Decreto Supremo que ratifica la “Enmienda Nº Veinte al Convenio de Donación entre los Estados Unidos de América y la República del Perú (Convenio de Donación de USAID Nº 527-0426)”
DECRETO SUPREMO
Nº 031-2021-RE
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, la “Enmienda Nº Veinte al Convenio de Donación entre los Estados Unidos de América y la República del Perú (Convenio de Donación de USAID Nº 527-0426)” fue suscrita el 7 de junio de 2021;
Que, es conveniente a los intereses del Perú la ratificación del citado instrumento jurídico internacional;
Que, el Presidente de la República está facultado para celebrar tratados o adherir a éstos sin el requisito de la aprobación previa del Congreso de la República, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 57º y 118º inciso 11 de la Constitución Política del
Perú.
DECRETA:
Artículo 1º.- Ratifícase la “Enmienda Nº Veinte al Convenio de Donación entre los Estados Unidos de América y la República del Perú (Convenio de Donación de USAID Nº 527-0426)”, suscrita el 7 de junio de 2021.
Artículo 2º.- El Ministerio de Relaciones Exteriores procederá a publicar en el diario oficial “El Peruano” el texto íntegro de la referida Enmienda, así como la fecha de su entrada en vigencia, de conformidad con los artículos 4º y 6º de la Ley Nº 26647.
Artículo 3º.- Dése cuenta al Congreso de la República.
Artículo 4º.- El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiocho días del mes de junio del año dos mil veintiuno.
FRANCISCO RAFAEL SAGASTI HOCHHAUSLER
Presidente de la República
ALLAN WAGNER TIZÓN
Ministro de Relaciones Exteriores
1967776-1