LEY Nº 31238

LA PRESIDENTA A. I. DEL CONGRESO

DE LA REPÚBLICA

POR CUANTO:

EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;

Ha dado la Ley siguiente:

LEY QUE DECLARA DE INTERÉS NACIONAL Y NECESIDAD PÚBLICA LA CONSTRUCCIÓN E IMPLEMENTACIÓN DE UN NUEVO HOSPITAL CON CATEGORÍA III-1 EN LA CIUDAD DE AREQUIPA

Artículo 1. Objeto de la Ley

La presente ley tiene por objeto declarar de interés nacional y necesidad pública la construcción e implementación de un nuevo hospital con categoría III-1 en la ciudad de Arequipa.

Artículo 2. Finalidad

La presente ley tiene por finalidad garantizar la adecuada atención del servicio de la salud pública en la ciudad de Arequipa, bajo los criterios de seguridad, oportunidad y calidad.

DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA FINAL

ÚNICA. Encárgase al Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de Salud, así como al Gobierno Regional de Arequipa, dentro del marco de sus competencias, que realicen los estudios técnicos respectivos para que realicen las acciones pertinentes para el cumplimiento de la presente ley.

Comuníquese al señor Presidente de la República para su promulgación.

En Lima, a los treinta y un días del mes de mayo de dos mil veintiuno.

MIRTHA ESTHER VÁSQUEZ CHUQUILIN

Presidenta a. i. del Congreso de la República

LUIS ANDRÉS ROEL ALVA

Segundo Vicepresidente del

Congreso de la República

AL SEÑOR PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

POR TANTO:

No habiendo sido promulgada dentro del plazo constitucional por el señor Presidente de la República, en cumplimiento de los artículos 108 de la Constitución Política del Perú y 80 del Reglamento del Congreso de la República, ordeno que se publique y cumpla.

En Lima, a los veintidós días del mes de junio de dos mil veintiuno.

MIRTHA ESTHER VÁSQUEZ CHUQUILIN

Presidenta a. i. del Congreso de la República

LUIS ANDRÉS ROEL ALVA

Segundo Vicepresidente del

Congreso de la República

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