Amplían plazo para la recepción de comentarios y sugerencias de los interesados respecto al Proyecto de Instructivo Técnico para la obtención de información relacionada a condiciones ambientales de medición e información de registros de abonados del servicio de internet fijo y móvil, para la implementación del Sistema de Medición Automatizado para la Verificación de la Calidad del Servicio de Acceso a Internet por parte del OSIPTEL.

RESOLUCIÓN DE GERENCIA GENERAL

N° 00214-2021-GG/2021

Lima, 24 de junio de 2021

OBJETIVO

AMPLIACIÓN DE PLAZO PARA REMISIÓN DE COMENTARIOS AL PROYECTO DE INSTRUCTIVO TÉCNICO PARA LA OBTENCIÓN DE INFORMACIÓN RELACIONADA A CONDICIONES AMBIENTALES DE MEDICIÓN E INFORMACIÓN DE REGISTROS DE ABONADOS DEL SERVICIO DE INTERNET FIJO Y MÓVIL, PARA LA IMPLEMENTACIÓN DEL SISTEMA DE MEDICIÓN AUTOMATIZADO PARA LA VERIFICACIÓN DE LA CALIDAD DEL SERVICIO DE ACCESO A INTERNET POR PARTE DEL OSIPTEL

VISTOS:

(i) El Proyecto de Resolución que establece la ampliación de plazo para la remisión de comentarios al Proyecto de Instructivo Técnico para la obtención de información relacionada a condiciones ambientales de medición e información de registros de abonados del servicio de internet fijo y móvil, para la implementación del Sistema de Medición Automatizado para la Verificación de la Calidad del Servicio de Acceso a Internet por parte del OSIPTEL, cuya publicación para comentarios fue aprobada a través de la Resolución N° 0187-2021-GG/OSIPTEL, y;

(ii) El Informe Nº 00157-DFI/2021 elaborado por la Dirección de Fiscalización e Instrucción, que sustenta el Proyecto al que se refiere el numeral precedente; con la conformidad de la Oficina de Asesoría Jurídica;

CONSIDERANDO:

Que, el 08 de junio de 2021 se publicó en el diario oficial El Peruano la Resolución de Gerencia General N° 0187-2021-GG/OSIPTEL, que aprueba la publicación para comentarios de los interesados del Proyecto de Instructivo Técnico para la obtención de información relacionada a condiciones ambientales de medición e información de registros de abonados del servicio de internet fijo y móvil, para la implementación del Sistema de Medición Automatizado para la Verificación de la Calidad del Servicio de Acceso a Internet por parte del OSIPTEL (en adelante, el Proyecto de Instructivo Técnico), estableciendo un plazo de quince (15) días calendario;

Que, el 16 de junio de 2021, Telefónica del Perú S.A.A. (en adelante, TELEFÓNICA) presentó la carta N° TDP-1890-AG-GER-21 en la que solicita una ampliación de plazo de quince (15) días adicionales para remitir sus comentarios;

Que, resulta necesario conocer la opinión de la mayor cantidad de agentes interesados, en la medida que el Proyecto de Instructivo Técnico establece especificaciones técnicas que deberán ser cumplidas por las empresas operadoras y cuyo incumplimiento está sujeto a un régimen sancionador;

Que, teniendo en cuenta la solicitud planteada por TELEFÓNICA, si bien es importante otorgar un tiempo adicional para la presentación de comentarios de los agentes interesados, se debe considerar también que mediante la Ley N° 31207, “Ley que garantiza la velocidad mínima de conexión a internet y monitoreo de la prestación del servicio de internet a favor de los usuarios”, publicada en el diario oficial El Peruano el 2 de junio de 2021, se otorgó un plazo máximo de sesenta (60) días calendario, para que este Organismo adecúe la Resolución N° 0005-2016-CD/OSIPTEL o emita las normas de carácter reglamentario que sean necesarias para garantizar el cumplimiento de las disposiciones de la referida Ley, el cual vence el 1 de agosto de 2021;

Que, la referida Ley N° 31207 especifica en el artículo 4 que la obligación de la implementación del Registro Nacional de Monitoreo y Vigilancia del Servicio de Internet (RENAMV), por parte del OSIPTEL, cuyo objetivo estaría alineado con el sistema automatizado de medición a ser desplegado por el OSIPTEL; por lo que se requiere especial celeridad en el desarrollo de los temas técnicos involucrados en la materia, como lo es el mencionado Proyecto de Instructivo Técnico;

Que, debido a la nueva normalidad que ha dejado la pandemia a causa de la COVID-19, el servicio de acceso a internet ha cobrado aún mayor relevancia para la población en general, por lo cual es necesario que este Organismo cuente, en el menor plazo posible, con mecanismos adicionales que permitan incrementar la capacidad de verificación de la calidad del referido servicio;

Que, de acuerdo a lo expuesto en el Informe de VISTOS, y a efectos de recibir la mayor cantidad de opiniones, comentarios y sugerencias de todos los interesados, que permitan enriquecer y mejorar el contenido del Proyecto de Instructivo Técnico; se considera pertinente, atender parcialmente a la solicitud de ampliación del plazo presentada;

En aplicación de las funciones señaladas en el Artículo 5 de la Resolución de Consejo Directivo N° 0087-2021-CD/OSIPTEL, en el que se dispuso que la Gerencia General del OSIPTEL aprobará la publicación para comentarios del Instructivo Técnico para el cumplimiento de las obligaciones normativas establecidas en el inciso f) y g) del artículo 4 del Proyecto de Norma;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Ampliar el plazo establecido en el artículo 3 de la Resolución de Gerencia General N° 00187-2021-GG/OSIPTEL en siete (07) días calendarios adicionales, contados a partir del vencimiento del plazo inicialmente otorgado, esto es hasta el 30 de junio de 2021, para la recepción de comentarios y sugerencias de los interesados respecto al Proyecto de Instructivo Técnico para la obtención de información relacionada a condiciones ambientales de medición e información de registros de abonados del servicio de internet fijo y móvil, para la implementación del Sistema de Medición Automatizado para la Verificación de la Calidad del Servicio de Acceso a Internet por parte del OSIPTEL.

Artículo 2.- Disponer las acciones necesarias para:

(i) La publicación de la presente Resolución en el diario oficial “El Peruano”.

(iI) La publicación de la presente Resolución y el Informe Nº 00157-DFI/2021, en el Portal Electrónico del OSIPTEL (página web institucional https://www.osiptel.gob.pe).

Regístrese, publíquese y comuníquese.

sergio enrique cifuentes castañeda

Gerente General

1966927-1