Disponen la publicación en la página web de Osinergmin del proyecto de “Metodología para Fijar las Características y el Número de Sectores de Distribución Típicos”

RESOLUCIÓN DEL CONSEJO DIRECTIVO
ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN

EN ENERGÍA Y MINERÍA OSINERGMIN

N° 151-2021-OS/CD

Lima, 24 de junio de 2021

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 145 y 146 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado por Decreto Supremo N° 009-93-EM, antes de iniciar el procedimiento de regulación de tarifas de distribución eléctrica, para la fijación del Valor Agregado de Distribución (VAD), se requiere, establecer previamente las características y el número de Sectores de Distribución Típicos en base a los cuales se evalúan los sistemas eléctricos y se establecen los criterios de adaptación económica del VAD, aplicables a los Estudios de Costos de los sistemas eléctricos de las empresas concesionarias de distribución eléctrica;

Que, en el numeral 13 del Anexo del Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, se define como Sector de Distribución Típico, a las instalaciones de distribución con características técnicas similares en la disposición geográfica de la carga, características técnicas, así como los costos de inversión, operación y mantenimiento. Asimismo, se precisa en dicho numeral que una concesión puede estar conformada por uno o más Sectores de Distribución Típicos;

Que, en el artículo 145 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, modificado por el Decreto Supremo N° 018-2016-EM, publicado el 24 de julio del 2016, se dispone que Osinergmin determine, mediante estudios técnicos y económicos, la metodología en virtud de la cual se fijarán las características y el número de Sectores de Distribución Típicos y que dicha “metodología será pre-publicada por Osinergmin para opinión y comentarios durante un período de 15 días calendario”. La norma indica además que Osinergmin presentará la metodología y la propuesta de determinación de Sectores de Distribución Típicos a la Dirección General de Electricidad del Ministerio de Energía y Minas, la que establecerá los respectivos Sectores dentro de los 30 días calendario de presentada la propuesta;

Que, la División de Distribución Eléctrica de la Gerencia de Regulación de Tarifas de Osinergmin, ha elaborado el Informe Técnico N° 416-2021-GRT que incluye las consideraciones técnicas y económicas que determinan el mencionado proyecto de metodología a que se refiere el Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas;

De conformidad con lo establecido en la Ley N° 27332, Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos, en el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado con Decreto Supremo N° 004-2021-JUS, así como en sus respectivas normas modificatorias, complementarias y conexas, y;

Estando a lo acordado por el Consejo Directivo de Osinergmin en su Sesión N° 24-2021.

SE RESUELVE:

Artículo 1° .- Disponer la publicación en la página web de Osinergmin, http://www.osinergmin.gob.pe/Resoluciones/Resoluciones-GRT-2021.aspx, del proyecto de “Metodología para Fijar las Características y el Número de Sectores de Distribución Típicos”, a que se refiere el artículo 145 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, contenido en el Numeral 5 del Informe Técnico N° 416-2021-GRT.

Artículo 2° .- Definir un plazo de 15 días calendario contados desde el día hábil siguiente de la publicación de la presente resolución para que los interesados remitan por escrito sus opiniones y sugerencias a la Gerencia de Regulación de Tarifas de Osinergmin, vía la ventanilla electrónica: https://ventanillavirtual.osinergmin.gob.pe/ o, de encontrarse habilitada, la mesa de partes física, en Avenida Canadá N° 1460, San Borja, Lima. Las opiniones y sugerencias también podrán ser remitidas a la siguiente dirección de correo electrónico: distribucionelectrica@osinergmin.gob.pe. La recepción de las opiniones y/o sugerencias en medio físico y/o electrónico, estará a cargo de la Sra. Ruby Gushiken Teruya. En el último día del plazo, solo se podrán remitir comentarios hasta las 17:30 horas, en cualquiera de los medios antes indicados.

Artículo 3° .- Encargar a la Gerencia de Regulación de Tarifas de Osinergmin, el análisis de los comentarios y sugerencias que se reciban sobre el proyecto de metodología a que se refiere el artículo 1 de la presente resolución, así como la presentación de la propuesta final al Consejo Directivo de Osinergmin.

Artículo 4° .- Disponer que la propuesta de Sectores de Distribución Típicos que se remita a la Dirección General de Electricidad del Ministerio de Energía y Minas con la metodología que finalmente se defina luego del análisis de los comentarios y sugerencias a que se refiere el artículo anterior, deberá ser publicada en la página web de Osinergmin, http://www.osinergmin.gob.pe.

Artículo 5° .- Disponer la publicación de la presente resolución en el diario oficial El Peruano y consignarla con el Informe Técnico N° 416-2021-GRT y el Informe Legal N° 440-2021-GRT, que integran la presente resolución, en la página web de Osinergmin: http://www.osinergmin.gob.pe/Resoluciones/Resoluciones-GRT-2021.aspx.

JAIME MENDOZA GACON

Presidente del Consejo Directivo

1966824-1