Autorizan transferencia financiera a favor del Ministerio de Transportes y Comunicaciones – Unidad Ejecutora 010-1250: Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Descentralizado, destinada a financiar el proyecto de inversión “Mejoramiento de la Carretera Saramiriza – Borja, distrito de Manseriche – Datem del Marañón – Loreto”

RESOLUCIÓN MINISTERIAL

Nº 197-2021-MINEM/DM

Lima, 29 de junio de 2021

VISTOS:

El Informe Nº 113-2021/MINEM-OGPP-OPRE de la Oficina de Presupuesto de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe Nº 114-2021-MINEM-OGA/OFIN de la Oficina Financiera de la Oficina General de Administración; el Informe Nº 569-2021-MINEM/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 405-2020-MINEM/DM se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondiente al Año Fiscal 2021 del Pliego 016: Ministerio de Energía y Minas por la suma de S/ 367 985 176,00 (Trescientos sesenta y siete millones novecientos ochenta y cinco mil ciento setenta y seis y 00/100 soles), de conformidad con lo establecido en la Ley Nº 31084, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021;

Que, el Decreto de Urgencia Nº 040-2021, Decreto de Urgencia para la dinamización económica para la población del ámbito petrolero en el marco del Plan de Cierre de Brechas de Loreto y ámbito minero de Cusco, Apurímac y Ayacucho, ante la emergencia sanitaria producida por el COVID-19, en adelante el Decreto de Urgencia Nº 040-2021; tiene por objeto establecer medidas extraordinarias, en materia económica y financiera, que permitan la dinamización de la economía y actividades productivas, comprendidas en el Plan de Cierre de Brechas para la población del ámbito petrolero de las provincias de Datem del Marañón, Loreto, Alto Amazonas, Requena y Maynas, del departamento de Loreto y ámbito minero de los departamentos de Apurímac, Cusco y Ayacucho, que minimicen la afectación que viene produciendo la propagación del COVID-19 en las economías de la población económicamente vulnerable;

Que, el numeral 2.1 del artículo 2 del Decreto de Urgencia Nº 040-2021, autoriza excepcionalmente, al Ministerio de Energía y Minas, en adelante el MINEM, durante el Año Fiscal 2021 a disponer de sus saldos de balance por las fuentes de financiamiento Recursos Directamente Recaudados y Donaciones y Transferencias, que previamente incorpora en su presupuesto institucional, hasta por la suma de S/ 201 287 079,00 (Doscientos un millones doscientos ochenta y siete mil setenta y nueve y 00/100 soles), de los cuales la suma de S/ 197 836 079,00 (Ciento noventa y siete millones ochocientos treinta y seis mil setenta y nueve y 00/100 soles) se emplean para financiar las transferencias financieras establecidas en el artículo 3 del Decreto de Urgencia Nº 040-2021, y la suma de S/ 3 451 000,00 (Tres millones cuatrocientos cincuenta y un mil y 00/100 soles) para el seguimiento y monitoreo de los recursos transferidos a cargo del MINEM;

Que, para dichos efectos, el numeral 2.2 del artículo 2 del Decreto de Urgencia Nº 040-2021 autoriza excepcionalmente al MINEM a utilizar, los recursos a los que se refiere el artículo 7 de la Ley Nº 28749, Ley General de Electrificación Rural; el artículo 3 del Decreto Legislativo Nº 1001, Decreto Legislativo que regula la Inversión en Sistemas Eléctricos Rurales (SER) ubicados en zonas de concesión; la Undécima Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 28832, Ley para asegurar el desarrollo eficiente de la generación eléctrica y el artículo 59 del Reglamento de la Ley Nº 28090, Ley que Regula el Cierre de Minas, aprobado por Decreto Supremo Nº 033-2005-EM, por las fuentes de financiamiento Recursos Directamente Recaudados y Donaciones y Transferencias, así como los saldos de balance generados por dichos recursos;

Que, los numerales 3.1 y 3.2 del Decreto de Urgencia Nº 040-2021, autorizan al MINEM a realizar transferencias financieras, previa firma de convenio, a favor de los Pliegos del Gobierno Nacional y Gobiernos Locales, las cuales se aprueban mediante resolución del Titular del MINEM, previo informe favorable de la Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el Pliego, y se publican en el diario oficial “El Peruano”;

Que, en mérito de lo dispuesto por el numeral 2.1 del artículo 2 del Decreto de Urgencia Nº 040-2021, mediante la Resolución Ministerial Nº 154-2021-MINEM/DM, se autorizó la incorporación de mayores ingresos públicos en el Presupuesto Institucional del Pliego Nº 016: Ministerio de Energía y Minas para el Año Fiscal 2021, hasta por la suma de S/ 9 451 000,00 (Nueve millones cuatrocientos cincuenta y un mil y 00/100 soles) en la fuente de financiamiento Recursos Directamente Recaudados, correspondiendo entre otro, el importe de S/ 6 000 000,00 (Seis millones y 00/100 soles) para la transferencia financiera a favor del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, en adelante el MTC;

Que, asimismo, con fecha 08 de junio de 2021, se suscribió el Convenio de Transferencia Financiera de Recursos y Seguimiento entre el MINEM y el MTC, en adelante el Convenio, con el objeto de viabilizar la transferencia financiera, seguimiento y monitoreo de los recursos autorizados por el Decreto de Urgencia Nº 040-2021, a favor del MTC, destinados a financiar el proyecto de inversión con CUI Nº 2210922 “Mejoramiento de la Carretera Saramiriza – Borja, distrito de Manseriche – Datem del Marañón – Loreto”, por el importe de S/ 6 000 000,00 (Seis millones y 00/100 soles);

Que, la Oficina de Presupuesto de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, a través del Informe Nº 113-2021/MINEM-OGPP-OPRE opina favorablemente desde el punto de vista presupuestal, señalando que la Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Energía y Minas - Central del Pliego 016: Ministerio de Energía y Minas para el Año Fiscal 2021, cuenta con los recursos presupuestales en la fuente de financiamiento Recursos Directamente Recaudados, hasta por la suma de S/ 6 000 000,00 (Seis millones y 00/100 soles), para financiar la transferencia financiera a favor del MTC, establecida en la Cláusula Sétima del Convenio, en el marco del Decreto de Urgencia Nº 040-2021;

Que, la Oficina de Presupuesto de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, con fecha 18 de junio de 2021, aprueba la Certificación de Crédito Presupuestario Nº 20210-01325-001 (Nº SIAF 0000001320) por el importe de S/ 6 000 000,00 (Seis millones y 00/100 soles), para efectuar la transferencia de recursos a favor del MTC, destinados a financiar el proyecto de inversión con CUI Nº 2210922 “Mejoramiento de la Carretera Saramiriza – Borja, distrito de Manseriche – Datem del Marañón – Loreto”;

Que, la Oficina Financiera de la Oficina General de Administración, con el Informe Nº 114-2021-MINEM-OGA/OFIN señala que el MINEM dispone de los recursos financieros necesarios en la fuente de financiamiento Recursos Directamente Recaudados así como de los documentos sustentatorios requeridos, que permiten realizar la transferencia financiera de recursos a favor del MTC, en el marco del Decreto de Urgencia Nº 040-2021, por lo que resulta pertinente su aprobación;

De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; el Decreto Legislativo Nº 1441, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Tesorería; la Ley Nº 30705, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas; el Decreto de Urgencia Nº 040-2021, Decreto de Urgencia para la dinamización económica para la población del ámbito petrolero en el marco del Plan de Cierre de Brechas de Loreto y ámbito minero de Cusco, Apurímac y Ayacucho, ante la emergencia sanitaria producida por el COVID-19; y, el Decreto Supremo Nº 031-2017, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas y sus modificatorias;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Autorizar la transferencia financiera del Pliego 016: Ministerio de Energía y Minas – Unidad Ejecutora Nº 001 - Ministerio de Energía y Minas - Central, a favor del Pliego 036: Ministerio de Transportes y Comunicaciones – Unidad Ejecutora 010-1250: Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Descentralizado, destinada a financiar el proyecto de inversión con CUI Nº 2210922: “Mejoramiento de la Carretera Saramiriza – Borja, distrito de Manseriche – Datem del Marañón – Loreto” hasta por la suma de S/ 6’000,000.00 (Seis millones con 00/100 soles).

Artículo 2.- La transferencia financiera señalada en el artículo precedente se atenderá con cargo al presupuesto aprobado en el presente año fiscal del Pliego 016: Ministerio de Energía y Minas - Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Energía y Minas - Central, según el siguiente detalle:

Fuente de Financiamiento : 2. Recursos Directamente Recaudados

Unidad Ejecutora : 001 Ministerio de Energía y Minas –

Central

Gastos de Capital

2.4 Donaciones y Transferencias : S/ 6 000 000,00

Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Portal Institucional del Ministerio de Energía y Minas (www.gob.pe/minem), el mismo día de su publicación en el diario oficial “El Peruano”.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JAIME GÁLVEZ DELGADO

Ministro de Energía y Minas

1967790-1