Aprueban el “Plan de Contingencia ante sismos de gran magnitud seguido de Tsunami de la Provincia de Lima 2021-2023”

RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA

N° 196

Lima, 18 de junio de 2021

EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA

VISTO:

El Informe Técnico N° D000001-2021-MML-GGRD-SDC-AAO del Coordinador del Área de Análisis Operacional de la Subgerencia de Defensa Civil perteneciente a la Gerencia de Gestión del Riesgo de Desastres, el Memorando N° D000575-2021-MML-GGRD de la Gerencia de Gestión del Riesgo de Desastres, el Informe N° D000291-2021-MML-GF-SP de la Subgerencia de Presupuesto perteneciente a la Gerencia de Finanzas, el Memorando N° D000272-2021-MML-GF de la Gerencia de Finanzas, el Informe Técnico N° 005-2021-MML-APCV-GT-EMMC de la Especialista en Arquitectura del Área Técnica de la Autoridad del Proyecto Costa Verde, el Informe Técnico N° 031-2021-MML-APCV-GT-MLY del Especialista en Sistemas de Información Geográfica de la Autoridad del Proyecto Costa Verde, el Oficio N° 280-2021-MML-APCV-GG de la Gerencia General de la Autoridad del Proyecto Costa Verde, el Informe N° D000274-2021-MML-GP-SPC de la Subgerencia de Planeamiento Corporativo perteneciente a la Gerencia de Planificación, el Memorando N° D000471-2021-MML-GP de la Gerencia de Planificación y el Informe N° D000483-2021-MML-GAJ de la Gerencia de Asuntos Jurídicos de la Municipalidad Metropolitana de Lima, y;

CONSIDERANDO:

Que, el Artículo 194 de la Constitución Política del Perú en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Dicha autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico vigente;

Que, mediante Ley N° 29664, se creó el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD), como un sistema interinstitucional, sinérgico, descentralizado, transversal y participativo, con la finalidad de identificar y reducir los riesgos asociados a peligros o minimizar sus efectos, así como evitar la generación de nuevos riesgos, y la preparación y atención ante situaciones de desastre a través del establecimiento de principios, lineamientos de política, componentes, procesos e instrumentos de la Gestión del Riesgo de Desastres;

Que, el artículo 14 de la citada Ley, indica que los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, como integrantes del SINAGERD, formulan, aprueban normas y planes, evalúan, dirigen, organizan, supervisan, fiscalizan y ejecutan los procesos de la Gestión del Riesgo de Desastres en el ámbito de su competencia, en el marco de la Política Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres y los lineamientos del ente rector en concordancia a lo establecido por la presente Ley y su reglamento; asimismo, constituyen Grupos de Trabajo para la Gestión del Riesgo de Desastres, integrados por funcionarios de los niveles directivos superiores y presididos por la máxima autoridad ejecutiva de la entidad, señalándose que dicha función es indelegable;

Que, el artículo 19 literal a) de la referida Ley N° 29664, modificada por la Ley N° 30831, señala que el Plan Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres, que integra los procesos de estimación, prevención y reducción del riesgo de desastres, preparación, respuesta y rehabilitación, y reconstrucción, tiene por objeto establecer las líneas estratégicas, los objetivos, las acciones, procesos y protocolos de carácter plurianual necesarios para concretar lo establecido en la presente ley; asimismo, el Plan Nacional sirve de marco para la elaboración de los planes específicos por cada proceso y tipo de desastre que deben ser desarrollados anualmente por las entidades públicas en todos los niveles de gobierno;

Que, el artículo 6 de la mencionada Ley N° 29664, indica que son funciones del CENEPRED, entre otras, brindar asistencia técnica al gobierno nacional, gobiernos regionales y locales, en la planificación para el desarrollo con la incorporación de la Gestión del Riesgo de Desastres en lo referente a la gestión prospectiva y correctiva, en los procesos de estimación, prevención y reducción del riesgo, así como la reconstrucción;

Que, el artículo 39, numeral 39.1 del Reglamento de la Ley N° 29664, sostiene que en concordancia con el Plan Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres, las entidades públicas en todos sus niveles de gobierno formulan, aprueban y ejecutan, entre otros: f) Planes de contingencia;

Que, de acuerdo a los “Lineamientos para la formulación y aprobación de los planes de contingencia elaborada por el Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI)”, aprobados mediante Resolución Ministerial N°188-2015-PCM, los Planes de Contingencia son procedimientos específicos preestablecidos de coordinación, alerta, movilización y respuesta ante la ocurrencia o inminencia de un evento particular para el cual se tiene escenarios definidos, emitiéndose a nivel regional y local; constituyéndose un instrumento técnico de planeamiento especifico y gestión obligatorio, cuyo propósito es proteger la vida humana y el patrimonio; conteniendo las responsabilidades, competencias, tareas y actividades de los involucrados en la ejecución del plan, a fin de mantener un adecuado canal de comunicación entre estos;

Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 240 de fecha 21 de febrero 2019, se conforma y constituye el Grupo de Trabajo de Gestión del Riesgo de Desastres de la Municipalidad Metropolitana de Lima;

Que, el Grupo de Trabajo para la Gestión del Riesgo de Desastres de la Municipalidad Metropolitana de Lima en la Sesión de fecha 30 de marzo de 2021, aprobó por unanimidad el “Plan de Contingencia ante Sismo de gran magnitud seguido de Tsunami en Lima Metropolitana 2021 – 2023”, según se advierte del Acta Nº 003-2021-MML/GTGRD;

Que, el Coordinador del Área de Análisis Operacional de la Subgerencia de Defensa Civil a través del Informe Técnico N° D000001-2021-MML-GGRD-SDC-AAO de fecha 11 de mayo de 2021, concluye, entre otros, lo siguiente: i) El “Plan de Contingencia ante Sismos de gran magnitud seguido de Tsunami de la Provincia de Lima 2021-2023”, se ha realizado basándose en los lineamientos establecidos por el Instituto Nacional de Defensa Civil, aprobados mediante Resolución Ministerial N°188-2015-PCM; ii) El citado Plan constituye un instrumento técnico valioso, que contribuirá con el proceso de desarrollo sostenible de la Provincia de Lima; por lo cual debe implementarse integrándolo a los demás procesos de desarrollo en armonía con el Plan de Desarrollo Local Concertado al 2021 y el Plan Estratégico Institucional 2020-2023;

Que, mediante Informe N° D000291-2021-MML-GF-SP de fecha 7 de junio de 2021, la Subgerencia de Presupuesto de la Gerencia de Finanzas emite opinión favorable respecto a la aprobación del Plan, señalando que los recursos presupuestales para su desarrollo será con cargo al presupuesto programado dentro del Programa Presupuestal N° 0068: Reducción de vulnerabilidad y atención de emergencias por desastres (PREVAED), de acuerdo a lo señalado en el plan (punto VIII. Implementación del Plan, Numeral 8.1 “Financiamiento”). Asimismo, señala que de ser necesario el uso de recursos presupuestales adicionales, estos deberán ser efectuados con cargo al presupuesto asignado al centro de costo responsable;

Que, con Informe Técnico N° 005-2021-MML-APCV-GT-EMMC de fecha 8 de junio de 2021, la Especialista en Arquitectura del Área Técnica de la Autoridad del Proyecto Costa Verde, emitió opinión favorable sobre el “Plan de Contingencia ante sismos de gran magnitud seguido de Tsunami de la Provincia de Lima 2021 – 2023”, señalando que cumple el propósito de constituir un instrumento de planificación para la respuesta ante la inminencia u ocurrencia de sismo de gran magnitud seguido de tsunami en la provincia de Lima, el cual involucra al ámbito de la Costa Verde;

Que, a través del Informe Técnico N° 031-2021-MML-APCV-GT-MLY de fecha 08 de junio de 2021, el Especialista en Sistemas de Información Geográfica de la Autoridad del Proyecto Costa Verde, emite opinión favorable sobre el “Plan de Contingencia ante sismos de gran magnitud seguido de Tsunami de la Provincia de Lima 2021-2023”, señalando que se constata que en su elaboración han participado las instituciones técnicas científicas especialistas en sismología, tsunami, planificación, entre otros, por tanto consolida un diagnóstico y propone un plan con el rigor técnico científico que principalmente estructura las acciones inmediatas y a largo plazo que se deben ejecutar. Asimismo, identifica a las áreas y/o entidades responsables para la acciones de evacuación y atención inmediata ante un sismo–tsunami que afectaría a toda la costa limeña; por tanto el Plan será un instrumento clave para minimizar el riesgo latente ante los fenómenos naturales de sismo – tsunami en toda la costa de Lima;

Que, la Subgerencia de Planeamiento Corporativo a través del Informe N° D000274-2021-MML-GP-SPC de fecha 8 de junio de 2021, emite opinión favorable sobre el “Plan de Contingencia ante sismos de gran magnitud seguido de Tsunami de la Provincia de Lima 2021-2023”, toda vez que; dicho instrumento de gestión guarda correspondencia con los objetivos estratégicos del Plan de Desarrollo Local Concertado de Lima Metropolitana 2016–2021 y el Plan Estratégico Institucional 2020–2024 ampliado de la Municipalidad Metropolitana de Lima y se ha efectuado de acuerdo a la normatividad vigente materia del asunto; con lo cual muestra su conformidad la Gerencia de Planificación a través del Memorando N° D000471-2021-MML-GP de fecha 09 de junio de 2021;

Que, con Informe N° D000483-2021-MML-GAJ de fecha 14 de junio de 2021, la Gerencia de Asuntos Jurídicos concluye entre otros que, la Ley N° 29664, Ley del Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres y su Reglamento, establecen que las entidades públicas en todos sus niveles de gobierno formulan, aprueban y ejecutan, entre otros, planes de contingencia; por lo que resulta conforme a la Ley Orgánica de Municipalidades y a normativa vigente sobre la materia de gestión del riesgo de desastres la aprobación de la propuesta de “Plan de Contingencia ante sismos de gran magnitud seguido de Tsunami de la Provincia de Lima 2021-2023 mediante Resolución de Alcaldía;

Estando a lo expuesto y de conformidad con lo dispuesto por el numeral 6 del artículo 20 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades;

SE RESUELVE:

Artículo 1. Aprobar el “Plan de Contingencia ante sismos de gran magnitud seguido de Tsunami de la Provincia de Lima 2021-2023”, el mismo que fue validado por el Grupo de Trabajo de la Gestión del Riesgo de Desastres de la Municipalidad Metropolitana de Lima y que como Anexo forma parte de la presente Resolución.

Artículo 2. Encargar al Grupo de Trabajo de la Gestión del Riesgo de Desastres y a las unidades orgánicas competentes de la Municipalidad Metropolitana de Lima, el cumplimiento de la presente Resolución.

Artículo 3. Encargar a la Subgerencia de Gobierno Digital e Innovación, la publicación de la presente Resolución y su Anexo en el Portal Institucional de la Municipalidad Metropolitana de Lima (www.munlima.gob.pe).

POR TANTO:

Regístrese, Comuníquese y Cúmplase.

JORGE MUÑOZ WELLS

Alcalde

1967091-1