Declaran barreras burocráticas ilegales requisitos contenidos en diversos procedimientos de las Subgerencias de Habilitaciones y de Edificaciones del Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad Provincial de Trujillo

RESOLUCIÓN FINAL

nº 0232-2021/INDECOPI-LAL

AUTORIDAD QUE EMITE LA RESOLUCIÓN: Comisión de la Oficina Regional del Indecopi de La Libertad

FECHA DE EMISIÓN DE LA RESOLUCIÓN: 18 de marzo de 2021

BARRERA BUROCRÁTICA DECLARADA ILEGAL: El requisito consistente en presentar el Certificado de Zonificación y Vías para el procedimiento de Licencia de Habilitación Urbana Modalidad A – Aprobación Automática Con firma de Profesionales.

El requisito consistente en presentar el Certificado de Factibilidad de servicio de agua y alcantarillado vigentes por parte de Sedalib y el Certificado de Factibilidad de servicio de energía eléctrica vigente por parte de Hidrandina para el procedimiento de Licencia de Habilitación Urbana Modalidad A – Aprobación Automática Con firma de Profesionales.

El requisito, de ser el caso, de presentar (01) una copia del Planeamiento Integral aprobado según RNE para el procedimiento de Licencia de Habilitación Urbana Modalidad A – Aprobación Automática Con firma de Profesionales.

El requisito, de ser el caso, de presentar un Certificado de Inexistencia de Resto Arqueológicos para el procedimiento de Licencia de Habilitación Urbana Modalidad A – Aprobación Automática Con firma de Profesionales.

El requisito consistente en presentar el Certificado de Zonificación y Vías para el procedimiento de Licencia de Habilitación Urbana Modalidad B – Aprobación de proyecto con Evaluación por la Municipalidad.

El requisito consistente en presentar el Certificado de Factibilidad de servicio de agua y alcantarillado vigentes por parte de Sedalib y el Certificado de Factibilidad de servicio de energía eléctrica vigente por parte de Hidrandina para el procedimiento de Licencia de Habilitación Urbana Modalidad B – Aprobación de proyecto con Evaluación por la Municipalidad.

El requisito, de ser el caso, de presentar (01) una copia del Planeamiento Integral aprobado según RNE para el procedimiento de Licencia de Habilitación Urbana Modalidad B – Aprobación de proyecto con Evaluación por la Municipalidad.

El requisito, de ser el caso, de presentar un Certificado de Inexistencia de Resto Arqueológicos para el procedimiento de Licencia de Habilitación Urbana Modalidad B – Aprobación de proyecto con Evaluación por la Municipalidad.

El requisito consistente en presentar el Certificado de Zonificación y Vías para el procedimiento de Licencia de Habilitación Urbana – Modalidad B, C o D (Aprobación de proyecto con evaluación previa por los Revisores Urbanos).

El requisito consistente en presentar el Certificado de Factibilidad de servicio de agua y alcantarillado vigentes por parte de Sedalib y el Certificado de Factibilidad de servicio de energía eléctrica vigente por parte de Hidrandina para el procedimiento de Licencia de Habilitación Urbana – Modalidad B, C o D (Aprobación de proyecto con evaluación previa por los Revisores Urbanos).

El requisito, de ser el caso, de presentar (01) una copia del Planeamiento Integral aprobado según RNE para el procedimiento de Licencia de Habilitación Urbana – Modalidad B, C o D (Aprobación de proyecto con evaluación previa por los Revisores Urbanos).

El requisito, de ser el caso, de presentar un Certificado de Inexistencia de Resto Arqueológicos para el procedimiento de Licencia de Habilitación Urbana – Modalidad B, C o D (Aprobación de proyecto con evaluación previa por los Revisores Urbanos).

El requisito consistente en presentar el Certificado de Zonificación y Vías para el procedimiento de Licencia de Habilitación Urbana – Modalidad C (Aprobación de proyecto con evaluación por la Comisión Técnica).

El requisito consistente en presentar el Certificado de Factibilidad de servicio de agua y alcantarillado vigentes por parte de Sedalib y el Certificado de Factibilidad de servicio de energía eléctrica vigente por parte de Hidrandina para el procedimiento de Licencia de Habilitación Urbana – Modalidad C (Aprobación de proyecto con evaluación por la Comisión Técnica).

El requisito, de ser el caso, de presentar (01) una copia del Planeamiento Integral aprobado según RNE para el procedimiento de Licencia de Habilitación Urbana – Modalidad C (Aprobación de proyecto con evaluación por la Comisión Técnica).

El requisito, de ser el caso, de presentar un Certificado de Inexistencia de Resto Arqueológicos para el procedimiento de Licencia de Habilitación Urbana – Modalidad C (Aprobación de proyecto con evaluación por la Comisión Técnica).

El Plazo de Evaluación Previa de 48 días para el procedimiento de Licencia de Habilitación Urbana – Modalidad C (Aprobación de proyecto con evaluación por la Comisión Técnica).

El requisito consistente en presentar el Certificado de Zonificación y Vías para el procedimiento de Licencia de Habilitación Urbana – Modalidad D (Aprobación de proyecto con evaluación previa por la Comisión Técnica).

El requisito consistente en presentar el Certificado de Factibilidad de servicio de agua y alcantarillado vigentes por parte de Sedalib y el Certificado de Factibilidad de servicio de energía eléctrica vigente por parte de Hidrandina para el procedimiento de Licencia de Habilitación Urbana – Modalidad D (Aprobación de proyecto con evaluación previa por la Comisión Técnica).

El requisito, de ser el caso, de presentar (01) una copia del Planeamiento Integral aprobado según RNE para el procedimiento de Licencia de Habilitación Urbana – Modalidad D (Aprobación de proyecto con evaluación previa por la Comisión Técnica).

El requisito, de ser el caso, de presentar un Certificado de Inexistencia de Resto Arqueológicos para el procedimiento de Licencia de Habilitación Urbana – Modalidad D (Aprobación de proyecto con evaluación previa por la Comisión Técnica).

El Plazo de Evaluación Previa de 48 días para el procedimiento de Licencia de Habilitación Urbana – Modalidad D (Aprobación de proyecto con evaluación previa por la Comisión Técnica).

El silencio administrativo de evaluación previa para el procedimiento de Modificación de Proyectos Aprobados de Habilitación Urbana (Modificaciones no sustanciales) para la modalidad A y B.

El requisito de presentar la Copia legalizado notarialmente de las minutas que acrediten la trasferencia de las áreas de aportes en las entidades receptoras de los mismos y/o comprobantes de pago de la rendición de estos, de ser el caso para el procedimiento de Recepción de Obras de Habilitación Urbana, sin Variaciones – (Modalidades A, B, C y D).

El requisito de presentar la Copia legalizado notarialmente de las minutas que acrediten la trasferencia de las áreas de aportes en las entidades receptoras de los mismos y/o comprobantes de pago de la rendición de estos, de ser el caso para el procedimiento de Recepción de Obras de Habilitación Urbana con Variación que no se Consideran Sustanciales (modalidad B, C y D con Revisores Urbanos y Comisión Técnica).

El requisito consistente en presentar el Certificado de Zonificación, Vías y Cargas Metropolitanas para el procedimiento de Independización o Parcelación de Terreno Rústico.

El requisito consistente en presentar el Certificado de Zonificación, Vías y Cargas Metropolitanas para el procedimiento de Regularización de Habilitaciones Urbanas Ejecutadas.

El requisito consistente en presentar la copia legalizada notarialmente de las minutas y/o copias de los comprobantes de pago por la rendición de los aportes reglamentarios que correspondan para el procedimiento de Regularización de Habilitaciones Urbanas Ejecutadas.

El requisito de presentar el Certificación de Factibilidad de Servicios Públicos otorgado por Hidrandina y Sedalib para obtener la Licencia de edificación – Modalidad B en edificaciones para fines de vivienda unifamiliar, multifamiliar, quinta o condominios de vivienda unifamiliar y/o multifamiliar.

El requisito de presentar el Certificación de Factibilidad de Servicios Públicos otorgado por Hidrandina y Sedalib para obtener la Licencia de edificación – Modalidad B en Obra de ampliación o remodelación de una edificación existente.

El requisito de presentar el Certificado de Factibilidad de Servicios Públicos otorgado por Hidrandina y Sedalib para el procedimiento de Licencia de edificación – Modalidad C.

El requisito de presentar la Factibilidad de servicios para el procedimiento de Modificación de Proyectos Aprobados de Edificación.

ENTIDAD QUE LA IMPUSO: Municipalidad Provincial de Trujillo

NORMA QUE CONTIENE LA BARRERA BUROCRÁTICA IDENTIFICADA: Procedimientos 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8 y 10 de la Subgerencia de Habilitaciones y los procedimientos 2, 3 y 6 de la Subgerencia de Edificaciones del Texto Único de Procedimientos Administrativo aprobado por la Ordenanza Municipal N° 027-2015-MPT y posteriores modificatorias.

FUNDAMENTOS DE LA DECISIÓN:

Se declararon barreras burocráticas ilegales los siguientes cobros y exigencias consistentes en:

(i) La razón es que el “Certificado de Zonificación y Vías” y el “Planeamiento Integral” son calificados como documentos previos que deben de ser tramitados con anterioridad a la solicitud de licencia de habilitación urbana según el Reglamento del Texto Único Ordenado de la Ley N° 29090, y por tanto, la Municipalidad Provincial de Trujillo no puede solicitar un documentos que haya emitido por ella misma, conforme lo establece el artículo 48 del Texto Único Ordenado de la Ley de Procedimientos Administrativo General.

(ii) De igual manera, las administraciones públicas no pueden requerir documentos originales ni copias legalizadas conforme lo establece el artículo 49 del Texto Único Ordenado de la Ley de Procedimientos Administrativo General.

(iii) Asimismo, y según el artículo 26 y 28 del Reglamento del Texto Único Ordenado de la Ley N° 29090, establece que los procedimientos para adquirir una licencia de habilitación urbana en la modalidad C y D con aprobación de proyecto con evaluación previa de la Comisión Técnica es de 45 días y que el procedimiento de proyectos aprobados de habilitación urbana con modificaciones no sustanciales es un procedimiento de aprobación automática.

En conformidad con lo establecido en el artículo 8° del Decreto Legislativo N° 1256, se dispone la inaplicación con efectos generales, en favor de todos los agentes económicos y/o ciudadanos que se vean afectados por la exigencia declarada ilegal en el presente procedimiento. Se precisa que este mandato de inaplicación surtirá efectos a partir del día siguiente de publicado el extracto de la presente resolución en el diario oficial El Peruano.

SARA YSABEL DEL CARMEN CHÁVEZ GUTIÉRREZ

Vice Presidenta

Comisión de la Oficina Regional del Indecopi

de La Libertad

1965249-1