, el Memorándum Nº 587-2021-APP/INDECOPI, el Memorándum Nº 178-2021-GPG/INDECOPI, el Informe Nº 394-2021-GEL/INDECOPI, el Informe Nº 000068-2021-GEG/INDECOPI, el Acuerdo Nº 57-2021 del Consejo Directivo del Indecopi, y los Informes Nº 000016 y Nº 000023-2021-OAJ/INDECOPI; y,

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 4 de la Ley de Organización y Funciones del INDECOPI, aprobada por Decreto Legislativo Nº 1033 y modificatorias, establece que el Consejo Directivo del INDECOPI es el órgano máximo del INDECOPI;

Que, el literal i) del artículo 5 de la Ley de Organización y Funciones del INDECOPI, señala como una de las competencias del Consejo Directivo del INDECOPI el crear y suprimir Secretarías Técnicas para las Comisiones y Salas del Tribunal de la institución;

Que, el literal h) del numeral 7.3 del artículo 7 de la Ley de Organización y Funciones del INDECOPI, establece como competencia del Presidente del Consejo Directivo, las que le sean encomendadas;

Que, el artículo 43 de la Ley de Organización y Funciones del INDECOPI, establece que el Consejo Directivo puede disponer, de forma excepcional, que una Secretaría Técnica, teniendo en cuenta su especialidad en la materia, preste apoyo a más de una Comisión en caso sea necesario;

Que, en virtud al Acuerdo Nº 31-2017 del Consejo Directivo del INDECOPI, se emite la Resolución de la Presidencia del Consejo Directivo del INDECOPI Nº 087-2017-INDECOPI/COD, que crea la Secretaría Técnica Regional de Eliminación de Barreras Burocráticas adscrita a la Comisión de la Oficina Regional del INDECOPI de la Libertad, por un periodo de seis (6) meses, disponiendo además que, mediante resolución, la Presidencia del Consejo Directivo procederá a la creación o desactivación consecutiva de la misma, adscribiéndola a las Comisiones de las Oficinas Regionales del INDECOPI de Piura, Arequipa, Junín, Ica y Cusco, respectivamente;

Que, mediante Resolución de la Presidencia del Consejo Directivo del INDECOPI Nº 73-2018-INDECOPI/COD, se dispuso la desactivación de la Secretaría Técnica Regional de Eliminación de Barreras Burocráticas adscrita a la Comisión de la Oficina Regional del INDECOPI de La Libertad, así como su activación y adscripción a la Comisión de la Oficina Regional del INDECOPI de Piura, por un periodo de seis (6) meses;

Que, con Resolución de la Presidencia del Consejo Directivo del INDECOPI Nº 213-2018-INDECOPI/COD, se aprueba la ampliación del plazo de adscripción establecido en la Resolución de la Presidencia del Consejo Directivo del INDECOPI Nº 73-2018-INDECOPI/COD, por seis (6) meses adicionales, culminando el 12 de mayo de 2019;

Que, en ejecución del Acuerdo Nº 128-2018, mediante Resolución de la Presidencia del Consejo Directivo del INDECOPI Nº 226-2018-INDECOPI/COD, se aprueba la adscripción de la Secretaría Técnica Regional de Eliminación de Barreras Burocráticas a la Comisión de la Oficina Regional del INDECOPI de Arequipa, en forma simultánea a las funciones que realiza para la Comisión de la Oficina Regional del INDECOPI de Piura, por un periodo de seis (6) meses a partir del día siguiente a su publicación;

Que, en virtud al Acuerdo Nº 135-2018 del Consejo Directivo del INDECOPI, con Resolución de la Presidencia del Consejo Directivo del INDECOPI Nº 226-2018-INDECOPI/COD, se modifica la Resolución de la Presidencia del Consejo Directivo del INDECOPI Nº 087-2017-INDECOPI/COD, disponiendo que la adscripción de la Secretaría Técnica Regional de Eliminación de Barreras Burocráticas a las Comisiones de la Oficinas Regionales de Junín, Ica y Cusco, se dará a través de una resolución emitida por la Presidencia del Consejo Directivo del INDECOPI;

Que, mediante Resolución de la Presidencia del Consejo Directivo del INDECOPI Nº 059-2019-INDECOPI/COD, se dio por concluida la adscripción de la Secretaría Técnica Regional de Eliminación de Barreras Burocráticas a la Comisión de la Oficina Regional del INDECOPI de Piura, teniendo como último día el 12 de mayo de 2019, conforme a lo dispuesto mediante Resolución de la Presidencia del Consejo Directivo del INDECOPI Nº 213-2018-INDECOPI/COD;

Que, asimismo, se aprobó la adscripción de la Secretaría Técnica Regional de Eliminación de Barreras Burocráticas a la Comisión de la Oficina Regional del INDECOPI de Junín por doce (12) meses, en materia de eliminación de barreras burocráticas y en forma simultánea a las actividades que viene realizando en la Comisión de la Oficina Regional del INDECOPI de Arequipa, asumiendo las funciones establecidas en el artículo 44º de la Ley de Organización y Funciones del INDECOPI, al día siguiente de la publicación en el Diario Oficial El Peruano;

Que, mediante Resolución de la Presidencia del Consejo Directivo del INDECOPI Nº 108-2019-INDECOPI/COD, se aprobó la ampliación del plazo de adscripción de la Secretaría Técnica Regional de Eliminación de Barreras Burocráticas a la Comisión de la Oficina Regional del INDECOPI de Arequipa por seis (6) meses adicionales, con eficacia anticipada al 4 de julio de 2019;

Que, mediante Resolución de la Presidencia del Consejo Directivo del INDECOPI Nº 183-2019-INDECOPI/COD, se aprobó la ampliación del plazo de adscripción de la Secretaría Técnica Regional de Eliminación de Barreras Burocráticas a la Comisión de la Oficina Regional del INDECOPI de Arequipa hasta el 25 de mayo de 2020, con efectividad al 5 de enero de 2020;

Que, mediante Resolución Nº 000059-2020-PRE/INDECOPI, se aprobó la ampliación del plazo de adscripción de la Secretaría Técnica Regional de Eliminación de Barreras Burocráticas a la Comisión de la Oficina Regional del INDECOPI de Arequipa y a la Comisión de la Oficina Regional del INDECOPI de Junín por doce (12) meses adicionales, con efectividad al 26 de mayo de 2020;

Que, atendiendo a lo expuesto, el Consejo Directivo mediante Acuerdo Nº 057-2021 del 8 de junio de 2021, acordó aprobar la adscripción simultánea de la Secretaría Técnica Regional de Eliminación de Barreras Burocráticas en las Comisiones de las Oficinas Regionales de Arequipa, Junín, Cusco, Puno, La Libertad, Cajamarca, Lambayeque, San Martín, Piura, Tacna, Loreto e Ica; y, encomendó al Presidente del Consejo Directivo la emisión de la resolución correspondiente, determinando su fecha de efectividad.

Con el visto bueno de la Gerencia General, de la Dirección de Atención al Ciudadano y Gestión de Oficinas Regionales y de la Oficina de Asesoría Jurídica; y,

De conformidad con lo dispuesto en el numeral 7.2 y en los literales f) y h) del numeral 7.3 del artículo 7 de la Ley de Organización y Funciones del INDECOPI, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 1033, en los numerales 1 y 2 del artículo 10 del Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y difusión de Normas Legales de Carácter General, aprobado por el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, y el artículo 17 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por el Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar la adscripción simultánea de la Secretaría Técnica Regional de Eliminación de Barreras Burocráticas en las Comisiones de las Oficinas Regionales de Arequipa, Junín, Cusco, Puno, La Libertad, Cajamarca, Lambayeque, San Martín, Piura, Tacna, Loreto e Ica, asumiendo en forma exclusiva y por la materia de eliminación de barreras burocráticas, las funciones que el artículo 44 de la Ley de Organización y Funciones del Indecopi, aprobada por Decreto Legislativo 1033 y las demás normas correspondientes, atribuyen a las Secretarías Técnicas del Indecopi.

Artículo 2.- Determinar que la adscripción de la Secretaría Técnica Regional de Eliminación de Barreras Burocráticas en las Comisiones de las Oficinas Regionales de Arequipa y Junín es con eficacia anticipada al 26 de mayo de 2021.

Artículo 3.- Determinar que la adscripción de la Secretaría Técnica Regional de Eliminación de Barreras Burocráticas en las Comisiones de las Oficinas Regionales de Cusco, Puno, La Libertad, Cajamarca, Lambayeque, San Martín, Piura, Tacna, Loreto e Ica es con eficacia a los veinte (20) días hábiles posteriores a la publicación de la presente resolución en el diario oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

Hania Pérez de Cuellar Lubienska

Presidenta Ejecutiva

1968386-1