Modifican el Artículo 1 de la R.M. N° 159-2021-MIMP, que conmemora a mujeres peruanas con la “Orden Emérito a las Mujeres del Bicentenario”
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
N° 173-2021-MIMP
Lima, 28 de junio de 2021
Vistos; Nota N° D000497-2021-MIMP-DVMM, del Despacho Viceministerial de la Mujer, el Informe N° D000131-2021-MIMP-DPPDM de la Dirección de Promoción y Protección de los Derechos de las Mujeres, la Nota N° D000385-2021-MIMP-DGIGND de la Dirección General de Igualdad de Género y no Discriminación del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante Decreto Legislativo N° 1098 y modificatoria, se aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables - MIMP, la cual señala que es un organismo del Poder Ejecutivo rector en las políticas nacionales y sectoriales sobre mujer y promoción y protección de las poblaciones vulnerables, con personería jurídica de derecho público que constituye un pliego presupuestal, encargado, entre otros, de establecer, promover, ejecutar y supervisar políticas públicas a favor de las mujeres;
Que, mediante el artículo 1 del Decreto Supremo N° 004-2018-MC, se crea el Proyecto Especial Bicentenario de la Independencia del Perú, adscrito al Ministerio de Cultura, con el objeto de formular la Agenda de Conmemoración del Bicentenario de la Independencia del Perú, y ejecutar, articular y dar seguimiento a las acciones requeridas para dicha conmemoración, con alto valor simbólico para el ejercicio de una ciudadanía democrática y de fortalecimiento de la identidad nacional;
Que, por Decreto Supremo N° 009-2018-MC, se aprueba la Agenda de Conmemoración del Bicentenario de la Independencia del Perú, actualizada mediante Decreto Supremo N° 159-2020-PCM, en cuyo numeral 5.1.4 se señala, como actividad del MIMP, realizar la conmemoración “Orden Emérito de las Mujeres del Bicentenario”, indicando que la misma se entregará en el marco del Día Internacional de la Mujer o del Día de la Independencia del Perú y constituye el máximo reconocimiento del Estado que busca reivindicar, visibilizar y difundir el aporte de las mujeres peruanas que a lo largo de nuestros 200 años de historia, se han destacado por su contribución en la gesta emancipadora y en la construcción de nuestra república;
Que, mediante Resolución Ministerial N° 159-2021-MIMP se conmemora a 15 mujeres peruanas con la “Orden Emérito a las Mujeres del Bicentenario”, en el marco de lo establecido en la Agenda de Conmemoración del Bicentenario del Perú aprobada por el Decreto Supremo N° 009-2018-MC, actualizada mediante Decreto Supremo N° 159-2020-PCM;
Que, mediante Informe N° D000131-2021-MIMP-DPPDM, la Dirección de Promoción y Protección de los Derechos de las Mujeres de la Dirección General de Igualdad de Género y no Discriminación, señala que en el marco de la Conmemoración “Orden Emérito a las Mujeres del Bicentenario” ha visto por conveniente reconocer la participación de dos mujeres excepcionales, Francisca Zubiaga Bernales, La Mariscala, y Clorinda Matto de Turner; quienes han destacado como gestoras de cambios a nivel político, cultural y social; por ello, se considera pertinente incluirlas en el reconocimiento brindado a través de la Resolución Ministerial N° 159-2021-MIMP, que conmemora a mujeres peruanas con la “Orden Emérito a las Mujeres del Bicentenario”;
Con las visaciones del Despacho Viceministerial de la Mujer, de la Secretaría General, de la Dirección General de Igualdad de Género y no Discriminación y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
De conformidad con lo establecido en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y modificatorias, en el Decreto Legislativo N° 1098, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables y modificatoria, y en su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo N° 003-2012-MIMP y modificatorias; en el Decreto Supremo N° 009-2018-MC, que aprueba la Agenda de Conmemoración del Bicentenario de la Independencia del Perú, actualizada mediante Decreto Supremo N° 159-2020-PCM;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Modificar el Artículo 1 de la Resolución Ministerial N° 159-2021-MIMP, el mismo que queda redactado conforme al texto siguiente:
“Artículo 1.- Conmemorar con la “Orden Emérito a las Mujeres del Bicentenario”, en el marco de lo establecido en la Agenda de Conmemoración del Bicentenario de la Independencia del Perú, a las mujeres peruanas que, a lo largo de nuestros 200 años de historia, se han destacado por su contribución en la gesta emancipadora y en la construcción de nuestra república; conforme se detalla a continuación:
1. MARÍA VALDIZÁN, en mérito a sus actos heroicos por la gesta emancipadora del Perú.
2. CLEOFÉ RAMOS, MARÍA E HIGINIA TOLEDO – LAS HEROÍNAS TOLEDO, en mérito a sus actos heroicos por la gesta emancipadora del Perú.
3. TOMASA TITO CONDEMAYTA, en mérito a sus actos heroicos por la gesta emancipadora del Perú.
4. MICAELA BASTIDAS PUYUCAHUA, en mérito a sus actos heroicos por la gesta emancipadora del Perú.
5. MARÍA ANDREA PARADO JAYO DE BELLIDO, en mérito a sus actos heroicos por la gesta emancipadora del Perú.
6. MATIAZA RIMACHI, en mérito a sus actos heroicos por la gesta emancipadora del Perú.
7. FRANCISCA ZUBIAGA BERNALES, LA MARISCALA, en mérito a sus actos heroicos por la gesta emancipadora del Perú.
8. CATALINA BUENDÍA DE PECHO, en mérito a sus actos heroicos en defensa de la patria.
9. MARÍA TRINIDAD ENRIQUEZ LADRÓN DE GUEVARA, en mérito a su contribución al desarrollo del país como primeras profesionales en la historia.
10. LAURA ESTHER RODRÍGUEZ DULANTO, en mérito a su contribución al desarrollo del país como primeras profesionales en la historia.
11. MARÍA JESÚS ALVARADO RIVERA, en mérito a su lucha por la promoción, defensa y reconocimiento de los derechos de las mujeres y la igualdad de género.
12. FLORA TRISTÁN Y MOSCOSO LAISNEY, en mérito a su contribución en la defensa y promoción de los derechos de las mujeres en su diversidad desde las letras, artes y humanidades.
13. MERCEDES CABELLO DE CARBONERA, en mérito a su contribución en la defensa y promoción de los derechos de las mujeres en su diversidad desde las letras, artes y humanidades.
14. MARÍA ASUNCIÓN GALINDO, en mérito a su contribución en la defensa y promoción de los derechos de las mujeres en su diversidad desde las letras, artes y humanidades.
15. CLORINDA MATTO DE TURNER, en mérito a su contribución en la defensa y promoción de los derechos de las mujeres en su diversidad desde las letras, artes y humanidades”.
Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución, en la Plataforma Digital Única para Orientación al Ciudadano (www.gob.pe) y en el portal institucional del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (www.gob.pe/mimp), el mismo día de su publicación en el diario oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
SILVIA LOLI ESPINOZA
Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables
1967700-1